DECRETO 1732/2022
LA PLATA, 19 de Noviembre de 2022
VISTO el expediente EX-2022-35644877-GDEBA-DPASSPBMJYDHGP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se propicia modificar el artículo 3º del Decreto Nº 1542/10, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1.542/10 se crea en el ámbito del entonces Ministerio de Justicia y Seguridad con funcionamiento en el Servicio Penitenciario Bonaerense, la Dirección General de Acción Social;
Que, por el Decreto Nº 37/2020 –por el que se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modificado por sus similares Nº 1153/2020 y Nº 662/22–, se determinó que la citada Dirección General, actualmente Dirección Provincial de Acción Social, dependa jerárquica y funcionalmente de la Subsecretaría de Política Penitenciaria;
Que, conforme establece el artículo 3º del citado Decreto Nº 1542/10, la Dirección Provincial de Acción Social es administrada por un Directorio designado por el Poder Ejecutivo, constituido por un Presidente, un Vice Presidente y una Junta Consultiva de cinco (5) miembros;
Que, asimismo, dispone que los Directores Asesores Consultivos, serán propuestos por las entidades que nuclean y representan al personal penitenciario; a saber: un Suboficial en actividad y otro Suboficial en retiro por el Círculo de Suboficiales y Guardias del Servicio Penitenciario ; un Oficial Superior por el Círculo de Oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense; un Oficial retirado socio, por el Centro de Jefes y Oficiales Retirados del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires y un Inspector General retirado por el Consejo Superior de Inspectores Generales del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires;
Que, a los efectos de precisar el procedimiento de propuesta de los candidatos a ocupar los cargos, resulta adecuado establecer en forma expresa que las entidades respectivas deberán presentar sus recomendaciones mediante una terna de candidatos que cumplan los requisitos legales, de modo de formalizar el procedimiento de propuesta y selección;
Que se han expedido favorablemente las áreas con competencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que han tomado intervención en razón de sus competencias Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 3º del Decreto N° 1542/10, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3. La Dirección Provincial de Acción Social será administrada por un Directorio designado por el Poder Ejecutivo. El mismo estará constituido por un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a y una Junta Consultiva de cinco (5) integrantes.
El cargo de Vicepresidente/a recaerá en el/la Jefe/a del Servicio Penitenciario Bonaerense o en quien él/ella proponga.
Los/as Directores/as Asesores/as Consultivos/as serán propuestos/as por las entidades que nuclean y representan al Personal Penitenciario a saber:
Dicha propuesta se efectivizará mediante una terna por cada cargo a elegir, la cual será elevada por las entidades mencionadas, a los efectos de la evaluación y posterior designación por el Poder Ejecutivo.”
ARTÍCULO 2°. Facultar al/ a la Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, a dictar las normas reglamentarias, interpretativas y/o aclaratorias del Decreto N° 1.542/10.
ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador