DECRETO 546/2023

LA PLATA, 6 de Abril de 2023

VISTO el expediente EX-2022-30646633-GDEBA-OPNYAMDCGP del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, por el cual se propicia la designación de diversas personas en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, y

CONSIDERANDO:

Que por el presente se gestiona la designación de diez (10) agentes en cargos de la Planta Temporaria de la Ley Nº 10.430, a partir de la fecha que se indica en cada caso y hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive;

Que las personas referidas reúnen los requisitos legales, idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño de los cargos propuestos;

Que, de acuerdo a los destinos asignados a los/as postulantes, procede liquidarles las bonificaciones previstas en los artículos 5º, 11 inciso a) y 13 del Decreto N° 710/22, según corresponda en cada caso, asignándoles el régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, conforme el Decreto N° 786/91, ampliado por su similar N° 710/98, y el artículo 4° del Decreto N° 710/22;

Que es menester efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394, la transferencia de los cargos correspondientes, como así también la modificación del resumen del número de cargos del mismo, conforme lo determinado por el artículo 18 de la norma referida;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido favorablemente;

Que las designaciones propuestas se efectúan de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394, Sector Público Provincial No Financiero, Administración Provincial, Administración Central, Jurisdicción 1.1.2.18.00.002, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, la transferencia de diez (10) cargos, conforme se detalla en el Anexo IF-2023-03808909-GDEBADGAOPNYAGP que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º. Modificar en la Jurisdicción 1.1.2.18.00.002, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo precedente, el resumen del número de cargos de la Administración Central y Organismos Descentralizados e Instituciones de Previsión Social del Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley Nº 15.394, Planilla 26, para la Administración Central, de acuerdo al siguiente detalle:

DISMINUCIÓN:

Planta Permanente: Diez (10) cargos.

AMPLIACIÓN:

Planta Temporaria: Diez (10) cargos.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.18.00.002, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, a partir de la fecha que se indica en cada caso y hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive, en cargos de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, a los/as agentes que se detallan en el Anexo IF-2023-03808833-GDEBADGAOPNYAGP, que forma parte integrante del presente, con una remuneración equivalente a las categorías y en los agrupamientos que en cada caso se indican, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, otorgándoles las bonificaciones previstas en los artículos 5º, 11 inciso a) y 13 del Decreto N° 710/22, según se indica en el anexo, de conformidad con los artículos 111 inciso d) y 117 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96.

ARTÍCULO 4º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente gestión, se imputará con cargo a la partida presupuestaria que se detalla: Jurisdicción 1.1.2.18.00.002, Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, Unidad Ejecutora 551 y 552, PRG 002 y 003, SP 001, ACT 001 y 003, Finalidad 3, Función 2, Subfunción 0, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 1, Partida Principal 2, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 01, 04 y 05, Ubicación Geográfica 999, Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley N° 15.394.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Desarrollo de la Comunidad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Andres Larroque, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

Los Anexos del presente Decreto pueden ser consultados en su versión PDF.