GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1233/2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Sábado 26 de Diciembre de 2020
VISTO el expediente EX-2019-907366-GDEBA-DSTYADCIC, por el cual se propicia la aprobación del Convenio celebrado entre la de la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires (CIC), la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN), y
CONSIDERANDO:
Que el convenio tiene por objeto establecer relaciones formales de cooperación entre las partes, a los fines de convertir el Laboratorio de Plasmas Densos Magnetizados (PLADEMA), que funciona en la Facultad de Ciencias Exactas de la UNICEN, en un Centro Asociado de Múltiple Dependencia de la CIC;
Que el Centro Asociado tendrá como misión investigar, capacitar y formar recursos humanos, transferir y realizar tareas de extensión, en las áreas de campo de la Simulación Computacional y Modelos Matemáticos, para resolver problemas reales en áreas como Industria, Medicina, Agricultura, Entretenimiento, Energía, Hidrología, Optimización de Procesos y otras afines a las mencionadas que podrán ser incorporadas en el futuro;
Que, para ello, las partes se comprometen a contribuir mediante sus sistemas propios de asignación de recursos con los medios necesarios para la ejecución de los proyectos del Centro Asociado y proponer las actividades académicas y científicas que puedan contar con el aporte del mismo, para el desarrollo de actividades de grado y posgrado en el marco de las actividades académicas de la Universidad y que cuenten con el aval respectivo, asimismo, la CIC y la CNEA se comprometen a canalizar a través del Centro Asociado los asuntos y cuestiones provinciales, nacionales e internacionales que guarden relación con los temas de investigación que se desarrollen en el mismo, en el contexto de su especialidad;
Que los fondos del Centro Asociado provendrán de los aportes de las partes, de las donaciones o subsidios que reciba de personas o instituciones oficiales o privadas, y de las sumas percibidas en concepto de derechos, aranceles o retribuciones por los servicios que preste;
Que el otorgamiento, la administración y la rendición de cuentas de los fondos obtenidos para el financiamiento de las actividades de investigación y desarrollo, y actividades de apoyo a la investigación, la formación o capacitación de personal, se regirá por la normativa correspondiente de la institución que los financie;
Que, por su parte, el Anexo I del convenio contempla las previsiones referentes a los recursos provenientes por servicios y contratos;
Que el Directorio de la Comisión de Investigaciones Científicas, en sus sesiones del 22 de octubre de 2019, Acta Nº 1497, y del 27 de agosto de 2020, Acta N° 1510, toma conocimiento y ratifica la aprobación del Convenio;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N°15.164 y 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio suscripto el 4 de noviembre de 2019 entre la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires (CIC), la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN) que como Anexo Único (IF-2019-38126330-GDEBA-UCYCGCIC), forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º. Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica a suscribir y aprobar los sucesivos convenios específicos, protocolos, adendas, demás actos que se celebren como consecuencia del Convenio que se aprueba por el presente, previa intervención de los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con la normativa vigente.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Augusto Eduardo Costa, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador