LEY 13399
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase como sitio Histórico Provincial y definitivamente incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia (en el marco de la Ley 10.419 y sus modificatorias) al edificio “La Azotea Grande”, ubicado en el camino rural provincial (027-013) en inmediaciones del puente “La Postrera”, en jurisdicción de la localidad de Manuel José Cobo (Lezama), partido de Chascomús.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.