DEROGADO POR DECRETO 92/11 B

 

DECRETO 1040/96

 

LA PLATA, 30 de ABRIL de 1996.

 

Visto, la necesidad de modificar la estructura organizativa del Ministerio de Economía, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de la propuesta efectuada por el Ministerio de Economía, surge la necesidad de redefinir sus objetivos, metas y acciones, creando a tal fin la Secretaría de Ingresos Públicos, reemplazando la actual Subsecretaría de Hacienda, como así también, la Subsecretaría de Política y Coordinación Fiscal y reorganizando la Subsecretaría de Finanzas, todo ello acorde a las políticas implementadas por el superior gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que con respecto a la creación de la Secretaría de Ingresos Públicos, se conviene en esta instancia su aprobación hasta el nivel de objetivos, metas y acciones, dejando para una segunda etapa la desagregación de los mismos;

 

Que con relación a la Dirección General de Administración modifica su área de dependencia, incorporando la Dirección de Sistemas de Información, a la órbita de la Secretaría de Ingresos Públicos;

 

Que, en consecuencia, se impone la aprobación de una estructura organizativa ágil y eficiente de las áreas mencionadas, que le permite ejercer y cumplir sus cometidos con eficacia, así como la definición de los cargos que, a ese efecto resulten;

 

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1°: Modifícase la estructura organizativa centralizada del Ministerio de Economía, que fuera aprobada por el Decreto 24/91 y demás normas modificatorias y complementarias de conformidad a las unidades orgánicas que resulten del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2°: Apruébase los organigramas, objetivos, metas y acciones, de las unidades orgánicas que surgen de la modificación dispuesta en el Artículo 1° del presente, como Anexos I, Ia, Ic, II, III y IV.

 

ARTÍCULO 3°: Apruébase la estructura organizativa de la Subsecretaría de Finanzas y de la Subsecretaría de Política y Coordinación Fiscal de acuerdo a los organigramas, objetivos, metas, acciones, responsabilidades de la subdirecciones y tareas, que como Anexos I, Ia, Ic, II, III , IV, V y VI, forman parte del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 4°: Transfórmase la Subsecretaría de Hacienda en Secretaría de Ingresos Públicos, cargo que se crea en los términos y con los alcances que resultan de la determinación del Artículo 5° del presente.

 

ARTÍCULO 5º: Determínanse para las estructuras organizativas aprobadas precedentemente los siguientes cargos: Secretario de Ingresos Públicos cuyo rango y remuneración se corresponderá al equidistante entre los cargos de Ministro Secretario de estado y Subsecretario, Subsecretario de Finanzas, Subsecretario de Política y Coordinación Fiscal, Director General de Administración, Director Provincial de Rentas, Director Provincial de Catastro Territorial, Director Provincial del Registro de la Propiedad, Director Provincial de Presupuesto, Director Provincial de Política de Financiamiento y Crédito Público, Director Provincial de Estudios Fiscales, Director Provincial de >Política Tributaria, Director Provincial de Relaciones Financieras Municipales, Director Provincial de Estudios Económicos, Director de Auditoría, Director de Sistemas de Información, Director de Área Sociales y de Seguridad, Director de Áreas Económicas y Administrativas, director de Políticas y Normas Presupuestarias, director de Evaluación de la Ejecución Presupuestaria, Director de Estudios Financieros, Director de Política de Endeudamiento, Director de Administración de la deuda Pública, Director de Análisis del Gasto Social, Director de Estudios de Gestión Administrativa, Director de Legislación Tributaria, Director de Recursos, Director de Finanzas Municipales, Director de Coordinación Financiera, Director de Asistencia Técnica, Director de Análisis Económicos, Director de Estudios tributarios, Subdirector de Áreas Sociales y Seguridad, Subdirector de Áreas Económicas y Administrativas, Subdirector de Políticas de Endeudamiento, Subdirector de Recursos, Subdirector de Asistencia Técnica, Jefe de Departamento Despacho Técnico, Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección Provincial de Presupuesto, Jefe del Departamento Coordinación y Comunicación, jefe del departamento Salud, Jefe del Departamento Familia, Jefe del Departamento Seguridad, jefe del Departamento cultura y Educación, Jefe del departamento Poder Judicial y Legislativo, Gobernación y Organismos de la Constitución, Jefe de Departamento Producción y Asuntos Agrarios, Jefe del Departamento Economía, Jefe del Departamento Obras y Servicios Públicos, jefe del Departamento Políticas y Normas, Jefe del departamento Regímenes Estatutarios, Jefe del Departamento Asesoramiento Técnico e Información, Jefe del Departamento Áreas Económicas y Administrativas, Jefe del Departamento Proyecto de Inversión, Jefe del Departamento Análisis y Proyecciones, Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección Provincial de Financiamiento y Crédito Público, Jefe del Departamento de Análisis de la Situación de Liquidez y Proyecciones Financieras, Jefe del Departamento de Análisis de la Situación de Endeudamiento, Jefe del Departamento de Análisis de Alternativas de Financiamiento, Jefe del Departamento Eurobonos de Mediano y Largo Plazo, jefe del Departamento Deuda Pública de Corto Plazo, Jefe del departamento Evolución del Gasto Social, Jefe del Departamento Evaluación de Reformas Administrativas, Jefe de Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Política y Coordinación Fiscal, Jefe del Administrativo de la Dirección Provincial de Política Tributaria, jefe de Departamento Proyección e Interpretación de Normas, Jefe de Departamento Análisis y Proyección de Recursos, Jefe del Departamento estadística tributaria y Control de Recursos, Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección provincial de Relaciones Financieras Municipales, jefe del Departamento Procesamiento y Análisis, jefe de Departamento Coparticipación y Programación, jefe del Departamento Relevamientos, Jefe del Departamento Soporte de Datos y Desarrollo Técnico, Jefe del Departamento Estadística y Análisis Económico, Jefe de Departamento de Programación Tributaria.

 

ARTÍCULO 6°: Dentro del plazo de 90 días a contar del presente, la Secretaría de Ingresos Públicos creada por el artículo 4°,  deberá  elevar al Poder Ejecutivo con la intervención del titular de la Jurisdicción y de los organismos que correspondan, la propuesta de aprobación desagregada de su estructura.

En el mismo plazo, la Jurisdicción ministerial deberá elaborar la correspondiente a la Dirección General de Administración.

 

ARTÍCULO 7°: El Ministerio de Economía a través de la Dirección Provincial de Presupuesto, efectuará las adecuaciones presupuestarias que fueren necesarias para el cumplimiento del presente.

 

ARTÍCULO 8°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía.

 

ARTÍCULO 9°: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial”, y archívese.

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

 

OBJETIVOS DE LAS SECRETARIA Y SUBSECRETARIA

 

MINISTERIO DE ECONOMIA

SECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS

 

1.    1.   Planificar, coordinar y supervisar la organización, mantenimiento y actualización del Registro Provincial de la Propiedad Inmueble, reglamentando su funcionamiento y proponiendo las modificaciones necesarias a fin de mejorar su operatividad.

2.    2.   Planificar, coordinar y supervisar las actividades que hacen a la recaudación y fiscalización del cobro de impuestos, tasas y contribuciones, proponiendo las medidas necesarias para su optimización según surja de los análisis de evaluación de resultados y a los efectos de combatir la evasión fiscal.

3.    3.   Planificar, coordinar y supervisar la organización, mantenimiento y actualización del registro catastral en todo el ámbito provincial con el objeto de registrar el estado de hecho de la cosa inmueble con fines de ordenamiento y publicidad inmobiliaria, ejerciendo el poder de policía que le compete (Decreto Ley 9.350/79).

4.    4.   Coordinar las actividades de procesamiento de datos, comunicación de datos y automatización de oficinas en el ámbito del Ministerio.

 

SUBSECRETARIA DE FINANZAS

 

1. Coordinar el proceso de formulación presupuestaria de la Administración Pública Provincial, impartiendo las instrucciones necesarias para la elaboración de los anteproyectos y proyectos de presupuestos, a fin de implementar las políticas fijadas para el sector.

2. Intervenir en el proceso de programación de la gestión presupuestaria de la Administración Pública Provincial, planificando la aplicación del presupuesto aprobado y fijando las reglamentaciones y controles pertinentes a la ejecución presupuestaria.

3. Intervenir en la evaluación de la ejecución presupuestaria en forma integral, teniendo en cuenta tanto los aspectos financieros, como los objetivos alcanzados e insumos utilizados para lograrlos.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y medidas relativas al financiamiento interno y externo del Estado Provincial, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, internacionales y privados.

5. Coordinar y supervisar el funcionamiento del sistema de crédito público del sector público provincial, verificando la eficiente programación y utilización del financiamiento que se obtenga, y la eficiente atención del servicio de la deuda pública.

6. Coordinar la política salarial y participar  en la política ocupacional del sector público provincial.

 

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y COORDINACION FISCAL

 

1. Proponer la política fiscal a aplicar en el ámbito provincial de acuerdo al resultado de los análisis y estudios de los recursos existentes y de otras formas de recaudación a implementar, a fin de poder dar cumplimiento a las necesidades presupuestarias previstas para el sector público, coordinando pautas comunes y complementarias con otros organismos  contemplando el impacto social de la presión tributaria.

2. Proponer, coordinar y supervisar la elaboración de los anteproyectos y proyectos de modificación de la legislación tributaria, tendiente a optimizar los recursos fiscales disponibles, como así también, los medios y formas de recaudación, coordinando pautas y acciones con otros organismos y dependencias participes en el tema de su competencia.

3. Planificar, programar y coordinar los estudios económicos fiscales necesarios a la política fiscal como, así mismo, las proyecciones financieras a corto y mediano plazo, evaluando la factibilidad de financiamiento de los proyectos de inversión previstos.

4. Planificar, programar y coordinar los estudios necesarios para proponer la distribución de recursos provinciales como, así mismo, la asistencia financiera a los mismos con recursos del Presupuesto Provincial.

5. Elaborar los regímenes de coparticipación a municipios de los recursos de origen provincial y nacional.

6. Proponer programas de saneamiento financieros para los Municipios.

 

ANEXO III

 

METAS DE LAS DIRECCIÓN PROVINCIALES Y GENERALES

 

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION

 

1. Centralizar el planeamiento del apoyo logístico a las distintas áreas determinando prioridades, a fin de alcanzar los objetivos.

2. Administrar el desarrollo de políticas referidas al personal del Ministerio en temas laborales, administrativos desde el ingreso al egreso e intervenir en el proceso de aprobación y registro de estructuras orgánico funcionales.

3. Administrar los aspectos que hacen al control financiero y al desarrollo de las políticas contables, aprovisionamientos patrimoniales y servicios auxiliares verificando la ejecución de las obras que el Ministerio realizar en el orden Provincial.

4. Analizar con los integrantes de la Comisión de Preadjudicación, los distintos presupuestos presentados por los oferentes.

5. Realizar auditorías en las distintas dependencias y/o reparticiones del Ministerio en los temas de su competencia.

 

SECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS

 

1. Asegurar la administración de los impuestos, tasas y contribución que establezcan las normas tributarias vigentes en la Provincia de Buenos Aires.

2. Planificar y diseñar los sistemas con el fin de asegurar una recaudación en forma correcta y oportuna.

3. Interpretar con carácter general y particular las normas que rigen la tributación interviniendo en las definiciones de las mismas y ejercer la representación del Fisco en el proceso contencioso fiscal.

4. Recaudar los tributos y controlar la ejecución de las medidas tendientes a prevenir la evasión. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

5. Planificar, coordinar y ejecutar las distintas acciones emergentes de la descentralización tributaria como consecuencia de la aplicación de los distintos Convenios con los Municipios y  acorde a las normas legales.

6. Cumplir la función de enlace con la Secretaría de Ingresos Públicos y las Subsecretarías de Finanzas y de Política y Coordinación Fiscal, el Banco de la Provincia de Buenos Aires y los Organismos de la Constitución, a fin de establecer los cursos de acción necesarios para la integración de la política fiscal.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL

 

1. Registrar el estado de hecho de la cosa inmueble imponiendo su nomenclatura catastral, valores y obligaciones fiscales con fines de ordenamiento y publicidad inmobiliaria, ejerciendo el poder de policía sobre los inmuebles del territorio provincial.

2. Constituir la base del sistema inmobiliario provincial en cuanto a los aspectos tributarios, del ordenamiento administrativo y policía del dominio, interviniendo en la elaboración de la normativa relacionada con la obra catastral.

3. Establecer las bases de los tributos que graban los inmuebles determinados con arreglo a la Ley los sistemas técnicos económicos que procuren la equidad tributaria.

4. Controlar y autorizar la división de inmuebles por afectación al régimen de Propiedad Horizontal Ley 13.512 y Decreto 2.489/63, mediante la aprobación de los planos de subdivisión correspondientes.

5. Coordinar su acción con la del Registro de la Propiedad proporcionándole información en relación al estado de hecho de la parcela objeto de los actos jurídicos y recibiendo la correspondiente al dominio de las mismas.

6. Llevar un catastro de inmuebles provinciales, consignando las constancias físicas, jurídicas, ocupacionales y causales de los mismos (Dec-Ley 9.533 y Dec. 326/81).

 

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

 

1. Registrar los documentos de constitución, transmisión, declaración, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles ubicados en Jurisdicción de la Provincia, y toda otra documentación inscribible, para su publicidad, oponibilidad a terceros y demás efectos previstos por la legislación registral.

2. Dirigir integralmente todas las tareas de reiteración y publicidad de los documentos inscribibles.

3. Conducir las tareas de creación, auditoría, control de implementación, de gestión y programar las necesidades de capacitación de recursos humanos.

4. Mantener la coherencia y compatibilidad entre los sistemas, técnicas y tecnologías implementadas, con el régimen jurídico de aplicación.

5. Dirigir los procedimientos de ordenamiento de prioridades y de anotaciones especiales.

 

SUBSECRETARIA DE FINANZAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESUPUESTO

 

1. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del sistema presupuestario y la ejecución presupuestaria del Sector Público Provincial.

2. Dictar las normas técnicas para la formulación, programación de la gestión y seguimiento, modificación y evaluación de los presupuestos de la Administración Provincial y las empresas públicas, instrumentando su comunicación a las respectivas jurisdicciones y entidades.

3. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que para  el Sector Público Provincial elabore la Subsecretaría de Finanzas. Asesorar y asistir en materia presupuestaria  a todas las instituciones del Sector Público Provincial.

4. Preparar el proyecto de Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculos de Recursos de la Administración Provincial, fundamentar su contenido, en base a las políticas del Poder ejecutivo y requerimiento de las Jurisdicciones y Organismos informar sobre los proyectos de presupuestos de las empresas públicas y las del sector  público financiero y elevar a consideración del Subsecretario de Finanzas, o aprobar según lo determine la reglamentación, las solicitudes de modificaciones al presupuesto vigente presentadas por las jurisdicciones y entidades.

5. Elaborar con la participación de la Tesorería General de la Provincia la programación de la gestión presupuestaria de la Administración Provincial en base a los requerimientos de las jurisdicciones y entidades. Efectuar el seguimiento de las mismas, analizar sus desvíos, proponer correcciones y someterla a la consideración del Subsecretario de Finanzas

6. Instrumentar las normas para evaluar la ejecución presupuestaria de las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial. Elaborar y elevar el presupuesto consolidado del Sector Público Provincial y efectuar modificaciones a las programaciones económicas financieras del Sector Público Provincial.

7. Realizar los estudios globales y particulares sobre la situación económica financiera del Sector Público Provincial.

8. Supervisar y ejecutar las funciones como organismo de aplicación de las disposiciones de la Ley 11192.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA DE FINANCIAMIENTO Y CREDITO PÚBLICO

 

1.    1. Planificar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del sistema de crédito público.

2.    2. Participar en la formulación de aspectos crediticios de la política financiera, controlando su nivel y composición.

3.    3. Instrumentar las normas técnicas que deban cumplir las jurisdicciones y organismos del sector público, fijando las condiciones a las que deban ajustarse las operaciones de crédito.

4.    4. Presentar en forma periódica la situación global y particular de las jurisdicciones y organismos que han tomado crédito público, manteniendo un estado de situación actualizado del endeudamiento público.

5.    5. Opinar sobre todo proyecto que requiera el Estado Provincial de un aval o garantía hacia terceros.

6. Organizar un sistema de información sobre los mercados de capitales de crédito.

7. Efectuar el gerenciamiento de los programas de emisión de títulos públicos en los mercados internacionales en que la Provincia esté comprometida, y vigilar el cumplimiento de las obligaciones contractuales contraídas.

8. Coordinar con la Dirección Provincial de Presupuesto los temas relacionados con la documentación de la deuda pública existente, por éste el organismo de aplicación de la Ley 11.192.

9. Coordinar con la Dirección Provincial de Presupuesto y con la Tesorería General de la Provincia sobre la presupuestación y las modalidades que hacen al pago de las amortizaciones y/o servicios de la deuda pública.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTUDIOS FISCALES

 

1.  1. Realizar el análisis y evaluación de la política de gasto social del sector público provincial, su financiamiento y su impacto sobre la población.

2.  2. Realizar el análisis y evaluación de la política de inversiones del sector público provincial, su financiamiento y su impacto sobre la actividad económica.

3.  3. Proponer nuevas formas de gestión para lograr una mayor eficacia del gasto social, efectuar su seguimiento y control de aplicación.

4.  4. Participar en los procesos de privatización, concesión y/o municipalización de los servicios públicos.

 

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y COORDINACION FISCAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA TRIBTARIA

 

1. Diseñar la política de recursos y proponer la legislación tributaria de la Provincia. Formular el cálculo general de recursos, proyectando las leyes impositivas provinciales, las modificaciones al código y su respectiva reglamentación.

2. Interpretar con carácter general las normas legales referidas a recursos tributarios y no tributarios y analizar e investigar la evolución general de los recursos financieros de la Provincia.

3. Formular alternativas de decisión para la elección de las fuentes de financiamiento del presupuesto, realizando estudios y elaborando modelos que sirvan de base para el diseño de la política y administración tributaria y al uso del crédito que efectúa la Provincia, Administración Central y Organismos Descentralizados así como los avales que otorgue.

4. Participar y dictaminar en asuntos vinculados a los regímenes de coparticipación nacional y convenios interjurisdiccionales en materia tributaria y no tributaria, efectuando estimaciones de la recaudación.

5. Representar a la Provincia ante la Comisión Federal de Impuestos, la Comisión Arbitral y todo otro organismo interjurisdiccional en materia positiva.

6. Participar de las propuestas de modificación a los regímenes de coparticipación a municipios, de recursos tributarios y no tributarios, tanto provinciales como nacionales.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES FINANCIERAS MUNICIPALES

 

1. Analizar y evaluar las relaciones financieras entre la Provincia y las Municipalidades.

2. Elaborar y analizar los regímenes de coparticipación a municipios de los recursos de origen provincial.

3. Recopilar la información referida al desenvolvimiento económico-financiero de los municipios.

4. Analizar y evaluar la situación fiscal y financiera en forma individual y global de los municipios.

5. Implementar programas en materia de recursos municipales de origen provincial, brindando asesoramiento y realizando su seguimiento.

6. Elaborar programas de saneamiento para los municipios.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL  DE ESTUDIOS ECONOMICOS

 

1. Planificar, programar y coordinar los estudios económicos en general y tributarios en particular destinados a evaluar la situación económica global sectorial.

2. Realizar estudios y elaborar modelos que sirvan de base para el diseño de la política y administración tributaria.

3. Formular propuestas de instrumentos de política económica para coadyuvar al logro de los objetivos de política fiscal.

4. Analizar la coyuntura económica y sus tendencias a largo plazo.

5. Realizar estudios relativos a la coordinación tributaria entre los niveles nacional, provincial y municipal.

6. Brindar asesoramiento a los organismos que lo soliciten en los temas de su competencia.

7. Participar en seminarios y eventos en los cuales se analice la evolución de la actividad económica nacional, provincial, municipal y sus interrelaciones.

8. Organizar seminarios de información de los estudios y tareas realizados por la Dirección provincial y que sean de interés para otras áreas de gobierno.

9. Representar a la Provincia ante organismos interprovinciales, nacionales e internacionales en temas de política económica.

 

ANEXO IV

 

ACCIONES DE LAS DIRECCIÓNES

 

SECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE AUDITORIA

 

1. Define programas y procedimientos de auditoría aplicables a las normas de funcionamiento implementadas en el ámbito de la Secretaría de Ingresos Públicos.

2. Efectuar los controles, auditorías extraordinarias y estudios especiales ordenados por la Secretaría, produciendo en tiempo y forma la información necesaria para retroalimentar los procesos decisorios y el ajuste de planes y programas.

3. Coordinar con otras áreas de la organización dependientes de la Secretaría o ajenas a ellas, acciones complementarias en el estudio, análisis o verificación de los procesos administrativos, cuando así se estime conveniente.

4. Efectuar las inspecciones, estudio y verificaciones necesarias para determinar fehacientemente y pormenorizadamente aquellos actos que presupongan incumplimiento y/o corrupción.

5. Estudiar y proponer soluciones e instruir los sumarios de responsabilidad patrimonial.

 

DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

 

1. Planificar con la participación de las áreas involucradas, los servicios y capacidad informáticos de la Secretaría de Ingresos Públicos, de manera de satisfacer las necesidades de la misma.

2. Promover el desarrollo tecnológico armónico entre sus dependencias y asegurar la atención en tiempo y forma, de los servicios implementados, como así también, la ejecución oportuna de las adecuaciones que se requieran.

3. Organizar, mantener y controlas las bases de datos y redes de datos del Área de la Secretaría de Ingresos Públicos, estableciendo las normas a que han de ajustarse sus usuarios, para acceder, actualizar, resguardar y comunicar dichos datos.

4. Programar y controlar el procesamiento de los sistemas de información.

5. Estudiar y asesorar sobre el desarrollo e implementación de tecnologías, productos y servicios informáticos.

6. Brindar asesoramiento técnico a las distintas dependencias y coordinar con la Delegación de Personal las necesidades de capacitación para el usuario.

 

 

SUBSECRETARIA DE FINANZAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESUPUESTO

DIRECCIÓN DE AREAS SOCIALES Y SEGURIDAD

 

1. Elaborar y proponer al Director Provincial de Presupuesto el cronograma de actividades, calendario y áreas responsables del proceso de formulación presupuestaria correspondientes a la Salud, Gobierno y Justicia, al Menor, la Familia y Desarrollo Humano, a la Seguridad, el Medio Ambiente, el Deporte, la Prevención y Asistencia de las Adicciones y a la Cultura y la Educación, en forma coordinada con la Dirección de Áreas Económicas y Administrativas.

2. Analizar los anteproyectos de presupuestos de las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, la apertura de las diferentes categorías de programas, el gasto asociado a ellas y sus fuentes de financiamiento, y la compatibilidad de los requerimientos efectuados con el sistema Integrado de Información Financiera.

3. Elaborar el proyecto de Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, y consolidarlo con el correspondiente a la Dirección de Áreas Económicas y Administrativas.

4. Analizar  la programación de la gestión presupuestaria elaborada por las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, proponer las adecuaciones correspondientes, al Director Provincial de Presupuesto, consolidar dicha programación en coordinación con la Dirección de Áreas  Económicas y Administrativas y una vez aprobada, suministrar al sistema de presupuesto las cuotas periódicas y efectuar el seguimiento de las mismas.

5.Analizar las reprogramaciones de la gestión presupuestaria solicitas por las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia y proponer las modificaciones correspondientes al Director Provincial de Presupuesto y suministrar al sistema de presupuesto las modificaciones a las programaciones de la gestión presupuestaria aprobadas.

6. Analizar las solicitudes de modificación de créditos presupuestarios ejecutadas por las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia y proponer al Director Provincial de Presupuesto las respectivas alternativas de modificaciones.

 

DIRECCIÓN DE ÁREAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

 

1. Elaborar y proponer al Director Provincial de Presupuesto el cronograma de actividades, calendario y áreas responsables del proceso de formulación presupuestaria correspondientes a los poderes Judicial y Legislativo, los Organismos de la Constitución, Economía, a la Producción y el Empleo, de Asuntos Agrarios y de Obras y Servicios Públicos, de la Asesoría general  de Gobierno, y de la Comunicación Social de los créditos específicos de la Gobernación, y en forma coordinada con la Dirección de Áreas Sociales y de Seguridad.

2. Analizar los anteproyectos de presupuesto de las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, la apertura de las diferentes categorías de programas, el gasto asociado a ellas y sus fuentes de financiamiento y la compatibilidad de los requerimientos efectuados con el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Elaborar el proyecto de Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, y consolidarlo con el correspondiente a la Dirección de Áreas Sociales y de Seguridad.

4. Analizar la programación de la gestión presupuestaria elaborada por las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, proponer las adecuaciones correspondientes al Director Provincial de Presupuesto, consolidar dicha programación en coordinación con la Dirección de Áreas Sociales y de Seguridad y una vez aprobada, suministrar al sistema de presupuesto las cuotas periódicas y efectuar el seguimiento de las miasmas.

5. Analizar las programaciones de la gestión presupuestaria y las solicitudes de modificación de créditos presupuestarios efectuadas por las jurisdicciones y entidades de la Administración Provincial que son de su competencia, proponer las alternativas de modificaciones correspondientes al Director Provincial de Presupuesto, suministrar al sistema de presupuesto las modificaciones aprobadas.

6. Instrumentar las funciones que surgen de la Ley 11192, por la cual se define a la Dirección Provincial de Presupuesto, como organismo de aplicación de la mencionada norma.

 

 

DIRECCIÓN POLITICAS Y NORMAS PRESUPUESTARIAS

 

1. Analizar y proyectar las variables macroeconómicas a tener, en consideración para la elaboración de la política presupuestaria del Sector Público Provincial.

2. Estudiar e informar sobre los aspectos presupuestarios de los regímenes estatutarios de la Administración Provincial y de la política salarial del gobierno.

3. Coordinar con el Organismo Central de Capacitación la programación e implementación de la capacitación técnica del personal de las jurisdicciones, entidades y de la Dirección Provincial de Presupuesto en el uso de los manuales y normas presupuestarias.

4. Colaborar en el análisis de las diferentes aperturas de categorías de programas con las direcciones de Áreas Sociales y de Seguridad y de Áreas  Económicas y Administrativas.

5. Proponer las normas técnicas para la elaboración, modificación, programación de la gestión, y evaluación de los presupuestos del Sector Público Provincial, Asesorar y proponer sobre las modificaciones a realizar a los clasificadores presupuestarios.

6. Analizar y producir informes sobre estudios especiales que contengan propuestas sectoriales y/o globales con incidencia presupuestaria, realizadas por organismos internos o externos al Ministerio de Economía.

 

DIRECCIÓN EVALUACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA

 

1. Evaluar periódicamente los resultados físicos y financieros de la ejecución del presupuesto de las jurisdicciones y entidades, por categorías de programa, con la Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial.

2. Elaborar informes globales y particulares, en las bases a las evaluaciones efectuados, detectando las causas de los desvíos producidos.

3. Informar sobre la obtención de bienes y servicios de las jurisdicciones y entidades, aportando indicadores estándar que permitan evaluar el cumplimiento de las distintas categorías de programa.

4. Analizar el sistema de información de datos físicos y financieros e indicadores de gestión de las jurisdicciones y entidades, en coordinación con los responsables de las categorías de programas definidas, con las oficinas sectoriales de presupuesto y con la Dirección de Políticas y Normas Presupuestarias.

5. Instrumentar y actualizar un manual de mediciones de la producción pública e indicadores estándar para el seguimiento de categorías de programas con la participación de las oficinas sectoriales de presupuesto.

6. Evaluar e informar, sobre la consistencia de la ejecución presupuestaría con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS FINANCIEROS

 

1. Realizar los estudios globales de la situación económica financiera del sector Público Provincial, y efectuar comparaciones con la Ley de Presupuesto Provincial vigente.

2. Evaluar el cálculo de recursos en forma global y por fuente de financiamiento, proyectar su cumplimiento.

3. Efectuar las modificaciones  a las programaciones globales, económicas y financieras del Sector Público provincial, efectuando comparaciones con la Ley de Presupuesto vigente.

4. Efectuar estudios de series históricas del presupuesto del Sector Público Provincial, elevando sus conclusiones al Director Provincial de Presupuesto.

5. Mantener actualizada la base de datos sobre la ejecución económica financiera de los presupuestos anuales de la Provincia, homogeneizando los criterios utilizados para su elaboración.

6. Elaborar análisis y realizar proyecciones económicas financieras, en coordinación con organismos y áreas competentes e involucrados en la materia.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA DE FINANCIAMIENTO Y CRÉDITO PÚBLICO

DIRECCIÓN DE POLÍTICA DE ENDEUDAMIENTO

 

1. Asesorar a las dependencias de la Subsecretaría., sobre la política global de endeudamiento y las alternativas de financiamiento.

2. Confeccionar y mantener actualizado un banco de datos sobre la situación del mercado internacional de capitales de intereses para la Provincia, en relación a sus programas de endeudamiento.

3. Participar en la tramitación necesaria para la emisión y colocación de títulos públicos.

4. Participar en la refinanciación de las operaciones de crédito público.

5.    5.   Participar en la emisión de los avales que emitan el estado Provincial de acuerdo a la legislación vigente.

6.    6. Asesorar sobre todo proyecto que afecte el nivel o composición del endeudamiento del sector público provincial.

7.    7. Proponer normas y procedimientos de ejecución de operaciones de crédito público.

8.    8. Asesorar a los organismos públicos en temas de su  competencia.

                             

 

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA

 

1.    1. Realizar el seguimiento general del Programa de Bonos de Inversión de la Provincia, aprobados por leyes 11376 y 11513, o de cualquier otro programa que lo complemente o sustituya en el futuro.

2.    2. Realizar el seguimiento de la deuda pública provincial.

3.    3. Realizar el seguimiento de la emisión de los avales otorgados por el Estado Provincial y del estado de vigencia de los mismos.

4.    4. Formular el presupuesto anual del servicio de la deuda pública y programar su ejecución.

5.    5. Elaborar informes y estados financieros periódicos sobre el estado de endeudamiento del endeudamiento del sector público provincial.

6.    6.   Realizar tareas de análisis económicos financiero del volumen y composición de la deuda pública.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL  DE ESTUDIOS FISCALES

 

DIRECCIÓN DE ANALISIS DEL GASTO SOCIAL

 

1. Realizar estudios del gasto social, evaluando el grado de cobertura que se brinda por tipo de demanda enfrentada.

2. Definir y diseñar fuentes alternativas de financiamiento del gasto social.

3. Participar en el análisis de las propuestas de reformulación de la gestión de las instituciones administradoras del gasto social.

4. Efectuar juntamente con las instituciones interesadas, estudios sobre sus funciones de producción para lograr una mejor aplicación de los recursos disponibles.

5. Evaluar las políticas del gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población, efectuar diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida de la población.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

 

1. Analizar y evaluar los procesos de privatización, concesión y/o municipalización de los servicios públicos.

2. Realizar estudios que meritúen los resultados alcanzados por los servicios públicos privatizados.

3. Estudiar, coordinar y proponer métodos de gestión alternativos, desarrollando su proceso de implementación y puesta en marcha.

4. Ofrecer asistencia técnica a las instituciones en la formulación de programas de gestión.

5. Proponer criterios de evaluación de la gestión por grupos de instituciones afines que apliquen el gasto social en el sector público provincial.

 

 

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y COORDINACIÓN FISCAL 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA TRIBUTARIA 

 

DIRECCIÓN DE LEGISLACION TRIBUTARIA

 

1. Analizar la política tributaria y elaborar proyectos de leyes impositivas provinciales, modificaciones al Código Fiscal y sus respectivas reglamentaciones.

2. Participar en el tratamiento de toso proyecto de ley atinente al régimen tributario y emitir opinión sobre proyectos sometidos a su consideración.

3. Interpretar con carácter general  las normas legales referidas a recursos tributarios y no tributarios y examinar las cuestiones que se planteen, relacionadas con la aplicación de los tributos provinciales.

4. Realizar estudios tendientes a la armonización de las normas legales que rigen la tributación, analizando la legislación impositiva provincial, nacional y municipal.

5. Participar en seminarios de difusión y esclarecimiento de las normas tributaras provinciales.

6. Brindar asesoramiento a los organismos que lo soliciten en materia de legislación tributaria.

 

DIRECCIÓN DE RECURSOS

 

1. Elaborar proyectos de cálculos de recursos para el financiamiento del Presupuesto Provincial, presentado alternativas de decisión y proponiendo prioridades.

2. Controlar el cumplimiento de la política de recursos provenientes de régimenes de coparticipación, analizando el comportamiento de las variables. Propiciar los ajustes pertinentes para el correcto financiamiento del presupuesto.

3. Elaborar modelos de comportamientos referidos a la evolución de los ingresos, examinar su composición y realizar análisis de tendencias.

4. Elaborar las pautas para la emisión de los anticipos o cuotas que se dispongan para el cobro de los tributos provinciales y estimar la incidencia de las modificaciones legales en la recaudación.

4. Efectuar el análisis acerca de la renta y la presión tributaria de la Provincia.

6. Participar en las propuestas de modificaciones a los regímenes de distribución de recursos federales y de los que se coparticipan a los municipios.

 

DIRECION PROVINCIAL DE RELACIONES FINANCIERAS MUNICIPALES

DIRECCIÓN DE FINANZAS MUNICIPALES

 

1. Intervenir en todas las cuestiones referidas a las relaciones financieras de la Provincia con los Municipios.

2. Programar la asistencia financiera al conjunto de los Municipios.

3. Analizar y evaluar la ayuda financiera  a los Municipios.

4. Compilar la información de base de análisis y evaluaciones de las finanzas municipales.

5. Brindar asesoramiento a los Municipios en materia de su competencia.

6. Participar en la elaboración y análisis de los regímenes de coparticipación a Municipios.

 

DIRECCIÓN DE COORDINACION FINANCIERA

 

1. Proponer, analizar e implementar los programas relacionado con los recursos tributarios municipales de origen provincial.

2. Evaluar la inclusión de Municipios en los programas implementados.

3. Organizar tareas de apoyo y asesoramiento a los Municipios durante y a posteriori de la implementación de los programas.

4. Controlar el nivel de ejecución de los distintos programas tributarios, tanto a nivel provincial como a nivel municipal.

5. Analizar y elaborar los distintos regímenes de coparticipación de recursos de origen provincial a los Municipios.

6. Elaborar los convenios y anexos que sirven de marco legal a los programas. Conciliar las cuentas y controlar el gasto de los recursos afectados.

 

DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA

 

1. Asegurar la definición, desarrollo y actualización permanente de una base única, geoeconómica y social, de datos municipales.

2. Definir y asesorar los soportes técnicos, conexiones y programas necesarios para asegurar y facilitar el acceso a la base de datos municipales desde los organismos de la administración pública que lo requieran.

3. Analizar y evaluar la situación financiera, administrativa y técnica de los Municipios, emitiendo diagnóstico sobre los mismos. Efectuar el monitoreo permanente de la gestión municipal y de la implementación de los programas de reformas acordados.

4. Coordinar con los administradores municipales el análisis de reformas que faciliten la gestión de ese nivel de gobierno y promover el desarrollo de los proyectos acordados. Asesorar a los Municipios para su financiamiento, desarrollo e implementación.

5. Recibir propuestas de reformas municipales provenientes de otros organismos de la administración pública y/o instituciones privadas, a los efectos de evaluar su concordancia y uniformidad con criterios generales acordados entre la Provincia y municipios previo a promover su desarrollo e implementación.

6. Evaluar programas especiales y/o reformas municipales implementadas con éxito en otras provincias, países, o municipios de esta Provincia, para analizar la posibilidad de promover su réplica en Municipios de características similares.

 

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTUDIOS ECONOMICOS

DIRECCIÓN DE ANALISIS ECONÓMICO

 

1. Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y producir informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

2. Realizar estudios de los sectores que conforman la estructura económica de la Provincia.

3. Elaborar metodologías aplicando técnicas estadísticas para el relevamiento, análisis e interpretación de la información.

4. Efectuar análisis comparativos de la situación fiscal de la Nación y de las distintas provincias.

5. Realizar estudios económicos y de factibilidad de distintas alternativas o modalidades en las prestaciones de los servicios municipales y su financiamiento.

6. Evaluar y proponer proyectos de inversión y determinar el financiamiento de los mismos.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS

 

1. Analizar alternativas y elaborar propuestas de política tributaria.

2. Proponer  instrumentos de política económica que permitan alcanzar los objetivos de política tributaria.

3. Proponer medidas de promoción de actividades que impliquen el uso de instrumentos de política tributaria.

4. Colaborar en la elaboración de otras alternativas de financiamiento.

5 Colaborar en la realización de estudios de proyectos relativos a mejorar la administración tributaria.

6. Evaluar la aplicación de políticas de desregulación económica.

7. Realizar estudios sobre la incidencia tributaria y el comportamiento fiscal.

8. Efectuar estudios sobre la renta y la presión tributaria en la Provincia.

9. Realizar investigaciones y análisis acerca del comportamiento de los contribuyentes y la evasión fiscal.

10. Analizar la capacidad contributiva de la Provincia, la composición de los ingresos y sus tendencias y el efecto de traslación de las cargas fiscales.

11. Analizar el comportamiento de los distintos sectores económicos ante las medidas tributarias adoptadas por la Provincia.

12. Procesar datos con fines estadísticos en materia tributaria.

13. Asesorar y asistir técnicamente a los Municipios en materia tributaria.

 

ANEXO V

 

RESPONSABILIDADES DE LAS SUBDIRECCIÓNES

 

SUBSECRETARIA DE FINANZAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESUPUESTO

DIRECCIÓN DE AREAS SOCIALES Y DE SEGURIDAD

 

SUBDIRECCIÓN DE ÁREAS SOCIALES Y SEGURIDAD

 

Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Salud; Familia; Seguridad; y Cultura y Educación.

 

DIRECCIÓN DE ARES ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

SUBDIRECCIÓN DE AREAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

 

Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: Poder Judicial y Legislativo, Gobernación y Organismos de la Constitución; Producción y Asuntos Agrarios; Economía; Obras y Servicios Públicos.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA DE FINANCIAMIENTO Y CREDITO PÚBLICO

DIRECCIÓN DE POLITICA DE ENDEUDAMIENTO

 

SUBDIRECCIÓN DE POLITICA DE ENDEUDAMIENTO

 

Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos; Análisis de la Situación de Liquidez y Proyecciones Financieras, Análisis de Situación de Endeudamiento; Análisis de Alternativas de Financiamiento.

 

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y COORDINACION FISCAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA TRIBUTARIA

DIRECCIÓN DE RECURSOS

 

SUBDIRECCIÓNES DE RECURSOS

 

Administrar las tareas correspondientes a los Departamentos: de Análisis y Proyección de Recursos; Estadística tributaria y Control de Recursos.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES FINANCIERAS MUNICIPALES

DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TECNICA

 

SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA

 

Administrar las tareas correspondientes a los departamentos: Relevamientos; Soporte de Datos y Desarrollo Técnico; Asistencia.

 

ANEXO VI

 

TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS

 

SUBSECRETARIA DE FINANZAS

DEPARTAMENTO DESPACHO TÉCNICO

 

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas y/o iniciadas en el área de dependencias. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales, como sustanciales, en el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.

2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo todas las dependencias a las que se asisten y brindar la información requerida por cada una de ellas.

3. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

4. Atender las necesidades de secretaría privada y relaciones interorgánicas, organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas, necesarias al normal funcionamiento del organismo.

5. Formular el anteproyecto de presupuesto de la Subsecretaría, atender el registro patrimonial, compras, y de suministros de la misma.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESUPUESTO

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas y/o iniciadas en el área de dependencias.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales, como sustanciales, en el trámite de las actuaciones que se gestionen en el área.

3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias a las que se asisten y brindan la información requerida por cada una de ellas.

4. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

5. Atender las necesidades de secretaría privada y relaciones interorgánicas, organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas, necesarias al normal funcionamiento del organismo.

6. Formular el anteproyecto de presupuesto de la Dirección, atender el registro patrimonial, compras, y de suministros de la misma.

 

DEPARTAMENTO COORDINACION Y COMUNICACION

 

1.    1. Centralizar la información normativa producida por la Dirección y proceder a su comunicación a las distintas jurisdicciones y entidades.

2.    2. Efectuar las comunicaciones a las oficinas sectoriales de presupuesto de las jurisdicciones y entidades.

3.    3. Mantener actualizados los archivos de legislación nacional y provincial vinculada a temas inherentes al área.

4.    4. Procesar y sistematizar la legislación provincial y municipal.

 

DIRECCIÓN DE AREAS SOCIALES Y DE SEGURIDAD

SUBDIRECCIÓN DE AREAS SOCIALES Y DE SEGURIDAD

 

DEPARTAMENTO SALUD

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto de las áreas de Salud y Asistencia Social, asesorar técnicamente a dichos organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hace a su composición presupuestaria, proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programa realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de las gestión y evaluar las modificaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia, y emitir opinión al respecto.

 

DEPARTAMENTO FAMILIA

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto en las áreas del Menor, la Familia y Desarrollo Humano, de la Previsión Social y de las áreas de Prevención y Asistencia a las Adicciones, del Medio Ambiente y del Deporte, asesorar técnicamente a dichos organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hace a su composición presupuestaria, proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programa realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación  de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia, y emitir opinión sobre la viabilidad de las mismas.

 

 

DEPARTAMENTO SEGURIDAD

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto de las áreas de Gobierno y Justicia, y de Seguridad, asesorar técnicamente a dichos Organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hace a su composición presupuestaria, proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programa realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia, e informar sobre la viabilidad de las mismas.

 

DEPARTAMENTO CULTURA Y EDUCACION

 

1. Ejecutar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondientes al área de Cultura y Educación, asesorar técnicamente a dicho organismos e informar pormenorizadamente alternativas de ser  procedentes.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programa realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión y evaluar las modificaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia.

 

DIRECCIÓN DE AREAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS:

SUBDIRECCIÓN DE AREAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

 

DEPARTAMENTO PODER JUDICIAL Y LEGISLATIVO, GOBERNACIÓN Y ORGANISMOS DE LA CONSTITUCION

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondiente a los Poderes Judicial y Legislativo, organismos de la Constitución, y a la Asesoría General de Gobierno y área de la Comunicación Social, asesorar técnicamente a dichos Organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hacen a su composición presupuestaria, proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programas realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia e informar sobre la viabilidad de las mismas.

 

DEPARTAMENTO PRODUCCION Y ASUNTOS AGRARIOS

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondientes a la Producción y el Empleo, y Asuntos Agrarios, asesorar técnicamente a dicho organismo e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hacen a su composición presupuestaria proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programas realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia, y emitir opinión sobre la viabilidad de las mismas.

 

DEPARTAMENTO ECONOMÍA

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondientes a las áreas de Economía, Lotería y Casinos, y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, asesorar técnicamente a dichos Organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hacen a su composición presupuestaria y proponer alternativas.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar y emitir opinión sobre la apertura de las diferentes categorías de programa realizada por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la modificación de la programación de la gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia, evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas e informar sobre la viabilidad de las mismas.

6. Realizar las tareas programas por la Dirección con relación a la Ley 11.192.

 

DEPARTAMENTO OBRAS Y SERVCIOS PÚBLICOS

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondiente a las áreas de Obras y Servicios Públicos, asesorar técnicamente a dichos organismos e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hacen a su composición presupuestaria.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programas realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de las gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitadas por las áreas de su competencia e informar sobre la viabilidad de las mismas.

 

DEPARTAMENTO PRODUCCION Y ASUNTOS AGRARIOS

 

1. Efectuar el análisis de los anteproyectos de presupuesto correspondiente a la Producción y el empleo, y Asuntos Agrarios, asesorar técnicamente a dicho organismo e informar pormenorizadamente sobre los aspectos que hacen a su composición presupuestaria proponiendo alternativas de ser procedente.

2. Participar en el análisis de la compatibilidad de los requerimientos formulados por las áreas de su competencia, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

3. Analizar e informar sobre la apertura de las diferentes categorías de programas realizadas por las áreas de su competencia.

4. Participar en el análisis de la programación de la gestión presupuestaria y evaluar las modificaciones a las programaciones solicitadas por las áreas de su competencia.

5. Efectuar el seguimiento de la ejecución de la programación de la gestión presupuestaria y su cumplimiento por las áreas de su competencia.

6. Analizar y evaluar las modificaciones presupuestarias solicitas por las áreas de su competencia.

 

DIRECCIÓN DE POLITICAS Y NORMAS PRESUPUESTARIAS

DEPARTAMENTO POLITICAS Y NORMAS

 

1. Elaborar y actualizar las normas técnicas para la formulación, modificación, programación de la gestión y evaluación de los presupuestos del Sector Público Provincial.

2. Proyectar el articulado de la Ley de Presupuesto y de las normas legales de programación de la gestión presupuestaria.

3. Intervenir, en oportunidad de la elaboración de las respectivas normas modificatorias de los créditos presupuestarios de las jurisdicciones y entidades.

4. Realizar los estudios pertinentes y proponer las modificaciones a los clasificadores de cuentas presupuestarias. Elaborar y actualizar los manuales metodológicos del sistema de presupuesto.

5. Participar en la confección del mensaje del proyecto de Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de Administración Provincial.

6. Analizar e informar sobre los estudios especiales que contengan propuestas sectoriales y/o globales con incidencia presupuestaria.

 

DEPARTAMENTO REGIMENES ESTATUTARIOS

 

1. Analizar e informar sobre aspectos presupuestarios de los distintos regímenes estatutarios: Escalafón General, Clero, Personal Técnico Gráfico, Actividades Artísticas y/o conexas, Ente Provincial Regulador Energético, Carrera Hospitalaria, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Investigadores Científicos, jerarquizado Superior, Personal de Vialidad, Obras Sanitarias, Portuario, Ferroviario, Docente, Seguridad y Judicial.

2. Efectuar análisis comparativos del proceso presupuestario.

3. Instrumentar los mecanismos de actualización periódica de la base de datos referida a los regímenes estatutarios, por la categoría de programas, en plantas autorizadas y ocupadas, con su correspondiente costo.

4. Asesorar a las distintas Dependencias, sobre las aperturas necesarias por regímenes estatutarios, de las distintas categorías de programas que elaboren las jurisdicciones y entidades para la producción de bienes y servicios, a los efectos de analizar costos por unidad de producto.

5. Formular los estudios globales y sectoriales, para determinar la incidencia presupuestaria, ante cambios de la normativa salarial.

6. Realizar el seguimiento de los regímenes estatutarios, para determinar la incidencia presupuestaria, ante cambios en la política salarial.

 

DEPARTAMENTO ASESORAMIENTO TÉCNICO E INFORMACION

 

1. Asesorar técnicamente a los requerimientos internos o externos a la Dependencia y organismo sobre normas y procedimientos del sistema de presupuesto en todas sus etapas.

2. Participar en el asesoramiento técnico de los funcionarios de las oficinas sectoriales de presupuesto y de los responsables de las distintas categorías de programas, en lo relativo a normas y procedimientos del sistema de presupuesto en todas sus etapas.

3. Participar en las modificaciones de las normas técnicas para la formulación, modificación, programación de la gestión y evaluación de los presupuestos del Sector Público Provincial.

4. Detectar, identificar y analizar, emitiendo opinión sobre los indicadores macroeconómicos a considerar de la elaboración de los anteproyectos de presupuestos.

5. Asesorar sobre las aperturas de las distintas categorías de programas y la unidad de medida de la producción de bienes y servicios, realizada por las jurisdicciones y entidades.

6. Colaborar en la determinación de los indicadores de eficiencia más relevantes para las distintas categorías de programas.

 

DIRECCIÓN DE EVALUACION DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

DEPARTAMENTO ÁREAS SOCIALES Y SEGURIDAD

 

1. Analizar y emitir opinión sobre los resultados físicos y financieros de la ejecución del presupuesto de las áreas de Salud, de Gobierno y Justicia, y del Menor, la Familia y Desarrollo Humano, de Seguridad, del Deporte, de la Política Ambiental, de la Mujer, de la Prevención y Asistencia de las Adicciones, de la Comunicación Social y de la Cultura y Educación, por categorías de programas, con la Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial.

2. Efectuar evaluaciones globales y particulares, en base a los análisis efectuados, detectando las causas de los desvíos producidos.

3. Analizar e informar sobre la obtención de bienes y servicios de las jurisdicciones y entidades de su competencia, aportando indicadores standard con los cuales comparar las categorías de programas por procesos de producción y elaborar los costos por unidad de productos (directos e indirectos).

4. Analizar el sistema de información de gestión de las jurisdicciones y entidades de su competencia, en coordinación con los responsables de las categorías de programas definidas y con las oficinas sectoriales de presupuesto.

5. Participar en la elaboración de un manual de mediciones de la producción pública e indicadores standard para el seguimiento de las categorías de programas, en concordancia con las oficinas sectoriales de presupuesto.

6. Realizar el seguimiento y análisis sobre la consistencia de la ejecución presupuestaria de las jurisdicciones y entidades, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

 

DEPARTAMENTO ÁREAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS

 

1. Analizar y emitir opinión sobre los resultados físicos y financieros de la ejecución del presupuesto de las jurisdicciones y entidades, por categorías de programas, con la Ley de Presupuesto General de Erogaciones y Cálculo de recursos de la Administración Provincial.

2. Efectuar evaluaciones globales y particulares, en base a los análisis efectuados, detectando las causas de los desvíos producidos.

3. Analizar e informar sobre la obtención de bienes y servicios de las jurisdicciones y entidades, aportando indicadores standard con los cuales comparar las categorías de programas por procesos de producción y elaborar los costos por unidad de productos (directos e indirectos).

4. Analizar el sistema de información de datos físicos y financieros e indicadores de gestión de las jurisdicciones y entidades, en coordinación con los responsables de las categorías de programas definidas y con las oficinas sectoriales de presupuesto.

5. Participar en la elaboración un manual de mediciones de la producción pública e indicadores standard para el seguimiento de las categorías de programas, de acuerdo con las competencias de cada una de las áreas definidas y con la participación de las oficinas sectoriales de presupuesto.

6. Realizar el seguimiento y análisis sobre la consistencia de la ejecución presupuestaria de las jurisdicciones y entidades, con la información brindada por el Sistema Integrado de Información Financiera.

 

DEPARTAMENTO PROYECTOS DE INVERSION

 

1. Colaborar con el departamento de Políticas y Normas sobre la normativa más adecuada a implementar en las distintas etapas del proceso presupuestario, sobre los proyectos de inversión, con su apertura por obras.

2. Asesorar a los departamentos de las direcciones de Áreas Sociales y de Seguridad y de Áreas Económicas y Administrativas, en oportunidad de analizarse los anteproyectos de presupuestos de las jurisdicciones y entidades, en la materia proyectos de inversión.

3. Analizar y emitir opinión sobre los resultados físicos y financieros de la ejecución del presupuesto de todas las jurisdicciones y entidades, según la categoría de programa: proyecto, con sus aperturas de obras,  comparativamente con la ley de presupuesto vigente, analizando la causa  de los desvíos y tendencias posibles.

4. Elaborar un Manual de mediciones de la Producción Pública e indicadores standard para el seguimiento de la categoría de programa: proyecto y su apertura en obras.

5. Analizar la implicancia presupuestaria de los proyectos de inversión, sobre los futuros ejercicios presupuestarios.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS FINANCIEROS

 

DEPARTAENTO ANALISIS Y PROYECCIONES

 

1.    1. Realizar estudios globales de la situación-económica financiera del Sector Pública Provincial, efectuando comparaciones con la Ley de Presupuesto Provincial vigente.

2.    2. Evaluar el cálculo de recursos en forma global y por fuente de financiamiento, proyectar su cumplimiento dentro de las previsiones presupuestarias vigentes, e informar a su Director de los resultados.

3.    3. Efectuar modificaciones a los modificaciones de las erogaciones en función de los recursos disponibles, efectuando comparaciones con la Ley de Presupuesto Provincial vigente.

4.    4. Realizar análisis de series históricas del Presupuesto del Sector Público Provincial.

5.    5. Realizar las tareas necesarias para actualizar la base de Datos de ejecución  económico financiera de los presupuestos anuales de la Provincia, homogeneizando los criterios utilizados para su elaboración, a los efectos de una adecuada comparación.

6.    6. Realizar los análisis y proyecciones económicas-financieras pertinentes.

 

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA DE FINANCIAMIENTO Y CREDITO PÚBLICO

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como sustanciales, en el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.

3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias a las que asiste y brindar la información requerida por cada una de ellas.

4. Atender las necesidades de Secretaría privada y relaciones interorgánicas; organizar y mantener actualizado los archivos de documentación oficial , técnica, informes, análisis, legislación y otras normativas, necesarias para el normal funcionamiento del organismo.

5. Atender el registro patrimonial, compras, suministros y ejecución presupuestaria.

 

DIRECCIÓN DE POLITICA DE ENDEUDAMIENTO

SUBDIRECCIÓN DE POLITCA DE ENDEUDAMIENTO

 

DEPARTAMENTO DE ANALISIS DE LA SITUACION DE LIQUIDEZ Y PROYECCIONES FINANCIERAS

 

1. Obtener y procesar datos de depósitos bancarios de la Provincia, de modo de elaborar informes de disponibilidades financieras que contengan información sintética y útil para la toma de decisiones por parte de las autoridades económicas provinciales.

2. Elaborar proyecciones de la situación de liquidez, explicitando los supuestos utilizados y coordinando con dependencias de la Dirección Provincial de Presupuesto los ingresos y egresos financieros esperados.

3. Elaborar proyecciones anuales de la situación financiera de la Provincia, explicitando los supuestos utilizados con el fin de evaluar las necesidades futuras de endeudamiento y la capacidad de repago de los compromisos provinciales, coordinando acciones con Dependencias de la Dirección Provincial de Presupuesto.

 

DEPARTAMENTO DE ANALISIS DE LA SITUACION DE ENDEUDAMIENTO

 

1. Mantener información actualizada sobre la situación de las diversas deudas de la Provincia, incluyendo su monto acreedor, organismo deudor, denominación, tasa, comisiones, proyección de los desembolsos a realizar y plazo y calendario de repago. Prever y controlar la efectivización de los pagos, cuidando que la Provincia no entre en relación irregular para no deteriorar su crédito.

2. Revisar proyecciones del nivel de endeudamiento teniendo en cuenta la deuda existente y sus cronograma de repago, y las Proyecciones de desembolso de los programas de endeudamiento en ejecución.

 

DEPARTAMENTO DE ANALISIS DE ALTERNATIVAS DE FINANCIAMIENTO

 

1. Analizar las iniciativas propuestas por los diversos organismos de la Administración Provincial que puedan afectar el nivel o composición de endeudamiento provincial, considerando sus condiciones y evaluando sus conveniencias, comparadas con otras alternativas posibles.

2. Analizar otras propuestas de financiamiento que recibe la Provincia a través de diversas vías evaluando su factibilidad y conveniencia.

3. Investigar otras posibles alternativas y realizar las correspondientes consultas con expertos, a fin de completar el espectro de posibles alternativas de financiamiento disponibles para la Provincia.

4. Analizar los proyectos que puedan involucrar la emisión de un aval o garantía del Gobierno Provincial hacia terceros.

 

 

DIRECCIÓN DE LA ADMINISTRACION DE LA DEUDA PÚBLICA

 

DEPARTAMENTO EUROBONOS DE MEDIANO Y LARGO PLAZO

 

1.    1. Mantener permanentemente actualizada en inglés y en español la información acerca de la Provincia que se presenta en los documentos de difusión del Programa de Bonos de Inversión especificados en el artículo 2° de la Ley 11.513, o en los que correspondan a cualquier otro programa que lo sustituya que los complemente en el futuro.

2.    2. Elaborar periódicamente informes sobre la situación de los mercados internacionales de capitales, en función de que esta información sirva como elemento de análisis para la toma de decisión acerca de la emisión de nuevos títulos d deuda.

3.    3. Analizar la documentación a ser suscripta por la Provincia y ejecutar las tramitaciones necesarias, en representación de la Provincia de Buenos Aires, en la ocasión de la emisión de cada nueva serie de bonos, o actualización del programa de emisión de títulos de deuda.

4.    4. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de la Provincia en el marco del Programa de Bonos.

 

DEPARTAMENTO DEUDA PÚBLICA DE CORTO PLAZO

 

1. Efectuar informes periódicos acerca del monto destinatarios de las Letras de Tesorería emitidas.

2. Evaluar las posibilidades de incrementar los recursos del Tesorero provincial por la vía de nuevas emisiones de Letras de corto plazo.

Efectuar el análisis de la evolución de los libramientos impagos de la Tesorería General de la Provincia y los Organismos descentralizados.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTUDIOS FISCALES

DIRECCION DE ANALISIS DEL GASTO SOCIAL

 

DEPARTAMENTO EVOLUCIÓN DEL GASTO SOCIAL

 

1. Crear una base de estudios referentes a la evolución de la gestión del gasto social, considerándose el grado de cobertura que se brinda, con respecto al grado de demanda y lograr una mejor aplicación de los recursos disponibles.

2. Proponer la creación de fuentes alternativas para el financiamiento del gasto social.

3. Realizar estudios y seguimiento de los niveles de vida de la población provincial.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIO DE GESTION ADMINISTRATIVA 

DEPARTAMENTO EVALUACION DE REFORMAS ADMINISTRATIVAS

 

1. Conformar una base de datos, tendiente a evaluar los procesos de reforma y privatización, concesión, y/o municipalización de los servicios públicos; analizando los resultados alcanzados por los servicios públicos privatizados.

2. Brindar a las Instituciones la asistencia técnica necesaria para la implementación y puesta en marcha de programas de gestión.

 

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y COORDINACION FISCAL

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de la Subsecretaría.

2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias del sector y sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

3. Organizar y supervisar la asistencia a las autoridades en las áreas Secretaría Privada, Ceremonial, audiencias, prensa, difusión y relaciones públicas e interorgánicas, verificando el cumplimiento de las determinaciones fijadas para estos temas.

4. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas necesarios al funcionamiento del organismo.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLITICA TRIBUTARIA

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente para el trámite de las actuaciones que se gestionen en el área.

3. Organizar, implementar y supervisar el apoyo administrativo para todas las dependencias que se asiste.

4. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de la gestión.

5. Atender las necesidades de la Secretaría privada y relaciones interorgánicas, organizando y actualizando la documentación necesaria al normal funcionamiento de los organismo.

 

DIRECCIÓN DE LEGISLACION TRIBUTARIA

DEPARTAMENTO PROYECCION E INTERPRETACION DE NORMAS

 

1.    1. Recopilar las normas legales tributarias provinciales, nacionales y municipales, efectuar análisis comparativos y estudiar posibles modificaciones a la legislación vigente.

2.    2. Efectuar síntesis de legislación y organizar ficheros temáticos por jurisdicción.

3.    3. Estudiar la aplicación con carácter de los tributos provinciales e interpretar con carácter general las normas legales referidas a recursos tributarios y no tributarios.

4.    4. Elaborar informes interpretativos que incluyan cuestiones previstas en el Código fiscal y/o la legislación específica en la materia.

5.    5. Realizar estudios a fin de conocer la relación fisco contribuyente, proporcionando el acuerdo soporte para la toma de decisiones en materia de política fiscal.

 

 

DIRECCIÓN DE RECURSOS

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS

 

DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y PROYECCION DE RECURSOS

 

1. Elaborar las propuestas sobre el nivel de la presión tributaria, efectuando estudios sobra la renta.

2. Analizar las valuaciones fiscales que constituyen la base de los tributos provinciales.

3. Examinar la composición de los ingresos y analizar sus tendencias.

4. Compilar e intercambiar con las provincias, el estado nacional y países extranjeros material informativo referido a temas impositivos y asuntos económico-financieros.

5. Mantener contactos con los organismos recaudadores de cada jurisdicción, realizando comparaciones sobre la composición de los recursos.

 

DEPARTAMENTO ESTADISTICA TRIBUTARIA Y CONTROL DE RECURSOS

 

1. Recopilar y archivar datos estadísticos sobre los ingresos tributarios de los distintos niveles de gobierno con fichas de seguimiento y comparativos.

2. Compilar series históricas de ingresos tributarios a valores corrientes constantes.

3. Compilar series históricas de variables económicas-financieras relevantes, a los fines el cálculo de rendimiento de los impuestos.

4. Recopilar información referida a la recaudación tributaria nacional, provincial y municipal.

5. Elaborar informes periódicos sobre la ejecución de recursos de indicadores económico-financieros.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RELACIONES FINANCIERAS MUNICIPALES

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender el registro de entrada, salida, trámite y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de dependencia.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como sustanciales.

3. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias a las que se asiste y brindar la información requerida por cada una de ellas.

4. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de las gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

5. Atender las necesidades de Secretaría privada y relaciones interorgánicas; organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial.

 

DIRECCIÓN DE FINANZAS MUNICIPALES

 

DEPARTAMENTO PROCESAMIENTO Y ANALISIS

 

1. Mantener una base de datos con información presupuestaria y financiera de los Municipios.

2. Analizar la información, realizar estudios y producir informes periódicos.

3. Efectuar evaluaciones de las finanzas municipales.

4. Colaborar en la elaboración y análisis de los regímenes de coparticipación a municipios.

5. Proyectar mensualmente los recursos provinciales a los Municipios y emitir informes al efecto.

6. Intervenir en la aplicación de régimen de retenciones y descuentos de fondos coparticipables.

7. Tramitar, analizar, evaluar e instrumentar las solicitudes de ayuda financiera a Municipios.

 

DIRECCIÓN DE COORDINACION FINANCIERA

 

DEPARTAMENTO COPARTICIPACION Y PROGRAMACION

 

1. Analizar y proponer las modificaciones que se consideren necesarias a la ley de Coparticipación Municipal.

2. Realizar los cálculos para los ajustes manuales de los coeficientes que marca la Ley.

3. Evaluar en conjunto las transferencias de recursos por coparticipación y las originadas en los programas que generan recursos municipales de origen provincial.

4. Evaluar y producir informes sobre la marcha de los programas implementados, comparándolos con los resultados obtenidos por la Provincia en recursos al margen de estos.

5. Asegurar el correcto marco legal de los programas a través de los anexos al convenio de descentralización correspondientes a cada uno.

6. Controlar y evaluar el funcionamiento operativo de los programas.

7. Determinar y analizar el aporte de los programas a las Finanzas Municipales.

8. Asegurar la asistencia técnica a los municipios y la instrucción adecuada al personal.

9. Controlar el cumplimiento de las obligaciones municipales, enunciadas en los anexos de los convenios de descentralización, asegurando el cumplimiento de las obligaciones provinciales, que emanan de los citados convenios.

 

DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA

SUBDIRECCIÓN ASISTENCIA TÉCNICA

 

DEPARTAMENTO RELEVAMIENTOS

 

1. Realizar relevamientos semestrales “in situ” en los Municipios en base a planillas predesarrolladas que permitan obtener información detallada sobre la situación financiera actual, ordenamiento administrativo y desarrollo informático.

2. Concurrir a efectuar relevamientos adicionales cuando la Dirección de Finanzas Municipales lo requiera.

3. Mantener actualizada una base de datos con la información relevada.

 

DEPARTAMENTO SOPORTE DE DATOS Y DESARROLLO TÉCNICO

 

1. Analizar, desarrollar y realizar el soporte y mantenimiento de una base de datos municipales, geoeconómica y social, que sea accesible en líneas desde todos los sectores directivos de la Dirección Provincial y los niveles máximos de dirección del Ministerio, conteniendo información histórica y actual de la situación financiera, económica, geopolítica y social de los municipios (individual o global), con salidas por pantalla y/o impresas predeterminadas y automáticas.

2. Operar sobra la base de datos municipales para obtener informes especiales no previstos.

3. Integrar los equipos del Departamento Relevamientos a efectos de analizar el desarrollo informático de cada municipio y sus necesidades en el tema.

4. Analizar el funcionamiento de programas de reformas en el área de sistemas en ejecución en algunos municipios. Colaborar con su implementación final. Estudiar las modificaciones que sean necesarias para adecuarlos a nuevas reformas acordadas entre la Provincia y los Municipios y, eventualmente, analizar la posibilidad de su implementación en otras comunas.

 

DEPARTAMENTO ASISTENCIA

 

1.    1.   Atender a los informes del Departamento Relevamientos, los indicadores de gestión que surjan de la base de datos y las solicitudes puntuales de la Dirección Finanzas Municipales.

2.    2.   Analizar en profundidad las administraciones municipales, con mayores dificultades, surgiendo a las mismas proyectos que permitan revertir los desequilibrios detectados.

3. Diseñar, recepcionar, analizar y coordinar con los Municipios proyectos de reformas administrativas, técnicas o de gestión que se encuadren en el marco de las reformas generales acordadas entre la Provincia y las Administraciones Municipales. Promover su desarrollo e implementación en los municipios con sus propios recursos o con financiamiento del Programa de Fortalecimiento y Desarrollo Municipal.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL  DE ESTUDIOS ECONÓMICOS

DIRECCIÓN DE ANALISIS ECÓNOMICO

 

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICA Y ANÁLISIS ECÓNOMICO

 

1. Recabar información sobre formas alternativas de prestación de servicios municipales a fin de estudiados y evaluar tanto su factibilidad de implementación como su financiamiento.

2. Asistir técnicamente a los municipios u otros organismos sobre la temática.

3. Sistematizar la evolución de la coyuntura económica, realizar informes y confeccionar indicadores que permitan analizar la situación económica.

4. Efectuar proyecciones financieras a corto y mediano plazo.

5. Recopilar y procesar información, tanto de la Nación como de las Provincias a fin de posibilitar su posterior análisis.

6. Elaborar datos estadísticos para su procesamiento ulterior.

 

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS

 

DEPARTAMENTO PROGRAMACION TRIBUTARIA

 

1. Sistematizar información que a través de indicadores permitan efectuar los análisis que se indique.

2. Recopilar datos estadísticos en materia tributaria para su posterior procesamiento y análisis.

3. Realizar las gestiones necesarias que permitan recibir regularmente las publicaciones e informaciones especializadas referidas a temas fiscales de otras provincias y de otros países.

4. Efectuar estudios que permitan evaluar el resultado de la política tributaria aplicada  y realizar proyecciones a corto y mediano plazo.

5. Recabar y recibir información de los organismos que sean necesarios, a fin de preparar la información base que permita, los posteriores estudios que deba realizar la Dirección.

6. Brindar asistencia técnica en materia tributaria a los municipios que los requieran.