Decreto 1110/2019
La Plata, 13 de agosto de 2019
VISTO el expediente N° 2914-13672/17 del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual se propicia la designación de Hugo Daniel GAYOSO, como Director de la Dirección Regional Morón, a partir del 2 de enero de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1166/00 se aprobó la estructura orgánico funcional del Instituto de Obra Médico Asistencial;
Que por el presente se propicia designar a Hugo Daniel GAYOSO para ocupar el cargo de Director de la Dirección Regional Morón, a partir del 2 de enero de 2017, y el postulante reúne las condiciones de idoneidad necesarias;
Que por Resolución Nº 207/17, el Directorio del Instituto de Obra Médico
Asistencial, resolvió propiciar ante el Poder Ejecutivo la designación de Hugo Daniel GAYOSO como Director de la Dirección Regional Morón, a partir del 2 de enero de 2017, y encomendar al funcionario referido las tareas inherentes a dicho cargo, a partir de la misma fecha;
Que el cargo se encuentra vacante en virtud de la renuncia presentada por Santiago Manuel MUÑIZ, dispuesta por Decreto N° 1739/16;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 11412, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 2 de enero de 2017, en el cargo de Director Regional Morón, a Hugo Daniel GAYOSO (DNI. 20.985.864, Clase 1969), de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora