Fundamentos de la

Ley 10847

 

            La causa de la muerte cardiaca súbita está determinada fundamentalmente por una alteración del ritmo cardíaco llamada fibrilación o aleteo ventricular; se trata de una inestabilidad eléctrica del corazón generalmente asociada con el infarto de miocardio o la insuficiencia coronaria. Está comprobado que alrededor de cuatro (4) minutos de comenzada la amenazante arritmia se produce la muerte cerebral, en el supuesto de que esta riesgosa situación no se logre superar. Se advierte entonces que el factor tiempo es de esencial importancia para el éxito del tratamiento del paro cardiocirculatorio agudo mediante la práctica de la reanimación cardiopulmonar. En tal sentido se acepta, hoy día, que solo mediante la atención inmediata de esta patología es posible yugular su desarrollo a instancias irreversibles. De modo que por razones logísticas la intervención de legos en estos casos es de primordial importancia, dado que no aún con un sistema de emergencia médica excepcionalmente diagramado y organizado se llega, en un alto porcentaje de situaciones, a tiempo para resolver o revertir el trastorno cardiopulmonar señalado. Avalan estas afirmaciones estudios realizados en otros países que demuestran que el porcentaje de éxito es de cuarenta y siete por ciento (47%) cuando la reanimación cardiorrespiratoria se efectúa en el lapso de un (1) minuto después del colapso circulatorio y de treinta y cinco por ciento (35%) y veintisiete por ciento (27%) en intervalos de dos (2) a tres (3) y de cuatro (4) a cinco (5) minutos respectivamente, pero el éxito es sólo del seis por ciento (6%) cuando la práctica de reanimación se inicia pasados más de cinco (5) minutos. Resulta ilustrativo señalar que, de acuerdo a datos registrados en un área metropolitana, una ambulancia tarda en llegar al sitio de la emergencia entre cinco (5) a ocho (8) minutos después de un período de salida de un (1) minutos, aunque se han informado períodos de tiempo más largos. Esto indicaría que los medios informado períodos de tiempo más largos. Esto indicaría que los medios de auxilio no son suficientes sin el complemento de la intervención de legos para la reanimación en lo que sería la fase preclínica.

            En Seatlle, (EE.UU), desde 1970 de prepara a legos en reanimación cardiorrespiratoria. El porcentaje de éxito de la reanimación aumenta a alrededor del sesenta por ciento (69%) en los años siguientes. Cabe decir que dos tercios (2/3) de los casos fatales de enfermedad coronaria se producen súbitamente a causa de arritmia y fuera del hospital. En los EE.UU mueren anualmente más de trescientas mil (300.000) personas por paro cardíaco súbito. En la República Federal de Alemania mueren alrededor de cien mil (100.000) personas por la misma causa, y está demostrado que mueren por paro cardíaco súbito diez (20) veces más personas que por accidentes de tránsito.

            Esta información justifica plenamente la necesidad de la aplicación de métodos que contrarresten eficazmente la tasa de mortalidad de esta enfermedad.

            El presente Proyecto de Ley tiende a implementar un sistema de enseñanza de reanimación cardiorrespiratoria destinado a legos con el objetivo de prevenir la muerte cardiaca súbita y facilitar la atención médica con mayores posibilidades de ´+éxito. El adiestramiento de toda persona de más de 16 años física e intelectualmente capacitada, en la práctica de la reanimación cardiorrespiratoria supone un avance justificado que necesariamente debe incorporarse a las acciones del Ministerio de Salud, como forma de atender un aspecto importante de la salud de la población. La importancia de los legos en la fase prehospitalaria para prevenir la muerte cardiaca súbita lo evidencia el hecho de que del sesenta porciento (60%) y el setenta porciento (70%) de los óbitos de producen en la fase previa al auxilio médico u hospitalario.

            Por las razones expuestas solicitamos a los señores Diputados se dé aprobación al presente Proyecto de Ley.