Fundamentos de la Ley 13285

 

 

 

Atento a la gran trascendencia del "Parque Industrial La Cantábrica", el que fuera conformado en base a la creación del Ente de Promoción Industrial Bs. As.-Morón (EPIBA,M), figura asociativa que integran el municipio de Morón, la Unión Industrial del Oeste y el Ministerio de la Producción, habiéndose adjudicado la totalidad del predio que ocupa el Parque Industrial, se propuso la ampliación del mencionado con la consiguiente creación de un nuevo ente de administración.

A tal efecto, lo normado por el artículo 1 de la Ley 11.949, fue modificado por la Ley 13.165, con el objeto de que el cien (100) por ciento por concepto de cobro de los predios adjudicados serían destinados al futuro ente administrador de la ampliación del actual Parque Industrial, para ser imputado a obras de infraestructura y funcionamiento del Proyecto "Ente de Promoción Industrial Buenos Aires-Morón" (EPIBAM II), otorgando un plazo de 180 días para la conformación del nuevo ente, de expirar dicho plazo sin que se hubiese constituido, el ente imputará el ochenta (80) por ciento de los montos obtenidos en carácter de devolución a la Provincia, en la cuenta de Rentas Generales, destinando el 20% restante a sus gastos de funcionamiento.

Por lo antedicho, resulta aconsejable prorrogar el plazo, atento que resulta exiguo para la conformación del nuevo ente, conforme a la demora del trámite de desafectación de las tierras para su posterior disponibilidad por parte del ONABE a favor del proyecto en referencia.

Por todo lo expuesto es que solicito a los señores senadores me acompañen en el presente proyecto.