LEY 5634

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a donar al Club Náutico San Isidro, el inmueble fiscal denominado Isla del Sarandí, que ocupa actualmente la mencionada Institución, de 49 Hs., 14 As., 65 Cs., 54 dms2, de superficie y cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción VIII, Sección A, Fracción 1, lindera al N.E. con el Río de la Plata, al S.E. con el canal de acceso al puerto de San Isidro, y al S.O. y al N.O. con el Arroyo Sarandí.

 

ARTÍCULO 2.- Derógase la Ley 5360.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.