LEY 14898
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como artículo 74 bis al Decreto-Ley N° 8031/73 y modificatorias –Código de Faltas-, el siguiente:
“Artículo 74 bis. Será sancionada con arresto de cinco (5) a treinta (30) días o multa de entre el cincuenta (50%) y el cien (100%) por ciento del haber mensual del Oficial Subayudante del Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires –o el que en el futuro reemplace-, la persona que, invocando un vínculo con un alumno, dentro del establecimiento educativo de gestión pública o privada al que éste concurre, o en las inmediaciones del mismo, realice cualquiera de las siguientes acciones:
a) Hostigue, maltratare, menosprecie o perturbe emocional e intelectualmente a un trabajador de la educación, sea docente o no.
b) Insulte a un trabajador de la educación, sea docente o no, o provoque escándalo.
c) Ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación, sea docente o no.
d) Arroje contra un trabajador de la educación, sea docente o no, o contra un bien de utilidad educativa, elementos de cualquier naturaleza.
e) Ingrese sin autorización a un establecimiento educativo y no se retire a requerimiento del personal docente o no docente.
f) Perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función educativa.
La sanción se duplicará si las acciones descriptas en el presente se cometan frente a alumnos”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 149 bis del Decreto-Ley N° 8031/73 y modificatorias –Código de Faltas- por el siguiente.
“Artículo 149 bis. Reemplázase en todo el articulado del presente, la expresión “Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires” por “Oficial Subayudante del Agrupamiento Comando”, Conforme lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley 13.982 y modificatorias, o el que en el futuro lo reemplace”.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.