RESOLUCIÓN 300/05
LA PLATA, 25 de ENERO de 2005.
VISTO que la Dirección General de Cultura y Educación se encuentra inmersa en un proceso de transformación, por lo que se hace necesario adecuar la Estructura - Orgánico - Funcional de esta dependencia; y,
CONSIDERANDO:
Que debe procederse a implementar la reforma organizativa de la Dirección General de Cultura y Educación a los efectos de adecuarla a un mejor cumplimiento de sus misiones y funciones y a la actual dimensión del Sistema Educativo Provincial;
Que resulta necesario organizar el sistema de información y estadística del Sistema Educativo de la Provincia y la evaluación de la calidad educativa, con el propósito de garantizar una educación igualitaria;
Que a tal efecto deviene necesario crear la Dirección Provincial de Información y Planeamiento, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación;
Que deviene imprescindible fortalecer las tareas de planeamiento, de diagnóstico de las necesidades, de elaboración de proyectos de arquitectura y de supervisión oportuna de los programas de obras e intervenciones de mantenimiento de infraestructura escolar que se realizan en todo el territorio bonaerense;
Que consecuentemente se hace necesario desarrollar nuevos mecanismos de control de la calidad de todos los procedimientos a los fines del cumplimiento de las normativas y el objeto de las contrataciones;
Que es menester crear rutinas administrativas que acompañen el proceso de descentralización de fondos y permitan optimizar el uso de los recursos humanos disponibles;
Que el avance del proceso de descentralización en las tareas de infraestructura escolar ha generado multiplicidad de obras o intervenciones que deben ser asistidas técnicamente en cada lugar en forma oportuna, se propone conformar en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, DELEGACIONES que tendrán a su cargo la ejecución de las políticas emanadas de esta Dirección General de Cultura y Educación y coordinarán las actividades de infraestructura con cada uno de los Consejos Escolares que conformen su área de influencia;
Que deviene necesario readecuar el funcionamiento de la Unidad Director General, ordenando la estructura de las Direcciones de Comunicación y Prensa y de Ceremonial;
Que en el ámbito de la Subsecretaría Administrativa se viene desarrollando el Programa de Seguridad e Higiene, y se hace necesario elevar la categoría del mismo al de Dirección, denominándola Dirección de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en razón de la importancia que tal función tiene en el marco de las políticas y estrategias sobre seguridad e higiene en el Sistema Educativo Provincial;
Que en concordancia al crecimiento de las tareas conferidas al departamento Jubilaciones y Certificaciones deviene necesario crear una Subdirección de Jubilaciones y Certificaciones, dependiente de la Dirección de Personal;
Que, como consecuencia de las modificaciones efectuadas en la organización de la Subsecretaría Administrativa, se considera conveniente agrupar las Direcciones de Personal, Unidad de Control de Licencias Médicas y Prevención de la Salud y de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en una Dirección Provincial de Recursos Humanos que se crea al efecto;
Que la creación de la Dirección Provincial de Recursos Humanos en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación, resulta indispensable como herramienta de gestión dado el gran número de recursos humanos que presta servicios en esta Dependencia, contribuyendo a un más eficiente cumplimiento de las misiones y funciones de la mencionada Subsecretaría;
Que la gestión cotidiana y los cambios que se implementan en la en el Sistema Educativo, necesitan del acompañamiento de un Área de Gestión especializada en Recursos Humanos, capaz de planificar, presupuestar e implementar políticas que permitan el más efectivo funcionamiento del mismo;
Que el agrupamiento de las Direcciones encargadas de la administración de personal, de las condiciones, medio ambiente y riesgos de trabajo, permitirá definir y coordinar las acciones propias del área, garantizando una mayor eficacia en su ejecución;
Que por las tareas asignadas al Departamento Rendición de Cuentas dependiente de la Subdirección Contable de la Dirección de Contabilidad y Finanzas dependiente de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría Administrativa, se hace necesario elevarlo de categoría a la de Subdirección, dependiendo de la Dirección de Contabilidad y Finanzas;
Que se considera conveniente modificar la denominación de la Dirección de Informática dependiente de la Dirección General de Administración y denominarla Dirección de Tecnología de la Información y reformular sus dependencias;
Que siendo la principal función del actual Departamento Administrativo de la Subsecretaría mencionada, la permanente consulta y coordinación con los distintos niveles jerárquicos de las Direcciones de este Organismo, en la necesidad de centralizar, ejecutar y canalizar el despacho del Subsecretario Administrativo, resulta necesario la incorporación a tal fin de una Subdirección de Despacho;
Que en el ámbito de la Subsecretaría de Educación resulta necesario adecuar la estructura orgánico - funcional a las necesidades imperantes en el Sistema Educativo Provincial;
Que con el fin de organizar una red de formación y perfeccionamiento institucionalizado de los docentes corresponde jerarquizar a la Dirección de Educación Superior;
Que conforme lo establecen las leyes, organizativas del sistema educativo, la Educación General Básica obligatoria se estructura en tres ciclos, Artículo 4º b) de la Ley 11612, siendo el tercero el que constituyó una verdadera particularidad e innovación, ya sea por la franja etaria que abarca, como por las particulares necesidades de definición de contenidos de estudio y abordaje;
Que es menester dotar al tercer ciclo de la Educación General Básica de los instrumentos y recursos para mejorar su dinámica y relación con los otros ciclos y niveles;
Que la transformación educativa, además de producir un enorme crecimiento y generalización de la escolaridad básica completa, permitió también reconocer la especificidad del tercer ciclo de la EGB y fortalecer la idea del trayecto educativo que comienza en la niñez y culmina en la adolescencia como un proceso;
Que se impone realizar enfoques integradores que superen toda fragmentación dentro del sistema para lo cual es necesario buscar el equilibrio entre dos reconocimientos: el de la especificidad de cada nivel y modalidad y el de unidad del proceso y del sujeto educando.
Que a partir de dicho reconocimiento se debe organizar el gobierno y administración del sistema en los distintos niveles de conducción y supervisión y trabajar profundamente en un cambio de cultura institucional que tienda a ubicarse en otro paradigma: el que pone el eje en el aprendizaje del alumno, y su proceso de formación integral en el contexto social del que forma parte.
Que resulta necesario dotar a la Subsecretaría de Educación de un órgano dedicado con exclusividad a la transmisión de las decisiones educativas y a la atención de demandas de los servicios que canalizará la línea de supervisión única de inspectores jefes.
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 33° inciso a) de la Ley 11612 puede dictarse el presente acto administrativo;
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- Suprimir de la Estructura Orgánico - Funcional de la Dirección General de Cultura y Educación, con imputación a la Jurisdicción 11220 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 050 - Finalidad 3 Función 4 F.F. 11 -Partida Principal 1 - Régimen 1, las siguientes dependencias:
ARTÍCULO 2.- Suprimir del Ejercicio Financiero Año 2004 Prorrogado por Decreto número 1/05 con imputación a la Jurisdicción 11220 Jurisdicción auxiliar 00 Entidad 050 Finalidad 3 Función 4 F.F. 11 Partida Principal 1 Partida Subprincipal 2 Partida Parcial 2 Régimen 1 Grupo Ocupacional 14 Personal de Gabinete ASESOR de acuerdo al siguiente detalle:
ACE 001- DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
TRES (3) cargos
ACE 002- CONSEJO GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
UN (1) cargo
ACE 003- AUDITORÍA GENERAL
TRES (3) cargos
ACO 001- SUBSECRETARÍA DE EDUACIÓN
UN (1) cargo
ARTÍCULO 3.- Suprimir del Ejercicio Financiero Año 2004 prorrogado por Decreto número 1/05 con imputación a la Jurisdicción 11220 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 050 - ACE 002 - Finalidad 3 - Función 4 F.F. 11 - Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Partida Parcial 1 Régimen 12 - Grupo 15 Jerárquico Superior DOS (2) cargos.
ARTÍCULO 4.- Suprimir del Ejercicio Financiero Año 2004 prorrogado por Decreto número 1/05 con imputación a la Jurisdicción 11220 Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 050 - Finalidad 3 - Función 4 - F.F. 11 Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Partida Parcial 1 - Régimen 01 Grupo 15 Autoridad Superior los cargos que a continuación se detallan:
ACE 001 - DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
TRES (3) cargos
PRG 007 - DIRECCIÓN DE POLIMODAL Y TRAYECTOS TÉCNICO PROFESIONAL
UN (1) cargo
ACE 010 - DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLANEAMIENTO EDUCACTIVO
UN (1) cargo
ACE 003 - AUDITORÍA GENERAL
UN (1) cargo
ARTÍCULO 5.- Suprimir del Ejercicio Financiero Año 2004 prorrogado por Decreto número 1/05 con imputación a la Jurisdicción 11220 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 050 - Finalidad 3 - Función 4 - F.F. 11 Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Partida Parcial 1 - Régimen 01 Grupo 6 - Personal Jerárquico los cargos que a continuación se detallan:
ACE 008 - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR Y GESTIÓN DISTRITAL
SEIS (6) cargos
PRG 007- DIRECCIÓN DE POLIMODAL Y TRAYECTOS TÉCNICO PROFESIONAL
UN (1) cargo
PRG 008 - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR
DOS (2) cargos
ACE 010 - DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLANEAMIENTO EDUCACTIVO
UN (1) cargo
ACE 004 - DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
CUATRO (4) cargos
ACE 009 - DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA
UN (1) cargo
ACE 006 - DIRECCIÓN DE PERSONAL
DOS (2) cargos
ACE 003 - AUDITORÍA GENERAL
OCHO (8) cargos
ARTÍCULO 6.- Crear en la Estructura Orgánico Funcional de la Dirección General de Cultura y Educación, con imputación a la Jurisdicción 11220 - Jurisdicción Auxiliar 00 - Entidad 050 - Finalidad 3 - Función 4 - F.F. 11 - Partida Principal 1 - Partida Subprincipal 1 - Partida Parcial 1 - Régimen 1, las siguiente dependencias:
ARTÍCULO 7.- Aprobar el ordenamiento de la estructura Orgánico Funcional de la Dirección General de Cultura y Educación, la que quedará conformada tal cual se detalla:
ARTÍCULO 8.- Aprobar las Acciones y Tareas y Organigrama que como Anexo I y II, respectivamente, pasan a formar parte integrante de la presente Resolución
ARTÍCULO 9.- La presente resolución será refrendada por la señora Subsecretaria de Educación y el señor Subsecretario Administrativo de este Organismo.
ARTÍCULO 10.- Regístrese la presente Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma. Comuníquese a las Subsecretarías de Educación y Administrativa, a la Auditoría General, al Consejo General de Cultura y Educación y, por su intermedio, a quienes corresponda. Cumplido, archívese.
NOTA: Los Anexos I y II no se encuentran digitalizados dado que no constan en la versión papel de la presente norma con la que cuenta el Departamento de Boletín Oficial Electrónico e Informática Jurídica de la Dirección de Boletín Oficial.
En caso de necesitar su texto, le sugerimos requerirlo al Organismo productor de la presente Resolución:
Dirección General de |
(0221) 482-1786 |
Av. 13 /56 y 57- La Plata (1900) |