DEPARTAMENTO DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA
DECRETO 39
VISTO el expediente Nº 4214/2015 y
CONSIDERANDO:
Que
Que,
Que, asimismo prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras orgánico- funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demás organismos en ella presentes;
Que, el artículo 18 de la citada Ley, establece las funciones del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;
Que, como consecuencia de ello, es necesario determinar la estructura del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública citado precedentemente, en un todo de acuerdo con los principios de austeridad y eficiencia administrativa;
Que, a esos fines, la cartera referida ha procedido a elaborar el proyecto de estructura organizativa, de conformidad con las exigencias de las respectivas áreas de su competencia;
Que, asimismo a efectos de no entorpecer los trámites vinculados con la liquidación y pago de haberes, medio aguinaldo y cualquier otra erogación correspondiente al ejercicio 2015, los responsables de las correspondientes Direcciones Generales de Administración (DGA), facultados al 10 de diciembre de 2015 a tales efectos, continuarán cumpliendo dichas funciones en las unidades funcionales de origen hasta tanto se acepte su renuncia o se ordene su limitación, según corresponda;
Que, en los casos en los que la unidad organizativa no haya sufrido modificación alguna, el funcionario de rango inferior a subsecretario oportunamente designado no haya sido limitado, tramite su limitación, haya renunciado o cesado, se ratifica su designación en el cargo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 -proemio- de
Por ello,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Aprobar a partir del día 11 de diciembre de 2015 la estructura orgánico funcional del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.
Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los
siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Gestión Pública, UN (1) Subsecretario
para
ARTÍCULO 3°. Modificar la dependencia funcional de las unidades organizativas según se detalla en el Anexo III del presente, transfiriendo los programas, plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios, de las respectivas unidades organizativas.
ARTÍCULO 4°. Suprimir las unidades organizativas detalladas en el Anexo IV, transfiriendo las respectivas plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios, según lo establecido en el citado Anexo.
ARTÍCULO 5°. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 6°. Disponer que los responsables de las correspondientes Direcciones Generales de Administración (DGA) y los responsables de las Direcciones dependientes de las DGA, facultados al 10 de diciembre de 2015 a tales efectos, continuarán a cargo de las liquidaciones y/o demás conceptos correspondientes a la totalidad de la dotación que a esa fecha se encontraba incluida en las unidades operativas de origen, en relación con los haberes, medio aguinaldo y cualquier otra erogación correspondiente al ejercicio 2015, hasta tanto se acepte su renuncia o se ordene la limitación del cargo.
ARTÍCULO 7°. Dejar establecido que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades orgánicas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.
ARTÍCULO 8°. Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la vigencia del presente, el titular del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 9º. Dejar establecido que durante el plazo fijado por el artículo anterior mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Dirección oportunamente aprobadas que no fueran modificadas por el presente.
ARTÍCULO 10. Facultar al Ministerio de Economía para que, a través de las reparticiones competentes, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 11. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Coordinación y Gestión Pública y Economía.
ARTÍCULO 12. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.
Roberto Jorge Gigante María E. Vidal
Ministro de Coordinación Gobernadora
y Gestión Pública
Jorge Roberto Lacunza
Ministro de Economía
ANEXO II
1. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
Acciones
a) Asistir al Ministro de Coordinación y Gestión Pública en el análisis, coordinación y evaluación de las políticas públicas y la gestión gubernamental.
b) Asistir al Ministro en la relación y coordinación con
los demás Organismos, centralizados y descentralizados, de
c) Arbitrar los medios necesarios para la producción y relevamiento de información económica, demográfica, social y de cualquier otra índole que resulte necesaria para la elaboración de proyectos estratégicos, incluyendo su análisis, entrecruzamiento y almacenamiento con los mismos fines.
d) Elaborar el Plan Estratégico del Gobierno de
e) Asistir al Ministro en el diseño y seguimiento del Plan de Acción General de Gobierno, estableciendo e implementando los instrumentos para el monitoreo de los planes, programas y proyectos que aseguren el cumplimiento de los objetivos fijados.
f) Coordinar la elaboración de los Planes Operativos Anuales de todas las áreas del Gobierno, garantizando la coherencia entre los mismos y en relación al Plan Estratégico de Gobierno.
g) Obtener información respecto de objetivos estratégicos
y específicos de las dependencias de los Organismos, centralizados y
descentralizados, de
h) Organizar y administrar un inventario de programas y proyectos.
i) Proporcionar al Ministro las herramientas metodológicas
necesarias para el seguimiento de
j) Asistir al Ministro en la determinación de las prioridades de actuación y atención de los organismos públicos provinciales y en el diseño de las estrategias a utilizar en las políticas públicas prioritarias.
k) Realizar el seguimiento periódico del gasto provincial, propiciando el estudio de todas las variables que repercutan en la rentabilidad social del mismo.
l) Llevar adelante planes de mejora del gasto de
m) Coordinar la redacción de
n) Implementar mecanismos para asistir técnica y metodológicamente a los Municipios en la creación, modificación y mejora de los sistemas de planeamiento estratégico y evaluación y seguimiento del gasto.
1. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
1.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE
Acciones
a) Asistir al Subsecretario en la coordinación y dirección de proyectos, programas y acciones.
b) Asistir a
c) Cooperar en la preparación y seguimiento de las reuniones de Gabinete provincial.
d) Brindar asistencia técnica a las distintas áreas de gobierno en definición de metodologías y estándares para la planificación y seguimiento de grandes proyectos.
e) Coordinar la relación, planes y programas entre las distintas reparticiones ministeriales, secretarías y organismos de la administración provincial, centralizada y descentralizada.
f) Analizar el impacto de leyes sancionadas por
g) Coordinar con las demás áreas competentes la
elaboración y redacción de
1.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE
1.1.1. DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERMINISTERIALES
Acciones
a) Asistir al Director Provincial en la preparación de las reuniones interministeriales, de Gabinete provincial, y de comisiones de trabajo inter-áreas. Efectuar la coordinación de las reuniones entre las diversas reparticiones intervinientes e involucradas en las políticas públicas interministeriales. Realizar el seguimiento de los temas prioritarios emergentes de las reuniones.
b) Evaluar e informar respecto de los resultados obtenidos en la compatibilización y coordinación entre organismos provinciales.
c) Formular, en coordinación con las áreas competentes, proyectos vinculados al desarrollo integrado de las políticas públicas.
d) Evaluar y proponer la normativa y los actos administrativos necesarios para formalizar el funcionamiento de todas las formas de coordinación entre distintos niveles de Ministerios, Secretarías y demás organismos provinciales, como así también las adecuaciones normativas pertinentes o de gestión que contribuyan a coordinar acciones y eliminar superposiciones.
1. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
1.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
a) Definir los lineamientos estratégicos, desarrollar, implementar y efectuar el seguimiento de la gestión por resultados y objetivos del Sector Público Provincial.
b) Asistir al Subsecretario en el establecimiento de
directrices y normas para la elaboración e implementación de un sistema de
planificación estratégica en los organismos de
c) Coordinar entre todas las áreas de la administración la planificación del Plan General de Acción de Gobierno en el marco de su sistema de Planeamiento Estratégico, de forma tal de asegurar que todas las iniciativas se encuentren alineadas con los ejes de gestión planteados y se asignen los recursos necesarios de manera coherente.
d) Coordinar, asistir y supervisar la elaboración y gestión de planes estratégicos y operativos. Verificar la coherencia de los mismos entre sí, y en relación al plan estratégico de la administración.
e) Articular los planes anuales con la planificación del presupuesto, emitiendo opinión fundada en la asignación de los recursos humanos y materiales a las actividades que harán posible el cumplimiento de los objetivos.
f) Definir las reglas de coordinación a aplicarse para el caso de proyectos que requieran acción conjunta de dos o más áreas; e impulsar la acción conjunta para la consecución de dichos proyectos.
g) Generar y coordinar una visión estratégica de largo
plazo de
Coordinar y vincular de forma coherente la visión estratégica de largo plazo del gobierno con los objetivos establecidos en el corto plazo.
1. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
1.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EVALUACIÓN DEL GASTO
a) Desarrollar e implementar mecanismos y metodologías de
evaluación, análisis y control del gasto para
b) Realizar análisis históricos del presupuesto con el objeto de mejorar su composición.
c) Realizar el seguimiento del gasto del Poder Ejecutivo Provincial, en términos generales y desagregados por jurisdicción. Elaborar informes periódicos de seguimiento de la evolución del gasto, analizando las modalidades de compra utilizadas.
d) Llevar adelante, juntamente con el área pertinente del Ministerio de Economía, un plan de reducción, control y eficientización continua del gasto del Poder Ejecutivo.
1. SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
1.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS
Acciones
a) Diseñar, implementar y dirigir un tablero de control de gestión para el seguimiento y evaluación de las políticas públicas del Gobierno del Poder Ejecutivo Provincial, en coordinación con las áreas competentes.
b) Desarrollar y coordinar la implementación de los métodos de seguimiento y evaluación de políticas públicas. Elaborar el sistema de indicadores de grado de cumplimiento de políticas públicas que posibilite la unificación metodológica en el seguimiento y evaluación del estado de situación, grado de avance e impacto de la implementación de las mismas.
c) Organizar las tareas de relevamiento de información y supervisar la organización, actualización y administración de una base de datos de políticas públicas, con sus programas, objetivos y metas oficiales, en coordinación con los demás organismos competentes en la materia.
d) Contribuir en el seguimiento de proyectos prioritarios para asegurar la consecución de los objetivos definidos por las jurisdicciones.
e) Detectar e impulsar la necesidad de formulación de nuevos programas y/o proyectos en función de los resultados de la evaluación de políticas.
f) Promover la elaboración de informes periódicos que den cuenta de los resultados producidos por el sistema de seguimiento y evaluación de políticas públicas.
g) Promover, fortalecer y asistir a los Municipios en el seguimiento y la evaluación de políticas públicas, en coordinación con los demás organismos competentes en la materia.
h) Propiciar la celebración de Convenios con Organizaciones no Gubernamentales, Entidades, Instituciones, Universidades Nacionales y Provinciales para implementar programas de estudio, seguimiento y análisis de las políticas públicas existentes y los impactos sociopolíticos de su aplicación.
1.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS
1.4.1. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE RESULTADOS
ACCIONES
a) Formular indicadores de eficacia, eficiencia e impactos que coadyuven a la evaluación de políticas públicas provinciales.
b) Diseñar un sistema general simplificado de evaluación de políticas públicas provinciales. c) Relevar información pertinente a los efectos de evaluar los resultados de políticas públicas provinciales implementadas, trabajando en conjunto con las jurisdicciones del Ejecutivo Provincial.
d) Elaborar informes de resultados de la evaluación de políticas públicas provinciales, con el objetivo de proveer información relevante para el diseño e implementación de nuevas políticas públicas.
1.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS
1.4.2. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS
ACCIONES
a) Diseñar e implementar un tablero de control de gestión para el seguimiento y evaluación de las políticas públicas del Gobierno del Poder Ejecutivo Provincial, en coordinación con las áreas competentes.
b) Impulsar la implementación de estrategias de participación social en la fase de formulación y puesta en práctica de las políticas públicas provinciales.
c) Desarrollar investigaciones referidas a problemáticas comunes del proceso de implementación de políticas públicas provinciales.
d) Elaborar informes de resultados del seguimiento de políticas públicas provinciales.
2. SUBSECRETARÍA PARA
ACCIONES
a) Entender en la formulación, diseño, aprobación, implementación, seguimiento, evaluación y control de los planes, programas y proyectos que tengan por objeto la modernización del Estado provincial, promoviendo la transparencia en la información y la eficiencia en la gestión.
b) Entender en la formulación, diseño, aprobación e
implementación de una agenda para la innovación en la gestión pública
provincial, en la formulación de la estrategia digital del Gobierno de
c) Ejercer las atribuciones y funciones inherentes a
d) Entender en el análisis, evaluación y formulación de
propuestas de rediseño de la macroestructura de
Provincial.
e) Coordinar, evaluar y gestionar proyectos en materia de reforma, modernización, desconcentración, descentralización político-administrativa, participación ciudadana, modernización de los servicios al ciudadano, gobierno abierto, planificación integral y diseño organizacional, sistemas administrativos y de información.
f) Ejercer las competencias asignadas por el Decreto Nº 2.133/09.
g) Representar al Gobierno de
h) Gestionar convenios y acuerdos con instituciones
públicas y privadas sobre los temas de competencia de
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.1. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE
ACCIONES
a) Diseñar, formular e implementar las acciones de
estudio, investigación, capacitación y formación en función de las prioridades
y lineamientos fijados por
b) Coordinar con las distintas jurisdicciones, acciones para la detección de necesidades, la difusión y promoción de las acciones de investigación, estudio, capacitación y formación de los recursos humanos del Sector Público Provincial y Municipal, comprendiendo tanto a los agentes de planta como a los funcionarios y dirigentes políticos y sociales.
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.2. SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ACCIONES
a) Realizar el seguimiento continuo y la evaluación anual
de los ejes estratégicos del Instituto Provincial de
b) Constituir la coordinación ejecutiva de todas las acciones que lleve a cabo el Instituto, organizando, supervisando y evaluando las actividades de las áreas del Instituto en función de las decisiones que el Consejo Directivo y su Presidente adopten.
c) Requerir y brindar asistencia técnica y de cooperación,
previa intervención del Presidente del Instituto Provincial de
d) Promover la integración de redes de instituciones educativas y de investigación nacional e internacional, pública o privada, a fin de intercambiar información, material didáctico y bibliográfico, programas, resultados, experiencias, bancos de casos, técnicas, metodologías, entre otras.
2.2. SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
2.2.1. DIRECCIÓN DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
ACCIONES
a) Planificar y ejecutar, en el marco del Sistema Provincial de Capacitación, programas de formación, especialización y, actualización para los recursos humanos del Sector Público provincial, municipal y de las organizaciones políticas y sociales, así como administrar el Sistema Provincial de Capacitación, promoviendo el uso de tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas al área de su competencia, en especial en materia de modalidades de formación y capacitación a distancia.
b) Evaluar el desempeño del Sistema Provincial de Capacitación.
c) Diseñar la metodología de selección de formadores y evaluación permanente.
d) Ejecutar los programas de capacitación en los distintos regímenes estatutarios vigentes vinculados a la profesionalización del empleo público, la formación para los niveles superiores, directivos y gerenciales del Sector Público y para dirigentes políticos y sociales que aspiren a ejercer funciones en el Estado, o a concurrir desde la sociedad con el Estado en la ejecución de políticas públicas.
e) Detectar los requerimientos y necesidades de capacitación y formación del Sistema Provincial de Capacitación y mantener actualizado el diagnóstico permanente, proponiendo las acciones, metodologías y actividades necesarias para responder a las demandas.
f) Coordinar y supervisar las acciones de capacitación y
formación que se realicen en otros organismos y dependencias de
2.2. SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
2.2.2. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO
ACCIONES
a) Realizar los análisis, estudios e investigaciones
necesarios conforme las prioridades y lineamientos fijados por
b) Organizar las actividades a través de la definición de programas de estudios e investigaciones, los objetivos, actividades, y mecanismos de evaluación y control.
c) Supervisar y coordinar las investigaciones que se administren por proyectos, llevando el seguimiento actualizado de los resultados obtenidos.
d) Identificar y mantener actualizada la información, documentación y bibliografía sobre estudios, investigaciones, resultados de servicios de consultoría, que realicen instituciones
del país y del exterior; coordinando con otros organismos y dependencias del Estado provincial, la conformación de una base única de documentación.
e) Planificar, diseñar e implementar programas de estudios e investigación conjunta, participar en el intercambio de experiencias y propiciar la realización de seminarios, simposios y/o jornadas para la actualización de conocimientos con organismos internacionales, universidades, institutos de investigación y otros organismos públicos o privados con incumbencia en materia de Administración Pública.
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA
ACCIONES
a) Formular, diseñar e implementar, en coordinación con
b) Efectuar el seguimiento y control del grado de avance
en la implementación de la agenda para la innovación en la gestión pública
provincial y la estrategia digital del Gobierno de
c) Elaborar y proponer proyectos de norma en materia de innovación en la gestión pública provincial.
d) Coordinar las acciones con los organismos que integran
2.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA
2.3.1. DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN DE ESTRUCTURAS
ACCIONES
a) Intervenir en el dictamen para la aprobación de los
proyectos de diseño de la macroestructura de
b) Intervenir en el trámite de aprobación de las
estructuras organizativas y planes estratégicos asociados elaborados por los
organismos que integran
2.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA
2.3.2. DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
ACCIONES
a) Proponer, diseñar e implementar planes, programas y
acciones cuyo objeto sea modernizar la administración pública de
b) Trabajar en colaboración con
2.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA
2.3.3. DIRECCIÓN DE BIOMETRÍA
ACCIONES
a) Implementar herramientas biométricas en las
dependencias y organismos que conforman al Estado Provincial, estableciendo
estándares provinciales para lograr la interoperabilidad de las distintas bases
biométricas. Jerarquizar a
b) Diseñar un Plan de Desarrollo Tecnológico e Informatización Integral del Organismo.
c) Organizar capacitaciones de recursos humanos en el uso de nuevas herramientas, sistemas y aplicaciones biométricas. Evaluar el sistema de calidad en áreas consideradas clave de la gestión local. Coordinar y administrar el establecimiento de estándares biométricos en el marco de las normas internacionales que regulan la materia (ANSI NIST).
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN CIUDADANA
ACCIONES
a) Proponer, diseñar e implementar planes, programas y acciones que tengan por objeto mejorar la calidad de la prestación de servicios y atención a los ciudadanos y su oferta por medios digitales, la transparencia de la gestión pública, el acceso a la información pública, la participación ciudadana y el gobierno abierto.
b) Intervenir en el desarrollo e implementación del sistema de base para el Programa Trámite Único Simplificado Ley Nº 13.796, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias.
c) Desarrollar e implementar los sistemas, programas y acciones de coordinación, evaluación y aprobación de los proyectos en materia de reforma, modernización, desconcentración, descentralización político-administrativa, participación ciudadana, planificación integral y diseño organizacional, sistemas administrativos y de información.
d) Colaborar con
e) Diseñar, organizar, implementar y controlar sistemas,
mecanismos y modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios
brindados por el Gobierno de
2.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN CIUDADANA
2.4.1. DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN EN
ACCIONES
a) Diseñar, organizar, capacitar y promover la
implementación de sistemas, mecanismos y modelos de gestión que optimicen la
calidad de los servicios brindados por los municipios de
b) Desarrollar, implementar y supervisar la implementación de las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y tecnológica, procesos y servicios al ciudadano en todo el ámbito de la administración pública municipal.
c) Administrar y potenciar el Banco de Proyectos de innovación.
2.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN CIUDADANA
2.4.2. DIRECCIÓN DE GOBIERNO ABIERTO
ACCIONES
a) Planificar y ejecutar las políticas de comunicación vinculadas con el desarrollo de un gobierno abierto al ciudadano, en coordinación con las áreas competentes.
b) Desarrollar una base de datos de libre acceso en la cual se brinde información actualizada de todas las áreas de gobierno.
c) Trabajar en conjunto con los municipios de
2.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN CIUDADANA
2.4.3. DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ACCIONES
a) Fomentar la participación ciudadana generando ámbitos de diálogo, encuentro y colaboración vecinal que promuevan la consolidación democrática y la contribución a la elaboración de políticas públicas vecinales.
b) Diseñar y coordinar con las áreas que correspondan acciones de participación ciudadana. c) Articular con los municipios a fin de promover la participación pública y colaboración ciudadana a nivel local.
2.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INNOVACIÓN CIUDADANA
2.4.4. DIRECCIÓN DE SERVICIOS AL CIUDADANO
ACCIONES
a) Entender en la planificación, organización y desarrollo de las actividades que demande la ejecución del Programa Trámite Único Simplificado Ley Nº 13.796, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias.
b) Entender en la identificación, evaluación y desarrollo de procesos y trámites que puedan incorporarse a la modalidad de ventanilla única tanto en el gobierno central como en los municipales.
c) Identificar y trabajar juntamente con los municipios en la implementación de acciones que faciliten el acceso y tramitación de diversos servicios ofrecidos por el gobierno provincial y los gobiernos municipales, por parte de los ciudadanos.
d) Entender en el desarrollo de mecanismos de recepción, seguimiento, derivación y respuesta al vecino en la resolución de sus reclamos, denuncias, queja y solicitudes, en coordinación con las áreas competentes tanto a nivel provincial como municipal.
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.5. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TELECOMUNICACIONES
ACCIONES
a) Administrar las redes de comunicaciones y sistemas de
comunicación de voz de
b) Entender en la gestión del espectro radioeléctrico en
todo el ámbito de
c) Coordinar la implementación del Plan de Contingencia a ser aplicado en materia de comunicaciones por todos los organismos que conforman el Estado provincial y los Municipios, para garantizar las comunicaciones en caso de emergencia, crisis o catástrofe, en todos los aspectos relacionados salud, seguridad y defensa civil.
d) Elaborar y proponer proyectos de normas en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión conforme el marco regulatorio en la materia.
e) Entender en la evaluación de la demanda de servicios y sistemas de telecomunicaciones y radiodifusión requeridos por parte del Estado Provincial y los Municipios que así lo soliciten.
f) Entender en la verificación del uso conforme a la
política de uso aceptable de las redes de comunicaciones de
g) Evaluar con base en estudios técnicos de compatibilidad electromagnética la inserción del mayor uso de frecuencias en todo el ámbito geográfico provincial, coordinando su uso en las zonas o regiones interprovinciales en conjunto con el Estado Nacional; y efectuar mediciones de compatibilidad electromagnética y radiaciones no ionizantes, registrando y participando en la resolución de problemas de interferencias radioeléctricas en el ámbito geográfico provincial.
h) Diseñar, proyectar, proponer y asistir sobre el uso y aplicación de los soportes técnicos e instalaciones necesarias para la prestación de los servicios de televisión abierta, satelital y por cable, en coordinación con los organismos competentes en la materia.
i) Asistir al Subsecretario en la representación ante las prestadoras y/o licenciatarias de los servicios de comunicaciones públicos y privados, locales, interurbanos e internacionales.
j) Entender en el desarrollo y supervisión de cumplimiento de metodologías, herramientas
e indicadores para evaluar
inversiones en tecnología de sistemas y redes de comunicaciones, mejorar la
calidad de estas decisiones de inversión, la asignación de recursos financieros
y humanos y los procesos de adquisición y contratación de las mismas. k)
Desarrollar acciones conjuntas, bajo la modalidad de grupo de proyecto
estratégico, con
2.5. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TELECOMUNICACIONES
2.5.1. DIRECCIÓN DE GESTIÓN
ACCIONES
a) Administrar
b) Recibir, evaluar y gestionar los requerimientos de
nuevos servicios, ampliación, baja o modificación correspondiente a
c) Coordinar con las empresas prestadoras y los organismos solicitantes todos los procesos de instalación y puesta en servicio de los vínculos requeridos.
d) Coordinar las acciones necesarias para asegurar los
procesos de mudanza de los vínculos, modificación en la capacidad de los mismos
y/o cualquier otra circunstancia que modifique los servicios prestados por
e) Coordinar las instalaciones y el uso de infraestructura
edilicia y torres soporte de antenas que se instalen en el ámbito de
f) Verificar el uso conforme a la política de uso
aceptable de las redes de comunicaciones de
g) Proveer el servicio integral de comunicación de datos a los organismos que integran el Estado provincial y a los Municipios.
h) Proveer los servicios de telefonía fija y móvil y otros
servicios de comunicación brindados por las empresas prestadoras a los
organismos que integran
i) Elaborar e implementar el Plan de Contingencia a ser aplicado en materia de comunicaciones por todos los organismos que conforman el Estado provincial y por los Municipios, a los efectos de asegurar y garantizar las comunicaciones del Estado provincial en caso de emergencia, crisis o catástrofe, en todos los aspectos relacionados salud, seguridad y defensa civil.
2.5. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TELECOMUNICACIONES
2.5.2. DIRECCIÓN DE OPERACIONES
ACCIONES
a) Dirigir las operaciones, la gestión, el mantenimiento
predictivo, preventivo y correctivo de los sistemas de telecomunicaciones y de
las redes y sistemas de comunicaciones de
b) Implementar los sistemas de comunicaciones de voz en
c) Administrar y controlar la facturación y los gastos
resultantes de los servicios de telecomunicaciones de datos utilizados en el
ámbito de
d) Dirigir las actividades y gestionar las instalaciones,
el mantenimiento de los sistemas de comunicaciones de voz, fijas y móviles,
centrales PABX, servidores de comunicaciones VoIP,
telefonía IP, de
e) Entender en la instalación, mantenimiento de mástiles,
antenas y elementos irradiantes para radiocomunicaciones de
f) Intervenir en los procedimientos de contratación de equipamiento de telecomunicaciones. g) Realizar las acciones y actividades técnicas necesarias para garantizar la seguridad de las comunicaciones de voz, fijas y móviles.
h) Elaborar los procedimientos operativos en materia de comunicaciones de voz, de tecnologías fijas y móviles, tanto satelitales, por cable o radio, a efectos de regular la actividad, controlando y auditando su aplicación.
i) Intervenir en la gestión y control del espectro
radioeléctrico en el ámbito de
2.5. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TELECOMUNICACIONES
2.5.3. DIRECCIÓN DE TÉCNICA
ACCIONES
a) Estudiar y analizar la normativa legal vigente referida a telecomunicaciones y radiodifusión y formular proyectos de norma conforme el marco regulatorio aplicable a la materia.
b) Proyectar las normas conteniendo las metas de
disponibilidad y estándares de calidad en materia de sistemas y redes
comunicaciones de
c) Formular proyectos de norma conteniendo los criterios,
lineamientos, pautas y estándares tecnológicos y procedimientos operativos en
materia de comunicaciones de
d) Definir y auditar las especificaciones técnicas
asociadas a
e) Elaborar especificaciones y detalles técnicos de equipamientos y sistemas de comunicación, observación, proyección, difusión y alimentación, de acuerdo a los requerimientos de los organismos solicitantes.
f) Definir y auditar las especificaciones técnicas que integran los actos licitatorios que se sustancien con motivo de la contratación de bienes y servicios en el campo de las comunicaciones de voz.
g) Verificar y controlar el uso de sistemas y equipos de
telecomunicaciones de propiedad de
h) Planificar y asesorar en la distribución de frecuencias radioeléctricas para redes de uso oficial y para radiodifusión pública (AM, FM, y TV) para organismos oficiales, obrando como enlace con los entes nacionales competentes en el tema.
i) Proyectar, planificar y elaborar las especificaciones y memorias técnicas correspondientes para la ejecución de redes radioeléctricas y por vínculos físicos.
j) Evaluar la demanda de servicios y sistemas de telecomunicaciones y radiodifusión. k) Realizar estudios de compatibilidad electromagnética que posibiliten la inserción del mayor uso de frecuencias en todo el ámbito geográfico provincial y coordinando su uso en las zonas o regiones interprovinciales en conjunto con el Estado nacional y efectuar mediciones de compatibilidad electromagnética radiaciones no ionizantes, registrando y participando en la resolución de problemas de interferencias radioeléctricas en el ámbito geográfico provincial.
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.6. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍAS ACCIONES
a) Evaluar e intervenir en el dictamen de los planes,
programas y proyectos en materia de incorporación y difusión del uso de
sistemas de información y tecnologías en el ámbito de
b) Normatizar y normalizar las
estructuras de datos de uso obligatorio en el ámbito de
c) Entender en el desarrollo y supervisión de cumplimiento de metodologías, herramientas e indicadores para evaluar inversiones en sistemas de información y tecnologías, mejorar la calidad de estas decisiones de inversión, de la asignación de recursos financieros y humanos, y de los procesos de contratación vinculados.
d) Administrar la plataforma tecnológica común, su arquitectura y módulos y sistemas de información transversales.
e) Entender en la formulación de los estándares
tecnológicos necesarios para brindar servicios por medios digitales, internos y
externos a
f) Elaborar y proponer el Plan de Seguridad de
g) Coordinar y asistir técnicamente el Portal Único del
Gobierno de
h) Desarrollar y mantener actualizado el sistema de
información de programas y proyectos que tengan por objeto la innovación de la
gestión pública provincial, colaborando con
i) Desarrollar y mantener actualizado el sistema de
información necesario para evaluar el grado de avance en la implementación de
la agenda para innovación en la gestión pública provincial y la estrategia
digital del Gobierno de
j) Asesorar y asistir técnicamente a los organismos con
responsabilidad primaria en el uso de herramientas y metodologías de gestión
del conocimiento, en la producción de información y contenidos digitales y en
desarrollo de Sistemas de Información y Tecnologías de aplicación en
k) 16. Asistir a los organismos y jurisdicciones que
integran
2.6. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍAS
2.6.1. DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE SISTEMAS Y ASISTENCIA TÉCNICA
ACCIONES
a) Desarrollar y mantener en adecuado funcionamiento la plataforma tecnológica común, su arquitectura, módulos y sistemas de información transversales.
b) Formular los estándares tecnológicos necesarios para
brindar servicios por medios digitales, internos y externos a
c) Desarrollar, gestionar y mantener actualizado y en
adecuado funcionamiento el Portal de Servicios Digitales de
d) Brindar asistencia técnica para la administración del
Portal Único del Gobierno de
e) Asistir en la coordinación y brindar asistencia técnica
a los organismos que integran
f) Desarrollar y mantener en adecuado funcionamiento del
sistema de base para la implantación del Trámite Único Simplificado, el sistema
único de mesa de entradas y cualquier otro trámite y sistema que se incorpore a
g) Desarrollar y mantener actualizado el Portal del
Consejo de
h) Elaborar, desarrollar, asistir y controlar la
implementación de programas y proyectos relacionados con
i) Brindar asistencia técnica a los organismos que
integran
j) Desarrollar y realizar las acciones de mantenimiento y brindar la asistencia técnica necesaria para el adecuado funcionamiento del sistema de información de programas y proyectos que tengan por objeto la innovación de la gestión pública.
k) Desarrollar y realizar las acciones de mantenimiento y
asistencia técnica necesarias para el adecuado funcionamiento y actualización
del sistema de seguimiento y evaluación de la implementación de la agenda para
la innovación en la gestión pública provincial y la estrategia digital del
Gobierno de
l) Establecer las prioridades y brindar pautas para la recepción y respuesta de las solicitudes de asistencia técnica y de soporte informático.
2.6. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍAS
2.6.2. DIRECCIÓN DE HOMOLOGACIÓN DE ESTÁNDARES Y CRITERIOS DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
ACCIONES
a) Estudiar y analizar la normativa legal vigente en
materia de criterios, lineamientos, pautas y estándares tecnológicos, así como
política de uso aceptable de los sistemas, datos, información y recursos
tecnológicos asociados en materia del sistema de información y tecnologías de
b) Formular los proyectos de normas que regulen las
estructuras de datos de uso obligatorio en el ámbito de
c) Establecer metodologías de mantenimiento de sistemas y de los equipamientos y recursos tecnológicos - informáticos, y elevarlos para su consideración.
d) Participar y asistir en la coordinación para la
organización, funcionamiento y producción de avances de la comunidad de
responsables de sistemas de información, informática y comunicaciones de los
organismos que integran
2.6. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍAS
2.6.3. DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN
ACCIONES
a) Producir dictámenes previos a la aprobación para la
puesta en marcha de los programas y proyectos en materia de incorporación y
difusión de uso de tecnologías de la información y comunicaciones, evaluando su
factibilidad y su adecuación respecto de las normas conteniendo los criterios,
lineamientos, pautas y estándares tecnológicos en materia del sistema de
información y comunicaciones de
b) Elaborar y supervisar la aplicación de metodologías, diseñar herramientas y establecer indicadores de calidad técnicos y económicos con el fin de optimizar recursos, evaluar el desempeño de los sistemas tecnológicos utilizados, proceder al ajuste de los servicios prestados y corregir los desvíos detectados.
c) Elaborar y supervisar la aplicación de metodologías, herramientas e indicadores para evaluar inversiones en tecnología de información, mejorar la calidad de estas decisiones de inversión, de la asignación de recursos financieros y humanos, y de los procesos de adquisición y contratación de las mismas.
2. SUBSECRETARÍA PARA
2.7. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y TRANSPARENCIA
ACCIONES
a) Contribuir a la transformación del modelo de gestión y las prácticas gerenciales a través de acciones de rendición de cuentas.
b) Establecer e implementar lineamientos para el control y la transparencia en la gestión.
c) Controlar y monitorear programas o áreas de Gobierno,
así como también aquellos organismos descentralizados, empresas públicas y
entes interjurisdiccionales en donde
d) Impulsar actividades que fomenten la transparencia de los actos de gobierno.
e) Generar propuestas e implementar canales de participación para el control ciudadano.
f) Participar en el análisis, adecuación e implementación de normas y procedimientos de gestión.
g) Intervenir en la generación de redes y acuerdos con los
distintos sectores de interés para el desarrollo de las competencias de
h) Impulsar relaciones con distintas organizaciones
tendientes a innovar, modernizar y potenciar la obtención de resultados de
2.7. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y TRANSPARENCIA
2.7.1. DIRECCIÓN DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A
ACCIONES
a) Generar ámbitos de reflexión, debate y divulgación sobre el control gubernamental y la participación ciudadana.
b) Implementar procedimientos que faciliten el libre acceso a la información pública.
c) Formular mecanismos de recepción de demandas de control por parte de la ciudadanía.
d) Proponer a las áreas correspondientes instrumentos y metodologías de participación y control ciudadano.
e) Articular con los Municipios de
2.7. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y TRANSPARENCIA
2.7.2. DIRECCIÓN DE MONITOREO ESTRATÉGICO
ACCIONES
a) Realizar el control interno y concomitante del Gobierno
de
b) Desarrollar el monitoreo concomitante a través de exámenes o evaluaciones de las distintas áreas de gobierno.
c) Coordinar y asistir técnicamente a los equipos de campo en el proceso de auditoría.
d) Efectuar el seguimiento de recomendaciones e informar a la autoridad competente, a los sectores involucrados sobre la implementación de las mismas.
e) Evaluar el cumplimiento eficaz y eficiente de políticas y programas implementados por las distintas áreas y organismos involucrados.
f) Desarrollar manuales de procedimientos y herramientas de apoyo a la tarea de control.
g) Producir y difundir los informes internos pertinentes.
3. SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
ACCIONES
a) Establecer lineamientos y pautas comunes de gestión en materia de recursos humanos correspondientes a los distintos regímenes de personal.
b) Disponer el desarrollo de las herramientas que permitan
un monitoreo permanente de la situación de los recursos humanos de
c) Coordinar la tarea de coordinación de la ejecución de
los relevamientos, registros y controles de los recursos humanos de
d) Supervisar las condiciones laborales en materia
edilicia, ambiental y de salubridad en los ámbitos laborales de
e) Supervisar el sistema de Medicina Ocupacional del Sector Público Provincial y Autoseguro de Riesgos del Trabajo.
f) Desarrollar la coordinación funcional de los organismos sectoriales de Personal, en lo atinente a la administración de los recursos humanos.
g) Desarrollar y supervisar el sistema de control de
gestión de los recursos humanos en el ámbito de
h) Coordinar
i) Determinar, evaluar y organizar los planes y programas
para la administración de los recursos humanos que integran
j) Evaluar y proponer adecuaciones sobre la base de los relevamientos y registros de personal disponibles, tendientes a mejorar la asignación de recursos humanos.
k) Organizar y desarrollar lineamientos de política de los recursos humanos de las distintas dependencias gubernamentales.
l) Ejercer la supervisión de las políticas programadas en materia de recursos humanos y el cumplimiento de las normativas aplicables a los distintos regímenes de personal.
m)Analizar y proponer la actualización y desarrollo de las normas estatutarias y escalafonarias que correspondan de manera conteste a un estado en permanente modernización. n) Analizar y proponer las normas y procedimientos para la confección de planteles básicos, y establecer las pautas para la intervención y emisión de opinión fundada en el proceso de elaboración y aprobación de estructuras orgánico-funcionales de las distintas jurisdicciones, en relación a la afectación y/o disponibilidad de los recursos humanos pertinentes.
o) Evaluar y establecer pautas para la mejora y adecuación de las carreras correspondientes a los distintos regímenes de personal, en relación a los recursos humanos disponibles y su efectiva prestación de servicio.
p) Efectuar el seguimiento de las pautas sobre recursos humanos emergentes del ámbito paritario provincial.
q) Definir los indicadores de gestión en materia de recursos humanos.
r) Generar los programas en auditoría interna en calidad de la gestión.
3. SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
3.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
a) Supervisar operativa y funcionalmente la implantación del Sistema Único Provincial de Administración de Personal, establecido por el Decreto Nº 1.643/07, sus modificatorios y complementarios.
b) Ejercer la coordinación funcional de los organismos sectoriales de personal, en lo atinente a la administración de los recursos humanos.
c) Desarrollar acciones conjuntas, con
d) Entender en el diseño y la formulación de la política
comunicacional y de difusión hacia los recursos humanos de
e) Entender, en coordinación con
f) Elaborar los instrumentos que permitan el control de gestión de los recursos humanos.
3.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
3.1.1. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE DELEGACIONES
ACCIONES
a) Ejercer la coordinación funcional de los organismos sectoriales de personal, respecto a la administración de los recursos humanos.
b) Asistir en la ejecución de las acciones vinculadas con
la implantación del Sistema Único Provincial de Administración de Personal en
los diferentes organismos que integran
c) Ejecutar las estrategias de comunicación y difusión en lo atinente a las pautas de gestión de los recursos humanos.
d) Supervisar e intervenir en el funcionamiento de los organismos sectoriales de personal en todas las jurisdicciones, en relación al cumplimiento de las pautas de gestión y administración en materia de recursos humanos.
e) Canalizar el flujo de información y generar vínculos de enlace permanentes con los Organismos Sectoriales de Personal.
3.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
3.1.2. DIRECCIÓN DE SISTEMAS, GESTIÓN DE DATOS Y ARCHIVOS DOCUMENTALES
ACCIONES
a) Supervisar técnicamente los planes de trabajo a
desarrollar y brindar asistencia técnica y asesoramiento, en coordinación con
b) Elaborar los proyectos de normas de resguardo de datos
y de seguridad de acceso al sistema, en coordinación con
c) Administrar las tablas compartidas o paramétricas del Sistema Único Provincial de Administración de Personal.
d) Generar y gestionar el archivo unificado de
documentación del personal de
3. SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
3.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONDICIONES Y SERVICIOS LABORALES
ACCIONES
a) Coordinar el sistema de Medicina Ocupacional del Sector Público Provincial.
b) Coordinar el monitoreo de las condiciones laborales en los ámbitos de trabajo del sector público provincial, en coordinación con el Ministerio de Trabajo.
c) Coordinar el sistema de gestión del Autoseguro de Riesgos del Trabajo e instruir a los organismos sectoriales de personal en esta temática.
d) Coordinar la implementación de planes dirigidos a la optimización de recursos en la gestión de accidentes, enfermedades profesionales y enfermedades inculpables.
e) Coordinar y supervisar las Juntas Médicas Especializadas a fin de determinar incapacidades jubilatorias y licencias por enfermedad de larga evolución, cambios de funciones y/o tareas.
f) Llevar adelante un diagnóstico actualizado de la problemática de enfermedades laborales.
g) Proponer políticas de optimización de las condiciones
laborales de los recursos humanos de
h) Establecer las pautas generales relativas a la
realización de los exámenes de aptitud psicofísica y de salud periódicos de los
recursos humanos de
i) Desarrollar estrategias tendientes a la optimización de la evaluación y el control del ausentismo por causales de enfermedad.
j) Determinar las pautas para la conformación y la administración de un registro de ámbitos laborales y diagnóstico de las condiciones de labor.
3.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONDICIONES Y SERVICIOS LABORALES
3.2.1. DIRECCIÓN DE MEDICINA OCUPACIONAL
ACCIONES
a) Disponer y realizar las Juntas Médicas Especializadas a fin de determinar incapacidades jubilatorias y expedirse sobre licencias por enfermedad de larga evolución, cambios de funciones y/o tareas.
b) Programar la realización de exámenes de aptitud
psicofísica para el ingreso de personal a
c) Analizar las causales de ausentismo por enfermedad, hacer conocer sus resultados y colaborar en la elaboración y/o modificación de normas, pautas y procedimientos relacionados con la materia.
d) Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas de accidentes, enfermedades culpables y no culpables.
e) Supervisar y auditar las ausencias por causas médicas
en el ámbito de
3.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONDICIONES Y SERVICIOS LABORALES
3.2.2. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE CONDICIONES LABORALES
ACCIONES
a) Actuar como contraparte orientada a planificar y
coordinar la implementación de las políticas emanadas de
b) Llevar adelante un registro de ámbitos laborales y un diagnóstico actualizado de las condiciones laborales en dichos ámbitos.
c) Proponer políticas de optimización de las condiciones laborales.
d) Verificar el cumplimiento de la normativa atinente a las condiciones laborales. e) Identificar y evaluar las causales de riesgos laborales.
f) Proyectar y establecer estrategias de prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
g) Coordinar los planes de difusión y capacitación sobre temas relacionados con la salud, seguridad e higiene en el trabajo.
3.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONDICIONES Y SERVICIOS LABORALES
3.2.3. DIRECCIÓN DE CONTROL DEL AUTOSEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO
ACCIONES
a) Elaborar y proponer pautas de gestión sobre el sistema de Autoseguro de Riesgos del Trabajo.
b) Actuar como contraparte operativa de los organismos prestacionales intervinientes en el sistema de Autoseguro de Riesgos del Trabajo, supervisando la interacción con los organismos sectoriales de personal respecto de esta temática.
c) Actuar como contraparte
operativa de
d) Participar en el proceso de administración y control del sistema prestacional del Autoseguro de Riesgos del Trabajo, en articulación con los organismos competentes.
e) Efectuar el seguimiento funcional del sistema de Autoseguro de Riesgos del Trabajo en todas sus instancias.
f) Elaborar diagnósticos, estadísticas y mediciones respecto del resultado de las prestaciones del sistema de Autoseguro de Riesgos del Trabajo, identificando sus disfuncionalidades y proponiendo su permanente optimización.
3. SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
3.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
a) Interpretar, aplicar y
supervisar el cumplimiento del marco normativo determinado para la
administración de los recursos humanos que integran
b) Consolidar el registro general
de los actos administrativos de los recursos humanos con que cuenta
c) Emitir opinión y establecer criterios respecto de pautas y acciones comunes con las áreas respectivas de las distintas jurisdicciones, en relación al cumplimiento del marco normativo aplicable a los recursos humanos.
d) Conocer y atender la
sustanciación de los sumarios administrativos e informaciones sumarias
originadas por faltas cometidas por agentes de
e) Verificar el cumplimiento de los criterios normativos establecidos en materia de recursos humanos por parte de los organismos sectoriales de personal de todas las jurisdicciones.
f) Intervenir y emitir opinión en el proceso de dictado de los actos administrativos de altas, bajas y/o modificaciones de la situación de revista de los recursos humanos.
g) Intervenir y emitir opinión velando por el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para la confección de los planteles básicos de las distintas jurisdicciones.
h) Participar y emitir opinión en
las propuestas de adecuación y modificación de los regímenes escalafonarios y demás normas jurídicas que rigen las
relaciones laborales de
3.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL
3.3.1. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN LEGAL Y TÉCNICA
ACCIONES
a) Ejecutar la aplicación de políticas, directivas y normas referentes a la administración de recursos humanos.
b) Intervenir emitiendo opinión, en todas aquellas situaciones afines a la materia en las que resulten necesarias definiciones normativas.
c) Supervisar e intervenir en el funcionamiento de los Organismos Sectoriales de Personal de todas las jurisdicciones, en relación al cumplimiento de la normativa en materia de recursos humanos.
d) Promover y participar en la implementación del legajo único de personal.
3.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL
3.3.2. DIRECCIÓN DE SUMARIOS
ACCIONES
a) Expedirse en los sumarios administrativos, previo al dictado de la resolución, aconsejando la sanción a aplicar si hubiere motivo para ello.
b) Expedirse en los supuestos de solicitudes de rehabilitación.
c) Coordinar, programar y controlar la sustanciación de informaciones sumarias y sumarios administrativos originados por hechos, acciones u omisiones que puedan significar responsabilidad disciplinaria por faltas administrativas.
d) Dirigir y verificar el cumplimiento de la metodología de sustanciación de las actuaciones en lo que se refiere a la investigación de los hechos, reunión de pruebas, determinación de responsabilidades y encuadre de las faltas si las hubiere.
e) Efectuar la designación de los instructores sumariantes resolviendo los casos de recusación y excusación.
f) Proponer las medidas preventivas necesarias y dictaminar sobre el modo de resolver los sumarios en esta instancia.
g) Ordenar medidas previas y/o ampliatorias de la instrucción del sumario.
h) Disponer la remisión de los
sumarios a
i) Prestar asistencia técnico-jurídica con motivo disciplinario a pedido de los distintos organismos gubernamentales.
3. SUBSECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
3.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
a) Desarrollar en el ámbito de su
competencia los planes y programas determinados para la administración de los
recursos humanos que integran
b) Proponer medidas y acciones tendientes a mejorar la asignación de recursos humanos.
c) Analizar las posibilidades de mejora de la capacidad de gestión en materia de recursos humanos.
d) Analizar la optimización
permanente de los mecanismos de gestión incorporando criterios innovadores, en
coordinación con
e) Establecer las pautas para el
seguimiento y la evaluación del impacto de las acciones de innovación que se
implementen en materia de recursos humanos, en coordinación con
f) Desarrollar las propuestas de actualización y mejora de las normas estatutarias y escalafonarias de los distintos regímenes de personal.
g) Formular y proponer los
lineamientos y pautas relativos a las políticas y regímenes de personal, en
coordinación con
h) Intervenir, emitiendo opinión,
en las propuestas de creación, modificación o supresión de estructuras
orgánico-funcionales de
i) Administrar en forma general y discriminada, estadística sobre recursos humanos.
j) Planificar estrategias de acción en función del análisis y procesamiento de la información obtenida.
k) Asistir al Subsecretario a
diagramar, formular y elaborar metodologías de evaluación de competencias del
personal que se desempeña en
3.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS
3.4.1. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES
a) Desarrollar acciones tendientes al fortalecimiento de la gestión de recursos humanos, con el objeto de proponer la optimización de la prestación de tales recursos.
b) Analizar la disponibilidad y
funcionalidad de los recursos humanos de
c) Asistir y formular, a
requerimiento de los distintos Organismos del Poder Ejecutivo Provincial,
propuestas respecto a la asignación y readecuación de las dotaciones de
personal existentes para el mejor funcionamiento de las prestaciones y
servicios públicos y en relación al funcionamiento en general de las
dependencias de
d) Intervenir, emitiendo opinión
fundada en cuanto a la disponibilidad y funcionalidad de los recursos humanos
existentes, en las propuestas de creación, modificación o supresión de
estructuras orgánico-funcionales de
3.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS
3.4.2. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO
DE
ACCIONES
a) Verificar el efectivo
cumplimiento de los distintos regímenes estatutarios y escalafonarios
vigentes en los distintos ámbitos dependientes del Poder Ejecutivo, en
coordinación con
b) Implementar las decisiones en materia de actualización y mejora de las normas estatutarias y escalafonarias de los distintos regímenes de personal, de conformidad a los lineamientos dispuestos por la superioridad.
c) Proponer e intervenir en el
establecimiento de nuevas pautas para la mejora y adecuación de la carrera de
los recursos humanos correspondiente a los distintos regímenes de personal, en
coordinación con
3.4. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS
3.4.3. DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
a) Diseñar, coordinar y
supervisar el sistema de carrera administrativa y su relación con el sistema de
administración de personal de
b) Intervenir en la elaboración
de los planes, programas y proyectos relacionados con el desarrollo,
capacitación y formación del personal de
c) Asistir en las actividades de
coordinación que demande la implementación de la política pública de
d) Asistir en las actividades de
coordinación de estudio y formulación de propuestas en materia de sistemas de
carrera para el personal de
e) Analizar y proponer instrumentos para el desarrollo del sistema de la carrera administrativa.
f) Efectuar la revisión periódica y proponer la adecuación de los estatutos y escalafones vigentes, y mantener actualizado el relevamiento de información.
g) Analizar, formular y elaborar
metodologías de evaluación de competencias del personal que se desempeña en
4. SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS E INTERJURISDICCIONALES
Acciones
a) Propiciar el vínculo entre los
Gobiernos Nacional, Provincial, de
b) Realizar estudios, diagnósticos y evaluaciones de temáticas sociales, económicas, políticas, demográficas y de cualquier otra índole, que permitan profundizar el entendimiento multidimensional de las problemáticas del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
c) Proponer acciones y proyectos que tengan por finalidad agilizar y facilitar el impulso y desarrollo del área metropolitana, en coordinación con las áreas competentes en la materia.
d) Planificar, ejecutar, coordinar y evaluar políticas públicas de alcance metropolitano.
e) Participar e integrar equipos de trabajo conformados para la obtención de financiamiento nacional e internacional para la ejecución de obras y proyectos interjurisdiccionales y en las áreas metropolitanas.
f) Representar al Gobierno de
g) Planificar, coordinar y
ejecutar las acciones tendientes al desarrollo sustentable de las islas del
litoral fluvial y marítimo de
h) Actuar de enlace entre el
Poder Ejecutivo y
i) Impulsar la realización de convenios de asistencia recíproca con organismos provinciales y municipales, estableciendo mecanismos permanentes de consulta.
4. SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS E INTERJURISDICCIONALES
4.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS PÚBLICAS METROPOLITANAS
Acciones
a) Formular y desarrollar políticas públicas interjurisdiccionales en el Área Metropolitana.
b) Organizar el relevamiento y procesamiento de datos referidos al medio natural, población, actividades socioeconómicas, uso, ocupación y subdivisión del suelo, transporte, infraestructura de servicios, legislación vigente y toda otra cuestión que conforme una agenda en común con las jurisdicciones involucradas, en conjunto con las reparticiones competentes en la materia.
c) Producir informes y estudios que describan, analicen y diagnostiquen las problemáticas del Área Metropolitana de Buenos Aires, evaluando dimensiones territoriales, poblacionales, económicas, sociales, políticas y de cualquier otra índole que permita avanzar en el diagnóstico de los problemas de la región.
d) Identificar la necesidad de
desarrollo de actividades de investigación y cooperación técnica a los efectos
de abordar las distintas problemáticas metropolitanas de
e) Evaluar el impacto de las políticas públicas implementadas.
f) Promover la articulación de acciones vinculadas a las cuestiones metropolitanas, con organismos públicos y privados.
g) Proponer proyectos legislativos que tengan por finalidad agilizar y facilitar el impulso y desarrollo del área metropolitana, en coordinación con los organismos competentes en la materia.
4.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS PÚBLICAS METROPOLITANAS
4.1.1. DIRECCIÓN DE ESTUDIOS TÉCNICOS METROPOLITANOS
Acciones
a) Organizar el relevamiento de datos referidos al medio natural, población, actividades socioeconómicas, uso, ocupación y subdivisión del suelo, transporte, infraestructura de servicios, legislación vigente y toda otra cuestión que conforme una agenda en común con las jurisdicciones involucradas.
b) Evaluar la información referida a hechos, relaciones y tendencias en el Área Metropolitana, y formular diagnósticos sobre las distintas problemáticas metropolitanas, identificando las instancias de acción interjurisdiccional.
c) Centralizar la información que, sobre el tema de su incumbencia, se produzca.
d) Coordinar con los organismos competentes la elaboración de estudios técnicos para abordar las problemáticas metropolitanas. Actuar como articulador con otros organismos provinciales que posean información relevante, avanzando hacia la instrumentación informática e integrada de la misma.
e) Proponer convenios de cooperación y asistencia con universidades y centros de investigación con la finalidad de dar un marco teórico adecuado a la realidad provincial.
f) Evaluar el impacto y grado de implementación de las políticas públicas implementadas en el AMBA en conjunto con las reparticiones competentes.
g) Proponer mecanismos permanentes de verificación y evaluación de los objetivos y actividades, como así también proponer cursos de acción a seguir para corregir y detectar eventuales desvíos en relación a lo planificado.
4.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICAS PÚBLICAS METROPOLITANAS
4.1.2. DIRECCIÓN DE FORMULACIÓN Y DESARROLLO DE POLÍTICAS
Acciones
a) Proponer criterios para la priorización de los problemas detectados en los diagnósticos en el área metropolitana. Diseñar, ejecutar, coordinar y desarrollar políticas públicas referidas a las problemáticas que afectan la región metropolitana.
b) Coordinar acciones referidas a las problemáticas que afectan la región metropolitana con organismos públicos y privados.
c) Proponer anteproyectos legislativos que tengan por finalidad agilizar y facilitar el impulso y desarrollo del Área Metropolitana, en coordinación con las áreas competentes en la materia.
4. SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS E INTERJURISDICCIONALES
4.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ISLAS
ACCIONES
a) Planificar las acciones
tendientes al desarrollo sustentable de las islas del litoral fluvial y
marítimo de
b) Promover la participación de las entidades públicas y/o privadas nacionales, provinciales, municipales e internacionales, en las políticas que se refieran al desarrollo sustentable del territorio insular, en coordinación con los organismos públicos competentes.
c) Promover la regularización jurídica y administrativa en las tramitaciones para la adjudicación de tierras fiscales, en coordinación con los organismos públicos competentes.
d) Establecer relaciones permanentes con las comunidades del territorio insular para recoger y difundir las inquietudes de los habitantes de esa región.
e) Coordinar acciones, pautas y
criterios con diferentes organismos de
f) Vincular a los productores del
Delta Bonaerense, con los Organismos de
g) Proponer las medidas y
acciones conducentes a la plena consolidación e incremento del sector
productivo involucrado en el área. Elaborar e impulsar programas destinados a
estimular la iniciativa privada en la región insular de
h) Celebrar los convenios para el
otorgamiento de permisos de uso precario respecto de las tierras fiscales localizadas
en las islas del litoral fluvial y marítimo de
i) Instrumentar el control de las registraciones de los ingresos producidos por el pago de canon de ocupación y venta y concursos públicos de venta de tierras fiscales.
j) Implementar acciones que permitan lograr la exacta delimitación de las parcelas de terrenos del territorio insular, en coordinación con los organismos públicos competentes.
k) Cooperar con entidades públicas y/o privadas para el estudio e investigación del territorio insular.
l) Promover la colonización, explotación y conformación de consorcios que tengan el objetivo de aprovechar las tierras fiscales.
m) Participar en los consorcios de productores, habitantes y prestadores de servicios, tendientes a la limpieza, mantenimiento y dragado de los caudales y lechos de los cursos de agua, como así también en el mantenimiento de los caminos isleños, construcción de endicamientos, y de toda obra que permita la recuperación de tierras.
n) Promover todos los medios de comunicación en el Delta Bonaerense ya sean físicos, fluviales o electrónicos, en coordinación con los organismos públicos competentes.
o) Promover actividades de
difusión y promoción turística de las islas del litoral fluvial y marítimo de
p) Implementar estándares de
calidad internacionalmente competitivos a fin de promover la oferta de
q) Incentivar estudios e
investigaciones aplicadas al turismo en las islas del litoral fluvial y
marítimo de
r) Generar estrategias de
identificación relacionadas con las fiestas populares de la región insular de
4.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ISLAS
4.2.1 DIRECCIÓN ISLA MARTÍN GARCÍA
ACCIONES
a) Planificar acciones tendientes
al desarrollo sustentable económico, turístico y social de
b) Coordinar con los distintos
organismos estatales, públicos y privados, las acciones correspondientes a la
aplicación de las políticas de desarrollo de
c) Administrar
d) Organizar las tareas propias
que exijan la conservación, mantenimiento y recuperación de las instalaciones
de
e) Planificar acciones tendientes
al desarrollo turístico sustentable de
4.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ISLAS
4.2.2. DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN DE OBRAS
ACCIONES
a) Proponer y desarrollar programas
destinados a estimular la iniciativa privada en la región de las islas del
litoral fluvial y marítimo de
b) Controlar y verificar el estado de limpieza y profundidad de los cursos y lechos del sistema fluvial del Delta Bonaerense, en coordinación con los organismos públicos competentes.
c) Intervenir en toda formación
de proyectos de obras hidráulicas, tales como dragados, ensanches,
canalizaciones, rectificaciones, estaciones de bombeo, terraplenes y drenajes
superficiales, que se efectúen en la región del litoral fluvial y marítimo de
d) Crear un Comité para el
estudio y elaboración de proyectos de obras hidráulicas o de infraestructura a
realizar en las islas del litoral fluvial y marítimo de
e) Programar acciones que permitan acrecentar y mejorar la infraestructura física que sirva de apoyo a las diversas actividades que se desarrollan en la región.
f) Proponer y desarrollar acciones para estimular el turismo receptivo en la región.
g) Programar estudios e
investigaciones aplicadas al turismo social y comunitario en las islas del
litoral fluvial y marítimo de
h) Coordinar la participación de
los distintos actores sociales en el desarrollo e instrumentación del turismo
social y comunitario en la región insular de
4.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ISLAS
4.2.3. DIRECCIÓN DE TIERRAS FISCALES
ACCIONES
a) Verificar y realizar el
inventario de tierras fiscales en las islas del litoral fluvial y marítimo de
b) Disponer y efectuar inspecciones, a efectos de constatar en cada expediente de tierras fiscales el estado de las mejoras, trabajos y obras que denuncien los interesados, en coordinación con los organismos públicos competentes.
c) Programar y disponer las inspecciones, a efectos de constatar en cada expediente de tierras fiscales el estado de las mejoras, trabajos y obras que denuncien los interesados en coordinación con los organismos públicos competentes.
d) Controlar los registros de ingresos producidos por el pago de canon de ocupación, y venta y concursos públicos de venta de tierras fiscales.
e) Organizar el funcionamiento del sistema informático de modo tal que permita el seguimiento de las tramitaciones relacionadas con tierras fiscales, en coordinación con los organismos públicos competentes.
4. SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS METROPOLITANOS E INTERJURISDICCIONALES
4.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL
Acciones
a) Coordinar los programas, proyectos y acciones de los entes interjurisdiccionales con asiento en el área metropolitana.
b) Elaborar acciones de
fortalecimiento de las relaciones entre los Gobiernos Nacional, Provincial, de
c) Integrar y dar las pautas de participación, coordinación y articulación con los diferentes organismos públicos y privados, en todas las problemáticas que afectan la región metropolitana.
d) Promover el consenso entre dependencias de distintas jurisdicciones nacionales, provinciales e internacionales, tanto en la instancia de diagnóstico como en la formulación e implementación de políticas que den respuesta a las necesidades priorizadas por el Gobierno Provincial.
e) Promover el establecimiento de
acuerdos y pactos con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el
Gobierno de
f) Planificar y organizar
encuentros académicos y de trabajo en forma conjunta con autoridades y
representantes del Gobierno Nacional, de los Gobiernos de las demás Provincias
y de
4.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL
4.3.1. DIRECCIÓN DE RELACIONES METROPOLITANAS
ACCIONES
a) Planificar acciones referidas a las problemáticas de coordinación e interrelación que afectan la región metropolitana con organismos públicos y privados.
b) Analizar la información sobre los problemas metropolitanos detectados.
c) Centralizar la información que, sobre el tema de su incumbencia, se produzca.
d) Coordinar los programas, proyectos y acciones de los entes interjurisdiccionales con asiento en el área metropolitana.
4.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL
4.3.2. DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERJURISDICCIONALES
ACCIONES
a) Desarrollar las actividades de
apoyo necesarias para la coordinación y seguimiento de los Consejos Federales
en los que
b) Concertar con
c) Fomentar las relaciones con organismos legislativos y deliberativos del resto del país, para el tratamiento de problemas comunes. Mantener relaciones con organismos legislativos y deliberativos del extranjero y organismos internacionales.
d) Elevar a
e) Estudiar y proponer, en consulta con otros organismos provinciales con competencia en el área correspondiente, la firma de convenios con unidades del gobierno nacional, provincial o municipal, o instituciones académicas y de investigación y desarrollo, para la constitución y fortalecimiento de una red integral de políticas públicas.
5. SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
ACCIONES
a) Planificar y programar la gestión administrativo contable y de los recursos humanos, materiales y financieros afectados a las áreas dependientes del Ministerio.
b) Coordinar con las áreas del Ministerio el programa anual de contrataciones.
c) Planificar, programar,
implementar, y supervisar las acciones relacionadas con la ejecución de obras y
servicios, propios y/o contratados, necesarios para el normal funcionamiento de
d) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la jurisdicción y controlar su ejecución, realizando, cuando correspondiere, los reajustes contables pertinentes.
e) Supervisar la gestión
relacionada con el despacho de los actos administrativos de
f) Asistir al Señor Ministro en
la formulación y control de ejecución de
g) Intervenir en las reestructuraciones y ampliaciones presupuestarias.
h) Actuar como unidad de enlace institucional entre las distintas dependencias del Ministerio en cuanto a la programación y seguimiento de la gestión.
i) Brindar asesoramiento técnico-administrativo al Ministro de Coordinación y Gestión Pública y Subsecretarios del Ministerio de Coordinación.
j) Intervenir en la realización
de convenios con instituciones públicas y privadas sobre los temas de
competencia de
k) Participar en el delineamiento, coordinación y evaluación de proyectos de financiamiento.
5. SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ACCIONES
a) Programar, conducir, ejecutar y controlar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y las vinculadas con la administración y capacitación de los recursos humanos y el diligenciamiento de los trámites y documentación administrativa que se gestione en el ámbito del Ministerio.
b) Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Ministerio.
c) Asesorar al Ministro, Subsecretarios, Directores Provinciales y Directores en los aspectos técnicos y administrativos de gestión de anteproyectos y proyectos de actos administrativos, asegurando su encuadre en las normas legales y reglamentarias, juntamente con las áreas competentes en la materia.
d) Intervenir en la elaboración de los actos administrativos que deban someterse a la firma del Ministro y Subsecretarios. Coordinar los aspectos administrativos de los mismos.
e) Coordinar, en
f) Determinar y disponer las
auditorías internas que deban llevarse a cabo, relacionadas con las operaciones
administrativo contables de las reparticiones de
g) Programar y prestar los servicios auxiliares necesarios para el buen funcionamiento de la jurisdicción.
h) Organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia. Elaborar el Plan Anual de Contrataciones de la jurisdicción.
i) Elaborar el proyecto del presupuesto anual de la jurisdicción, y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes. Producir informes periódicos sobre la marcha de la ejecución presupuestaria, gastos y recursos.
j) Colaborar en mantener actualizada la información relativa a la estructura organizativa del Ministerio.
k) Organizar y supervisar la promoción de ferias, exposiciones, concursos, muestras, misiones de carácter económico oficiales y privadas, coordinando actividades, pautas y criterios con las demás reparticiones del Ministerio.
5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
5.1.1. DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES
a) Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos administrativo- contables necesarios para la gestión económico-financiera de la jurisdicción.
b) Elaborar el proyecto de presupuesto de la jurisdicción y controlar su ejecución.
c) Organizar las actividades
inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores
asignados a la jurisdicción por
d) Intervenir en forma directa en
la gestión previa y la ejecución de toda compra o venta, ejerciendo los
controles y fiscalización pertinentes, como así también en la confección y
ejecución de todos los contratos, e implementar y fiscalizar el registro de
proveedores de
e) Coordinar, organizar y administrar el Registro Patrimonial de Bienes según las normas y reglamentaciones vigentes, y el funcionamiento y supervisión de todos los sectores a su cargo.
f) Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias de la jurisdicción.
g) Organizar e implementar las
tareas inherentes a la liquidación y formulación de pedidos de fondos de todo
gasto que se abone a través de
h) Planificar, administrar y coordinar, la ejecución de las políticas a ser aplicadas sobre el parque automotor de la jurisdicción, en coordinación con el área rectora en la materia.
5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
5.1.2. DIRECCIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
ACCIONES
a) Programar, coordinar e
implementar los actos administrativos necesarios, para la atención del despacho
de
b) Organizar, implementar y
controlar el debido registro y protocolización de los actos administrativos que
se dicten en el Ministerio, manteniendo el Registro Único Centralizado, como
así también organizar y fiscalizar las tareas de
c) Efectuar el encuadre y
análisis legal de los distintos procedimientos implementados por las diversas
áreas del Ministerio y elaborar y diseñar contestaciones de índole jurídica,
ante solicitudes de otros Organismos al Ministerio de Coordinación y Gestión Pública,
como así también confeccionar los informes circunstanciados requeridos por
d) Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de material bibliográfico y documentación, como asimismo la asignación de espacios físicos y equipamiento.
5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
5.1.3. DELEGACIÓN DE
ACCIONES
a) Coordinar y dirigir las actividades vinculadas a la administración de los recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentaciones y disposiciones determinadas para el sector, y a las pautas emanadas del Organismo Central de Administración del Personal. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios.
b) Organizar y controlar las gestiones, trámites derivados de los temas laborales, y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal.
c) Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
d) Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del personal mediante la elaboración y actualización de los legajos de cada agente y controlar las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.
e) Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera administrativa, concursos y anteproyectos de estructuras, concertando criterios con los organismos competentes, y las relaciones en lo atinente a capacitación del personal con las reparticiones del Ministerio y con el Organismo Central de Administración del Personal.
f) Organizar e implementar actividades de prevención y asesoramiento del personal en lo relativo a la higiene, seguridad y medicina en el ámbito laboral.
g) Implementar mecanismos que
permitan optimizar las capacidades personales en su interacción individual y
grupal, integrando a la diversidad de individuos que conforman la población de
h) Planificar, programar y desarrollar acciones y tareas, tendientes a optimizar los sistemas de información, capacitación y especialización de los recursos humanos, coordinando programas de investigación y capacitación, y concertando pautas con el Instituto Provincial de Administración Pública (I.P.A.P.).
5. SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
5.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
ACCIONES
a) Participar en la elaboración y análisis del anteproyecto de Ley de Presupuesto General, en el análisis y en la evaluación de las asignaciones presupuestarias.
b) Realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución del presupuesto evaluando las propuestas de ajuste y/o modificaciones al mismo.
c) Asistir al Subsecretario en la coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.
d) Supervisar el cumplimiento de la programación trimestral del gasto asignado a cada jurisdicción, de acuerdo a lo informado por el Ministerio de Economía.
e) Realizar la evaluación de la ejecución físico-financiera del presupuesto.
f) Participar en el delineamiento, coordinación y evaluación inherentes a la gestión y ejecución de proyectos con financiamiento externo.
g) Participar en la formulación, coordinación y evaluación de los proyectos y programas con financiamiento del Estado Nacional.
5.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
5.3.1. DIRECCIÓN DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA
ACCIONES
a) Asistir en la elaboración de
b) Analizar las propuestas de ajustes y modificaciones a los presupuestos.
c) Asistir al Director Provincial en la relación con los Organismos Internacionales de Crédito participando en el proceso de aprobación de préstamos.
d) Brindar asistencia y asesoramiento en los aspectos técnicos en la negociación de convenios con financiamiento del Estado Nacional
5.3. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
5.3.1. DIRECCIÓN DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO
ACCIONES
a) Analizar y elaborar informes de seguimiento de la evolución de la ejecución presupuestaria del Sector Público Provincial.
b) Realizar el seguimiento de la ejecución de los convenios de financiamiento con el Estado Nacional.
c) Analizar y producir informes especiales que contengan propuestas sectoriales y/o globales con incidencia presupuestaria.
d) Evaluar el cumplimiento de la programación del gasto.