DECRETO N° 754/2021

LA PLATA, 15 de Septiembre de  2021

VISTO el expediente EX-2021-07816352-GDEBA-GACFVRC de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), por el cual tramita la aceptación de la renuncia de Juan Marcos Felipe María ARAGÓN al cargo interino de Gerente Técnico, y la designación en su reemplazo del ingeniero Juan Ignacio CARBÓ, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se propicia la aceptación de la renuncia, a partir del 31 de enero de 2021, de Juan Marcos Felipe María ARAGÓN, al cargo interino de Gerente Técnico de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), quien había sido designado por Resolución N° 7736/2008 del Administrador General Interino, quien se reintegra a su cargo de revista en la mencionada repartición;

Que, por otra parte, se propicia convalidar la Resolución N° 91/2021 del Administrador General Interino, por la cual se aceptó la renuncia presentada por Juan Ignacio CARBÓ, a partir del 31 de enero de 2021, al cargo de Director de Área Intendencia de Riego de Pedro Luro de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), quien había sido designado por Resolución N° 8173/2013 de la mencionada autoridad;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que los funcionarios salientes no registran actuaciones sumariales en trámite;

Que, asimismo, se propicia la designación, a partir del 1° de febrero de 2021, del ingeniero Juan Ignacio CARBÓ en el cargo de Gerente Técnico de la Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), quien reúne los requisitos legales, idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño de la función;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la gestión encuadra en lo dispuesto en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, y en el artículo 16 del Decreto-Ley Nº 7948/72;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.2.13.00.060 - Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), a partir del 31 de enero de 2021, la renuncia presentada por Juan Marcos Felipe María ARAGÓN (DNI N° 18.878.423 - Clase 1962) al cargo interino de Gerente Técnico, quien había sido designado por Resolución N° 7736/2008 del Administrador General Interino, limitando la reserva de su cargo de revista, quien se reintegra al Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 11, Clase 3, Grado XI, Código 5-0004-XI-3, Abogado “D”, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en la Gerencia Técnica del citado organismo.

ARTÍCULO 2º. Convalidar, en la Jurisdicción 1.1.2.13.00.060 - Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), la Resolución N° 91/2021 del Administrador General Interino, por la cual se aceptó la renuncia, a partir del 31 de enero de 2021, de Juan Ignacio CARBÓ (DNI N° 30.191.159 - Clase 1983) al cargo de Director de Área Intendencia de Riego de Pedro Luro, quien había sido designado por Resolución N° 8173/2013 de dicha autoridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.13.00.060 - Corporación de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (CORFO), a partir del 1° de febrero de 2021, al ingeniero Juan Ignacio CARBÓ (DNI N° 30.191.159 - Clase 1983) en el cargo de Gerente Técnico, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Decreto-Ley Nº 7948/72.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo Agrario y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Javier Leonel Rodríguez, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.