FUNDAMENTOS DE LA LEY 14600
Un 27 de junio de 1981 la Organización Internacional del Trabajo, a través de los convenios 151 y 154, recomendaban a los países miembros de la institución, la discusión paritaria para los trabajadores estatales. Si bien eso ocurrió en el año 1978, es decir, en plena vigencia de la última dictadura militar en nuestro país, los trabajadores estatales del mundo entero, tomaron esta sanción como un gran avance en la posibilidad de su reconocimiento.
Recién el 11 de noviembre de 1992, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó la Ley de Convenciones Colectivas para los trabajadores del Estado, siendo éste un derecho humano fundamental garantizado constitucionalmente desde 1957 en el artículo 14 bis de nuestra Constitución.
Esta ley histórica se sancionó a partir de la iniciativa de Germán Abdala, trabajador, dirigente de la Asociación Trabajadores del Estado y de la Central de Trabajadores de la Argentina, diputado nacional y, posteriormente, fundador del Grupo de los 8 en 1990, uno de los compañeros que guió la lucha de los trabajadores contra la burocracia sindical, la dictadura, la impunidad y el vaciamiento del Estado, como así también la lucha por legalizarnos como trabajadores, rechazando ser "servidores públicos" o "agentes de la administración pública", sino, nada más, ni nada menos, que Trabajadores del Estado.
Cabe destacar, que varias organizaciones representativas en el ámbito regional y mundial, tales como la CLASEP, la CLATE, la INFEDOP y la ISP -entre otras-, lanzaron la campaña para instalar ese día como el Día del Trabajador Estatal en todo el mundo.
Hoy en día, la Administración Pública bonaerense, cuenta con más de 550.000 trabajadores que garantizan cotidianamente el funcionamiento de las instituciones que componen el Estado, por lo tanto ponen en marcha los engranajes necesarios para el ordenamiento y desenvolvimiento de nuestra provincia de Buenos Aires.
La Ley 26.876 fue sancionada el pasado 3 de julio y promulgada el 1 de agosto del corriente año, acompañada por los siguientes diputados:
DE GENNARO, Víctor Norberto |
(UNIDAD POPULAR-Buenos Aires) |
PARADA, Liliana Beatriz |
(UNIDAD POPULAR CABA) |
STOLBIZER, Margarita Rosa |
(GEN Buenos Aires) |
ITURRASPE, Nora Graciela |
(GEN Buenos Aires) |
LOZANO, Claudio |
(UNIDAD POPULAR CABA) |
DONDA PEREZ, Victoria Analía |
(LIBRES DEL SUR-Buenos Aires) |
VILLATA, Graciela Susana |
(FRENTE CIVIC-Córdoba) |
RECALDE, Héctor Pedro |
(FPV – PJ) |
PIEMONTE, Héctor Horacio |
(COALICION CIVICA – ARI) |
ZABALZA, Juan Carlos |
(P.S - Santa Fe) |
CICILIANI, Alicia Mabel |
(P.S - Santa Fe) |
GIL LAVEDRA, Ricardo Rodolfo |
(UCR – CABA) |
DEPETRI, Edgardo Fernando |
(FPV – PJ Buenos Aires) |
RIESTRA, Antonio Sabino |
(UNIDAD POPULAR Santa Fe) |
SOLANAS, Fernando Ezequiel |
(Movimiento Proyecto Sur)
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Nos parece importante que la provincia con mayor cantidad de población de la Argentina adhiera a la ley que reconoce en su día a los trabajadores y trabajadoras que motorizan nuestro Estado en cada rincón del país.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.