DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

 

DECRETO 1203/12

 

LA PLATA, 13 de noviembre de 2012.

 

VISTO que se propicia aceptar la renuncia de José Manuel MOLINA, en el cargo de Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mismo fue designado mediante Decreto N° 21/11, en el cargo de Director Ejecutivo;

Que en la instancia se propone para ocupar el referido cargo a Hugo Javier BILBAO;

Que en consecuencia, corresponde limitar su designación en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Provincial del Transporte, efectuada por Decreto N° 43/12;

Que la presente gestión se efectúa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 3/12;

Que asimismo, se estima oportuno dejar sin efecto a partir de la vigencia del presente, el artículo 9o del Decreto N° 112/12 por el cual se estableció que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible se relacionaría con el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Espacio Público;

Que, por su parte, resulta conveniente disponer que las relaciones con la empresa Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado se mantengan a través del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, en virtud de la materia implicada y las competencias otorgadas a dicho organismo por la Ley N° 13.757 y el Decreto N° 23/07 b;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13757 y el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

 

 

ARTÍCULO 1º. Aceptar la renuncia de José Manuel MOLINA (DNI 14.188.364 – Clase 1960) en el cargo de Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.

ARTÍCULO 2º. Designar, en el cargo de Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a Hugo Javier BILBAO (DNI 16.586.300 - Clase 1964), a quien se lo limita en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia Provincial del Transporte para el que fue designado por Decreto N° 43/12.

ARTICULO 3º. Dejar sin efecto, a partir de la vigencia del presente, el artículo 9º del Decreto N° 112/12.

ARTÍCULO 4º. Disponer que las relaciones con Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) se mantendrán a través del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Alberto Pérez                                    Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de                        Gobernador

Gabinete de Ministros