DECRETO 3753/95
VISTO el acuerdo prestado por el Honorable
Senado, y de conformidad con lo prescripto por el artículo 217 de
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Nómbrase en el Poder Judicial:
DEPARTAMENTO JUDICIAL
Defensoría de Pobres y Ausentes N° 10
Defensor: Al Dr. Ricardo Alberto Fuente (D.N.I. 14.465.102, clase 1961).
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese.
DUHALDE
R. M. Citara