Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACION
DIRECCION EJECUTIVA
Resolución Interna Nº 215/08

La Plata, 2 de septiembre de 2008.

VISTO que se propicia la aprobación del procedimiento para el inicio y gestión de expedientes de creación y/o modificación de estructuras organizativas, y

CONSIDERANDO:
Que por Ley 13.766 se creó la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, como entidad autárquica de derecho público, con el objeto de ejecutar la política tributaria mediante la determinación, fiscalización y percepción de los tributos y accesorios dispuestos por las normas legales y la administración del Catastro Territorial;
Que dicha norma legal, en su artículo 4° inciso e), le otorga a la Agencia la atribución de aprobar, de acuerdo al presupuesto anual asignado, su estructura orgánico funcional y el plantel básico correspondiente;
Que en tal sentido y en virtud de lo normado en el artículo 17 inciso a) de la Ley de creación, los gastos en personal no pueden exceder del setenta y cinco por ciento (75%) de los recursos financieros asignados para el Ejercicio 2008, debiendo reducirse cada año hasta el Ejercicio 2011 alcanzando el porcentual máximo del sesenta por ciento (60%);
Que en ese orden de ideas deviene necesario la determinación de pautas y criterios generales que determinen la modalidad para la formulación, presentación, financiación, tramitación y aprobación de estructuras;
Que en razón a lo expuesto, resulta oportuno y conveniente aprobar, en esta instancia, el Procedimiento para el Inicio y Gestión de Expedientes de Creación y/o Modificación de Estructuras Organizativas;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.766;
Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTICULO 1° - Aprobar el “Procedimiento para el Inicio y Gestión de Expedientes de Creación y/o Modificación de Estructuras Organizativas”, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2° - Dejar establecido que para la aprobación y/o modificación de estructuras organizativas para la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, resultan de aplicación las pautas formales determinadas en el Decreto 1.322/05 –Criterios Generales para el Diseño de Estructuras en la Administración Pública Provincial–.
ARTICULO 3° - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Santiago Montoya
Director Ejecutivo

ANEXO I

PROCEDIMIENTO PARA EL INICIO Y GESTION DE EXPEDIENTES DE CREACION Y/O MODIFICACION DE ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS

CONSIDERACIONES PREVIAS AL FINALIZAR CADA AÑO CALENDARIO Y PREVIO AL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA AGENCIA
A
Las Subdirecciones Ejecutivas y/o Gerencias Generales dependientes de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, deberán remitir anualmente a la Gerencia General de Administración, las necesidades en materia de creación y/o modificación de sus estructuras organizativas para el próximo ejercicio, a efectos de realizar las previsiones presupuestarias pertinentes, en el marco de los lineamientos establecidos por la Dirección Ejecutiva.
B En el mismo sentido, deberán remitir anualmente a la Subdirección Ejecutiva de Gestión del Desarrollo Institucional –Gerencia General de Recursos Humanos–, las necesidades para el próximo ejercicio en materia de creación y/o modificación de sus estructuras organizativas, a efectos de incorporar las mismas en la planificación presupuestaria en materia de recursos humanos, como así también, de la planificación del personal, en el marco de los lineamientos establecidos por la Dirección Ejecutiva.

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO
1. El propiciante, cuyo rango no puede ser inferior a Subdirector Ejecutivo y/o Gerente General según corresponda, inicia el trámite por medio de una nota dirigida al Sr. Director Ejecutivo, a través de la Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa, en la que propone la creación y/o modificación de la estructura organizativa a su cargo. En la nota, se deberá adjuntar, sin excepción, en el marco de lo normado en el Decreto Nº 1322/05, la siguiente información:
a. Plan Estratégico de la Subdirección Ejecutiva y/o Gerencia General según corresponda.
b. Proyecto de creación y/o modificación de la estructura organizativa, el cual deberá contener el Organigrama y las Acciones que determinan el ámbito de competencia de las unidades organizativas propiciadas.
c. Fundamentación de la Propuesta.
d. Soporte Informático con el o los archivos del Proyecto de referencia.
2. La Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa verifica la existencia de la totalidad de la información exigida en el punto anterior. Cumplido, deberá caratular las actuaciones y remitir las mismas a la Subdirección Ejecutiva de Gestión del Desarrollo Institucional –Gerencia General de Recursos Humanos–.
3. La Gerencia General de Recursos Humanos, a través de las áreas y dependencias con competencia e injerencia en la materia, deberá:
- evaluar los costos que implica el proyecto:
° Salariales
° Recursos Humanos necesarios para el normal funcionamiento de la o las dependencias cuya creación se propicia.
Cumplido, se remite el Expediente a la Gerencia General de Administración para su intervención.
4. La Gerencia General de Administración a través de las áreas y dependencias con competencia e injerencia en la materia, deberá:
a. Evaluar los costos materiales –incrementales– que implica el proyecto (espacio físico, bienes muebles, elementos informáticos, papel y útiles de escritorio, etc.).
b. Expedirse sobre la creación y/o modificación pretendida, en relación a si los costos insumidos están previstos en el presupuesto del año en curso.
Cumplido a) y b), se remite el Expediente a la Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa.
5. La Gerencia General de Coordinación Legal y Administrativa Procedimientos realiza los controles técnicos y legales pertinentes, pudiendo requerir, en caso de considerarlo pertinente, la intervención de la Subsecretaría de Modernización del Estado (análisis Técnico) y Asesoría General de Gobierno (análisis legal). Cumplido, eleva el Proyecto de Acto Administrativo para conocimiento y consideración del Sr. Director Ejecutivo.
a. Dictado el Proyecto de Acto Administrativo, se remite el mismo al Departamento Registro y Protocolización, para el pertinente registro institucional, publicidad y comunicaciones respectivas.
b. El Departamento Normas y Procedimientos, de acuerdo a lo normado por Resolución Normativa 54/08, deberá organizar y mantener actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas y reglamentaciones sobre las estructuras organizativas aprobadas y vigentes para la Agencia.

C.C. 8.106