Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ECONOMÍA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Disposición Técnico Registral 3/16

 

La Plata, 28 de marzo de 2016.

 

VISTO el artículo 7° de la Ley 17.801, concordante con el artículo 5° del Decreto-Ley 11.643/63 y el artículo 5° del Decreto Reglamentario 5.479/65, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Disposición Técnico Registral 5/2012 en su artículo 3º regula la cantidad de copias de minutas de inscripción que deben acompañarse al momento de solicitar la inscripción de un documento;

 

Que asimismo, la Disposición Técnico Registral 14/2010 que norma la registración del Derecho de Propiedad Horizontal, en su artículo 11 apartado b) establece la cantidad de copias de minutas requeridas al momento de anotar la afectación a dicho régimen;

Sin perjuicio de que bastaría con suprimir la exigencia de copias de Minutas de Inscripción de manera genérica, por razones de buena técnica se ha merituado necesario modificar las Disposiciones Técnico Registrales citadas;

 

Que las referidas copias eran remitidas a ARBA, organismo que manifestó que deviene innecesario su envío;

 

Por ello,

 

LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD,

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1° No serán exigibles copias de las minutas de inscripción que se acompañan a los documentos cuya registración se solicita.

 

ARTÍCULO 2° Sustituir el Artículo 3° de la Disposición Técnico Registral 5/2012, el que queda redactado de la siguiente forma: “Las minutas de inscripción deberán presentarse en todos los supuestos solamente en original”.

 

ARTÍCULO 3° Modificar el artículo 11 inc. b) de la Disposición Técnico Registral Nº 14/2010 el que queda redactado de la siguiente forma: “b) Carátula Rogatoria y Minuta de Inscripción”.

 

ARTÍCULO 4° Registrar como Disposición Técnico Registral. Comunicar a las Direcciones Técnica y de Servicios Registrales, como así también a todas las Subdirecciones, Departamentos, Delegaciones Regionales de este Organismo; Poner en conocimiento del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires; publicar en el Boletín Oficial y en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (S.I.N.B.A.). Cumplido, archivar.

María de la Paz Dessy

Directora

C.C. 4300