Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa Nº 61/09

La Plata, 31 de agosto de 2009.

VISTO: Que mediante el expediente 2360-156192/09 se propicia prorrogar la entrada en vigencia del Régimen de retención sobre cheques previsto en el Capítulo II de la Resolución Normativa Nº 14/09, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Capítulo II de la Resolución 14/09, la Agencia de Recaudación de la Provincia implementó un nuevo régimen de retención, sobre los importes que con motivo de la presentación al cobro de cheques abonen las Entidades Financieras;
Que el artículo 1º de la reglamentación a la que se hace referencia en el párrafo anterior dispone la entrada en vigencia del régimen en cuestión a partir del 1º de mayo de 2009;
Que, sin perjuicio de ello, a fin de superar las dificultades operativas que fueron informadas a este organismo recaudador por los agentes alcanzados por el nuevo régimen de recaudación, mediante las Resoluciones Normativas Nº 28/09 y 44/09 esta Autoridad de Aplicación consideró prudente extender el plazo para la entrada en vigencia del régimen indicado hasta el día 1º de septiembre de 2009;
Que, es propósito de esta Autoridad de Aplicación llevar a cabo su labor recaudatoria evitando generar cargas administrativas inadecuadas a las entidades involucradas, que pueden atentar contra el correcto funcionamiento del sistema;
Que, por lo expuesto, en esta oportunidad se considera conveniente prorrogar la entrada en vigencia del régimen referenciado, con el objeto de considerar y analizar nuevamente las dificultades elevadas al organismo por los distintos actores que participan en la implementación de la operatoria, a fin de redefinir un esquema eficiente a la luz de las responsabilidades de gestión de los sujetos involucrados en el mencionado régimen;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;
Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Prorrogar hasta el día 1° de diciembre de 2009, la entrada en vigencia del Régimen de Retención sobre Cheques, reglamentado por el Capítulo II de la Resolución Normativa Nº 14/09.
ARTÍCULO 2°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Rafael Perelmiter
Director Ejecutivo
C.C. 10.218