FUNDAMENTOS DE LA

 

LEY 14247

 

 

Mediante la presente iniciativa se propone exceptuar durante un lapso prudencial de doce (12) meses, a los tribunales de Trabajo del Departamento Judicial de Pergamino de las previsiones de la Ley № 14.235.

Dicha norma estableció un criterio ordenador de los tribunales de trabajo provinciales, en el marco del programa de descentralización de órganos judiciales, cuyos asientos y jurisdicción se encuentran previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, № 5.287, y que no guardaban un diseño que resultara conveniente para el mejor servicio de justicia, al no estar debidamente correlacionado con el cúmulo de causas de cada jurisdicción, la cantidad de habitantes de los diferentes partidos, entre otras variables.

Sin embargo, en el caso puntual de Pergamino, el reordenamiento de la Ley 14.235 no ha tenido el resultado esperado de mejoramiento del servicio judicial, de inmediación con los justiciables y de economía de procedimientos, evitando la sobrecarga de tareas de algunos tribunales, y el dispendio de actividad procesal por efecto de las distancias.

Por ello es que se propone exceptuar a esos tribunales de Trabajo de los efectos de la citada ley, manteniendo el asiento y jurisdicción anteriores a su sanción, por un lapso que permita evaluar la necesidad y conveniencia de insistir con el reordenamiento, dejarlo sin efecto o modificarlo.

Es por lo expuesto que solicitamos a los señores legisladores se sirvan acompañar el proyecto con su voto favorable.