Decreto 436/2020

La Plata, 4 de junio de 2020

VISTO el expediente N° EX-2019-25630928-GDEBA-DGTYAMJGM mediante el cual se propicia modificar el artículo 6° del Decreto N° 2133/09, modificado por Decreto N° 670/19, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 2133/09 se determinó, a partir del 1° de enero de 2011, en la Planta Permanente sin estabilidad de la jurisdicción Secretaría General de la Gobernación, Subsecretaría de Modernización del Estado, Dirección Provincial de Gestión Pública, la creación de veinticinco (25) cargos de Expertos en Gestión Pública, con rango y remuneración equivalente al cargo de Director, conforme lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley N° 10.430 (T.O. Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4.161/96;

Que el referido decreto constituyó, asimismo, el cuerpo de Expertos en Gestión Pública a partir del Programa de Especialización en Gestión Pública, con la finalidad contribuir al fortalecimiento institucional, formando un equipo técnico especializado en Gestión Pública con el objeto de implementar procesos de mejora e innovación de la gestión;

Que por su artículo 6° determinó que los Expertos en Gestión Pública durarían en sus funciones un período máximo de cinco (5) años, contados a partir de su designación;

Que mediante Resolución del entonces Subsecretario de Modernización del Estado N° 34/11, se propuso al Poder Ejecutivo la nómina de agentes que obtuvieron los veinticinco (25) mejores promedios como resultado del Programa de Especialización mencionado;

Que por Decreto N° 209/13 se efectivizó la designación de los Expertos en Gestión Pública, en el ámbito de la ex Subsecretaría para la Modernización del Estado de la Secretaría General de la Gobernación;

Que por Resolución del entonces Subsecretario para la Modernización del Estado N° 7/13 –modificada por Resolución N° 2/16- se aprobó el Reglamento para el ejercicio del cargo de Experto en Gestión Pública y su desempeño;

Que el cuerpo de Expertos en Gestión Pública es un equipo de trabajo interdisciplinario, integrado por profesionales provenientes de diferentes organismos de la Administración Pública Provincial, seleccionados a través del Programa de Expertos en Gestión Pública, especializados en la temática, con experiencia en gestión y un rol activo para la promoción del fortalecimiento institucional y la mejora del Estado;

Que su principal función radica en asistir en la toma de decisiones gubernamentales a las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial, brindando el apoyo técnico adecuado para la implementación de mejoras en la gestión en las siguientes actividades: asesoramiento, investigación, planificación, programación, organización, conducción, coordinación, seguimiento y capacitación;

Que mediante Decreto N° 670/19 se modificó el artículo 6° del Decreto N° 2133/09, determinando que los Expertos en Gestión Pública durarían en sus funciones hasta el 31 de diciembre de 2019, debiendo dictarse los respectivos actos administrativos que dispongan el cese de los agentes en cuestión;

Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 31/2020, dentro de las acciones de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, se encuentran aquellas relativas a coordinar y supervisar al cuerpo de Expertos en Gestión Pública, definiendo los lineamientos estratégicos, planes y programas en los que serán partícipes;

Que debe considerarse que el cuerpo de Expertos en Gestión Pública permite a los organismos provinciales implementar acciones que escapan a la gestión operativa diaria, generando un valor agregado en el desarrollo de productos y servicios de calidad con el objetivo de darles a los ciudadanos servicios más modernos y eficientes;

Que la experiencia recogida en la implementación de asistencias técnicas, como asimismo la demanda constante –y sostenida en el tiempo- por parte de diversos organismos de la Administración Pública Provincial, evidencia la necesidad de proseguir con la iniciativa y proceder a una readecuación de los términos de vigencia de las designaciones de los Expertos en Gestión Pública;

Que, en ese orden de ideas, se estima oportuno y conveniente modificar el artículo 6° del Decreto N° 2133/09 -modificado por Decreto N° 670/19- y establecer que los integrantes del cuerpo de Expertos en Gestión Pública permanecerán en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2020, debiendo reportar el resultado de su labor en forma directa al titular de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que se ha expedido favorablemente la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 6° del Decreto N° 2133/09 -modificado por Decreto N° 670/19-, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 6°. Los Expertos en Gestión Pública permanecerán en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2020, debiendo reportar el resultado de su labor al titular de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. En el caso de cese anticipado como Experto en Gestión Pública, el reingreso a tal función no será procedente, salvo excepción expresa concedida por la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes, cuando concurran fundadas razones que así lo justifiquen”.

ARTÍCULO 2°. Derogar el artículo 3º del Decreto Nº 670/19.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador