|
Fundamentos de la Ley 13846
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propone la declaración de utilidad pública y la expropiación de bienes inmuebles ubicados en el partido de Quilmes, destinados a la ampliación de la Escuela Media 16 de ese distrito. Los bienes referidos están identificados catastralmente como: circunscripción III, sección D, manzana 93, parcelas: 2, 3, 4, 5, 6,7, 8, 14 y 15, del partido de Quilmes y cuyos dominios se encuentran inscriptos en las matrículas: 61.613, 61.614, 61.615, 61.616, 61.617, 61.618, 61.619, 61.620 y 61.621 respectivamente. A modo de antecedentes legislativos cabe mencionar las Leyes 12.134 y la reciente 13.458, esta última sancionada el 5 de abril de 2006, de lo que se concluye que ha operado el término de abandono previsto en el artículo 47 de la Ley General de Expropiaciones 5.708. Cabe destacar que es voluntad del Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Cultura y Educación cumplir con el mandato legal que ha dado origen a las actuaciones administrativas 2100-24085/98 y su agregado 2100-13632/06 y en ese sentido corresponde brindar a la brevedad posible la herramienta legal que permita llevar a cabo la ejecución de la expropiación propiciada en las leyes referidas ut supra y cuyo espíritu es el mismo que hoy fundamenta el presente proyecto. La comunidad educativa local ha manifestado su apoyo a esta iniciativa, en cuanto tiende al mejoramiento de la calidad educativa de la Escuela Media 16 de Quilmes, a través de su consolidación como unidad pedagógica en un mismo espacio físico y social acorde a sus necesidades y demandas. Por los motivos expuestos debemos desde nuestro ámbito accionar en consecuencia y proveer los medios legales requeridos que permitan alcanzar los objetivos planteados. A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de este Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
|