SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO JUDICIAL QUILMES

Suspensión de términos procesales en los Juzgados en lo Correccional Nºs 1 y 2, Juzgados de Garantías Nºs 1, 2 y 3,Tribunales en lo Criminal Nº 1, 2, 3 y 4, Presidencia, Secretaría de Gestión Administrativa y Salas I y II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal

Res. Nº 167

25405-2020

VISTO: La presentación formalizada por la Secretaria de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Quilmes, por disposición de la Presidente del citado organismo, por la que solicita la suspensión de términos procesales para el días 19 del mes en curso, y

CONSIDERANDO:

Que sin perjuicio de lo dispuesto en la Res. SC 386/20, cuyas medidas, entre otras el asueto, fueron prorrogadas hasta el día 28 de junio del presente año, toda vez que a tenor de lo dispuesto en la Res. SC 480/20 se permitió la sustanciación y decisión de los procedimientos de juicios abreviados, directísimos y la suspensión de juicio a prueba, en tanto sean compatibles con las restricciones vigentes en razón de la pandemia y la emergencia sanitaria (arts. 4 y 8 ) y lo establecido en la Res. SC 567/20, deviene necesario disponer -en virtud de las razones sanitarias informadas por la Dirección General de Sanidad- la suspensión de los términos procesales en ios organismos del fuero penal del Departamento Judicial de Quilmes, situados en el edificio de calle Hipólito Yrigoyen 475 de la citada localidad.

POR ELLO, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y con arreglo a lo previsto en el artículo 5 del Acuerdo 3971,

RESUELVE:

1.-Disponer la suspensión de términos procesales en los Juzgados en lo Correccional Nºs 1 y 2, Juzgados de Garantías Nºs 1, 2 y 3, Tribunales en lo Criminal Nº 1, 2, 3 y 4, Presidencia, Secretaria de Gestión Administrativa y Salas I y II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Quilmes para el días 19 de junio del año en curso, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

2- Regístrese, comuníquese vía correo electrónico, publíquese y póngase en conocimiento del Tribunal.

Daniel Fernando Soria. Ante Mí: Matías José Álvarez.