LEY 14526

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°: Declárase Bien del Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley Nº 10.419 y sus modificatorias, al inmueble propiedad de la Asociación Española de Socorros Mutuos, sito en calle Bernardo de Irigoyen Nº 139 de la ciudad de Punta Alta, identificado con los siguientes datos catastrales: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 47, Parcela 31; Partida 1775, Partido 113 Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de junio de dos mil trece.