Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución N° 11
VISTO el expediente Nº 2209-96.451/12, el Decreto Nº
1824/06,
CONSIDERANDO:
Que por las normas citadas en el exordio, el Registro de
las Personas de
Que por el artículo 3º de
Que por
Que los valores establecidos, en dicho acto administrativo no han sufrido modificaciones desde el año 2006 a la fecha;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GABINETE DEL MINISTERIO DE JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer nuevas tasas para los servicios
establecidos en el Decreto 1824/06, prestados por el Registro de las Personas
de
ARTICULO 2°.- Las tasas establecidas en el Anexo referido serán de aplicación a partir del 1º de julio de 2013.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Dr. Juan Pablo Álvarez Echagüe
Subsecretario de Gabinete
TRÁMITES TASA
Certificado de Supervivencia. $ 10
Constancias de Domicilio bajo régimen de declaración jurada. $ 10
Extravío de Documento de Identidad nacionales o provinciales y cualquier otro instrumento público. $ 20
Noticia de extravío de bienes muebles o semovientes. $ 30
Extravío de cualquier otro instrumento privado. $ 30
C.C. 6.640