DECRETO 1869/96

 

 

LA PLATA, 14 de JUNIO de 1996.

 

VISTO el expediente nº 2113-578/96, por el que la Asesoría General de Gobierno eleva proyecto de Texto Ordenado de la Ley 10.430 y modificatorias y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la norma citada ha sufrido modificaciones sustanciales, impuestas por imprescindibles adecuaciones de su texto legal;

 

Que las numerosas reformas introducidas imponen la necesidad de su ordenamiento con el propósito de facilitar la hermenéutica en una materia que, por su importancia, exige permanente consulta;

 

Que los textos normativos modificatorios de la Ley en examen que se integran con el primigenio texto de la Ley 10.430 son los siguientes: Leyes 10.575, 10.940, 10.944, 11.142, 11.311, 11.361 artículo 38º y 11.758;

 

Que el artículo 127º de la Ley 11.758 autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar el Texto Ordenado de la Ley 10.430 y sus modificaciones;

 

Que la Asesoría General de Gobierno se encuentra facultada a efectuar el presente ordenamiento conforme lo establece su Ley Orgánica Decreto-Ley Nº 8019/73 (T.O. por Decreto 8524/86), artículo 2º, inciso 3, apartado 3.3.-

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

 

 

ARTICULO 1.- Apruébase, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 11.758, el Texto Ordenado de la Ley 10.430 con las modificaciones introducidas por las Leyes 10.575, 10.940, 10.944, 11.142, 11.311, 11.361 (artículo 38º) y 11.758, el cuál como ANEXO I forma parte integrante del presente Decreto.

 

ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno y Justicia.

 

ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.