Decreto 1012/2019
La Plata, 26 de julio de 2019
VISTO el expediente N° 2990-2914/18 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia cubrir un (1) cargo de médico asistente – especialidad: obstetricia en el Hospital Interzonal General de Agudos “San José” de Pergamino, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 4799/15 y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la carrera profesional hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, un (1) cargo de médico asistente – especialidad: obstetricia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el establecimiento referido;
Que obra copia debidamente certificada del acta labrada por el pertinente jurado, de la cual surge que se cumplimentaron las etapas previstas por la resolución citada, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso, y el cómputo de antigüedad y antecedentes (fs. 1);
Que en virtud de los resultados alcanzados se propicia la designación de María Ofelia Luján ROASIO, por haber obtenido el puntaje necesario en la mesa examinadora;
Que a fin de obtener la vacante respectiva, consecuentemente, corresponde limitar la designación de carácter interino de la profesional citada en el párrafo precedente, efectuada con anterioridad por Resolución del Sr. Ministro de Salud N° 2748/14;
Que en autos se informa que la profesional cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el presupuesto general ejercicio 2019 – Ley Nº 15.078;
Que asimismo es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad requerida por la profesional con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal “Presidente Juan D. Perón” de la Municipalidad de Salto;
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la notificación de la interesada;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, la designación en el grado de asistente, con carácter interino, de María Ofelia Luján ROASIO (D.N.I. 28.130.530 – Clase 1980), como médica – especialidad: obstetricia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal General de Agudos “San José” de Pergamino, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, que había sido dispuesta por Resolución 11112 N° 2748/14.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en la planta permanente, por concurso abierto de méritos, antecedentes y evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de asistente, a María Ofelia Luján ROASIO (D.N.I. 28.130.530 – Clase 1980) para desempeñarse como médica – especialidad: obstetricia, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia (artículo 26 de la Ley N° 10.471) en el Hospital Interzonal General de Agudos “San José” de Pergamino.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la notificación de la interesada.
ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de autoridad de aplicación del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, hizo lugar a la excepción de incompatibilidad efectuada por la profesional que se menciona en el artículo 2° del presente, con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal “Presidente Juan D. Perón” de la Municipalidad de Salto.
ARTÍCULO 5°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0012 – Subprograma: 002 – Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 623 Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley N° 15.078.
ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora