Fundamentos de la

Ley 11401

 

LA HONORABLE LEGISLATURA:

            Mediante el presente proyecto se introducen diversas modificaciones al Decreto-Ley 7.543/69 T. O. 1987 (Ley Orgánica de la Fiscalía de Estado), que serán orientadas a perfeccionar el régimen de recaudación judicial de tributos y a incrementar los recursos económicos destinados a la Fiscalía de Estado, que es el órgano natural de representación en juicio de la provincia de Buenos Aires (conforme artículo 143 de la Ley Fundamental bonaerense).

            Constituye una verdad incontrovertible que cualquier mejoramiento del sistema impositivo, descansa casi preponderantemente en la mayor eficacia de la administración tributaria y de los órganos que, como la Fiscalía de Estado, intervienen en la función de hacer efectivo el cobro de los tributos creados por el legislador.

            En tal sentido, se considera oportuno limitar el número de apoderados fiscales que tendrían a su cargo promover los respectivos juicios de apremio, a fin de no dispensar innecesariamente esa tarea, y para facilitar, además, la implementación de un equipo especializado destinado a cumplir de la manera más idónea posible con la función recaudatoria respecto de aquellos contribuyentes y responsables que no cumplieron en término con sus obligaciones fiscales y que tampoco se avinieron a abonar las mismas en forma extrajudicial.

            Esta modalidad operativa ha de permitir una mayor inmediación por parte de los funcionarios de la administración tributaria por parte de los funcionarios de las administración tributaria y de la Fiscalía de Estado que deben supervisar la labor de los apoderados fiscales, permitiendo perfeccionar los mecanismos tendientes a combatir la evasión tributaria.

            Que resulta evidente, todo ello se traducirá, en un plazo relativamente breve, en un incremento de la recaudación impositiva, que posmilitará equilibrar de manera razonable la distribución de la carga tributaria y dotar a la Provincia de los medios financieros necesarios para cumplir con sus funciones esenciales.

            En el proyecto de introducen otras modificaciones a la Ley Orgánica de la Fiscalía de Estado, que tienden a jerarquizar a ese organismo de la Constitución y a dotarlo de los medios económicos necesarios para su mejor desenvolvimiento, tanto en lo relativo a su equipamiento material como humano, aspectos estos que son imprescindibles para su fortalecimiento funcional y operativo.

            Por último, también se hace aconsejable modificar el régimen que instituye la citada ley orgánica en lo relativo a la subasta de automotores secuestrados a disposiciones de la Justicia Penal , pues la experiencia recogida en esta materia desde la implementación del sistema ha demostrado la necesidad de abreviar algunos plazos y agilitar la subasta de dichos vehículos, a fin de evitar su deterioro por el transcurso del tiempo y la inmovilización a que están expuestos.

            Todas estas reformas, en suma, se adecuan a los objetivos de racionalización administrativa que han sido instrumentados a través de la Ley 11.184, y tienden a optimizar la distribución de los fondos públicos, destinándolos prioritariamente al cumplimiento de funciones estatales de significativa trascendencia, como lo son tanto la percepción de recursos como el control y defensa de los intereses fiscales.