DECRETO 6/2025

LA PLATA, 14 de Enero de 2025

VISTO el expediente EX-2025-00274470-GDEBA-DSTECMTRAGP del Ministerio de Transporte, mediante el cual se propicia limitar la designación de Sandra Marcela MAYOL como Subsecretaria de Articulación Interjurisdiccional del Transporte y su designación como Subsecretaria de Transporte Aéreo y Fluvial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 15.477, en su artículo 34, determina las funciones, atribuciones y responsabilidades del Ministerio de Transporte, aprobándose su estructura orgánico-funcional mediante Decreto N° 382/22, que fue ratificada por Decreto N° 126 B/23;

Que por Decreto N° 350/24 se designó a Sandra Marcela MAYOL en el cargo de Subsecretaria de Articulación Interjurisdiccional del Transporte;

Que, en esta instancia, se propicia limitar la mencionada designación y designar a MAYOL como Subsecretaria de Transporte Aéreo y Fluvial, a partir de la fecha de notificación del presente;

Que Sandra Marcela MAYOL reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarias para desempeñar dicho cargo;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.31 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir de la fecha de notificación del presente, la designación de Sandra Marcela MAYOL (DNI N° 17.350.628 - Clase 1965) como Subsecretaria de Articulación Interjurisdiccional del Transporte, dispuesta por Decreto N° 350/24.

ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.31 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir de la fecha de notificación del presente, a Sandra Marcela MAYOL (DNI N° 17.350.628 - Clase 1965), en el cargo de Subsecretaria de Transporte Aéreo y Fluvial.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Transporte y de Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Martín Fabio Marinucci, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.