DEROGADO POR DECRETO 166/18
DECRETO 45/15 B
LA PLATA, 29 de diciembre de 2015.
VISTO el expediente Nº 2166-4217/15 y
CONSIDERANDO:
Que
Que
Que asimismo prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras orgánico- funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demás organismos en ella presentes;
Que el artículo 30 de la citada Ley, establece las
funciones de
Que como consecuencia de ello, es necesario determinar la
estructura de
Que a esos fines, la cartera referida ha procedido a elaborar el proyecto de estructura organizativa, de conformidad con las exigencias de las respectivas áreas de su competencia;
Que asimismo a efectos de no entorpecer los trámites
vinculados con la liquidación y pago de haberes, medio aguinaldo y cualquier
otra erogación correspondiente al ejercicio 2015, el responsable de
Que en los casos en los que la unidad organizativa no haya sufrido modificación alguna, el funcionario de rango inferior a subsecretario oportunamente designado que no haya sido limitado, tramite su limitación, haya renunciado o cesado, se ratifica su designación en el cargo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 -proemio- de
Por ello,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.
Aprobar a partir del día 11 de diciembre de 2015 la estructura orgánico funcional
de
ARTÍCULO 2°.
Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los
siguientes cargos: UN (1) Subsecretario Legal y Técnico; UN (1) Subsecretario
de Desarrollo Institucional, UN (1) Director Provincial de Coordinación Institucional
y Gestión de Proyectos, UN (1) Director Provincial de Asuntos Administrativos;
UN (1) Director Provincial de Asuntos de Personal; UN (1) Director Provincial
de Asuntos Legislativos; UN (1) Director de Enlace Administrativo; UN (1) Director
de Coordinación Institucional; UN (1) Director de Tecnología y Gestión de Proyectos;
UN (1) Director de Enlace Legislativo; UN (1) Director de Proyectos y Control Legislativo;
UN (1) Director de Análisis de Designaciones y Ceses de Personal; UN (1) Director
de Análisis de Trámites de Personal; UN (1) Director de Análisis de
Estructuras, Reglamentaciones y Otros Proyectos; UN (1) Director de Análisis de
Gestión Administrativa; UN (1) Director de Registro Oficial; conforme a los
cargos vigentes que rigen en
ARTÍCULO 3°.
Ratificar las designaciones oportunamente efectuadas en
ARTÍCULO 4°. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 5°.
Disponer que el responsable de
ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades orgánicas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.
ARTÍCULO 7°.
Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la vigencia
del presente, el titular de
ARTÍCULO 8º. Dejar establecido que durante el plazo fijado por el artículo anterior mantendrá su vigencia aquellas unidades orgánico-funcionales con nivel inferior a Dirección oportunamente aprobadas que no fueran modificadas por el presente.
ARTÍCULO 9º. Facultar al Ministerio de Economía para que, a través de las reparticiones competentes, realice las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 10. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Coordinación y Gestión Pública y de Economía.
ARTÍCULO 11. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, y al S.I.N.B.A. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante María Eugenia Vidal
Ministro de Coordinación y Gobernadora
Gestión Pública
Hernán Lacunza
Ministro de Economía
ANEXO II
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
1. SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
ACCIONES
a. Asistir al Secretario Legal y Técnico en el despacho de los actos de alcance general y particular que se sometan a consideración del Poder Ejecutivo, así como también de los distintos asuntos sometidos a su consideración.
b. Evaluar los aspectos legales, técnicos y de gestión de todo acto que se someta a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico.
c. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia en los trámites vinculados a los proyectos de actos administrativos de alcance general y particular.
d. Examinar que los proyectos elevados al Gobernador
cuenten con el requisito establecido por el artículo 145 de
e. Intervenir, a requerimiento del Secretario Legal y Técnico y junto con los organismos competentes, en lo atinente a la elaboración de actos administrativos.
f. Elaborar los actos administrativos cuya redacción le encomiende el Secretario Legal y Técnico.
g. Requerir a los organismos de
h. Asistir al Secretario Legal y Técnico en los asuntos relativos a su competencia específica que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
i. Brindar apoyo técnico-jurídico en todos aquellos supuestos requeridos por el Secretario Legal y Técnico.
1.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS DE PERSONAL.
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos que en materia de asuntos de personal, se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico, verificando y controlando el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como los aspectos técnicos y de gestión de tales proyectos.
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente en los actos administrativos en materia de empleo público dictados por los funcionarios en ejercicio de las facultades delegadas por el Señor Gobernador.
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Intervenir en la revisión y el diseño de los anteproyectos de decretos, resoluciones, y demás actos cuya redacción le encomiende el Subsecretario Legal y Técnico.
e. Elaborar actos administrativos, así como todo otro proyecto cuya redacción le encomiende el Subsecretario Legal y Técnico.
f. Intervenir, a requerimiento de
g. Requerir a los organismos de
h. Asistir al Subsecretario Legal y Técnico en la elaboración de actos en materia de empleo público, en coordinación con las reparticiones con competencia en la materia.
1.1.1. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE DESIGNACIONES Y CESES DE PERSONAL
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos administrativos en
materia de designaciones y ceses del personal de
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa
legal vigente en los actos administrativos en materia de designaciones y ceses
del personal de
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Diseñar y, en su caso, elaborar, los anteproyectos de actos administrativos, en materia de su competencia, cuya redacción le encomiende el Director Provincial, efectuando un análisis tanto formal como sustancial.
e. Intervenir, a requerimiento de la superioridad, con los organismos competentes, en la elaboración de anteproyectos de actos administrativos en materia de su competencia.
f. Requerir a los organismos de
1.1.2. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE TRÁMITES DE PERSONAL
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos administrativos de los diversos trámites en materia de personal, cualquiera sea el régimen aplicable, que se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico, verificando y controlando el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como los aspectos técnicos y de procedimiento de tales proyectos.
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente en los actos administrativos de los trámites en materia de personal, dictados por los funcionarios en ejercicio de las facultades delegadas por el Señor Gobernador.
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Diseñar y, en su caso, elaborar, los anteproyectos de actos administrativos, en materia de su competencia, cuya redacción le encomiende el Director Provincial, efectuando un análisis tanto formal como sustancial.
e. Intervenir, a requerimiento de la superioridad, con los organismos competentes, en la elaboración de anteproyectos de actos administrativos en materia de su competencia.
f. Requerir a los organismos de
1.2. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos que, en materia de asuntos administrativos, gestión, estructuras, reglamentaciones y otros proyectos, se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico, verificando y controlando el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como los aspectos técnicos y de gestión de tales proyectos.
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente en los actos administrativos dictados por los funcionarios en ejercicio de las facultades delegadas por el Señor Gobernador, en materia de su competencia.
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Intervenir en la revisión y el diseño de los anteproyectos de decretos, resoluciones, convenios, acuerdos y demás actos que le encomiende el Subsecretario Legal, y Técnico.
e. Elaborar actos administrativos, convenios y acuerdos, así como todo otro proyecto cuya redacción le encomiende el Subsecretario Legal y Técnico.
f. Intervenir, a requerimiento de la superioridad, con los organismos competentes, en la elaboración de anteproyectos de actos administrativos de alcance general y particular.
g. Requerir a los organismos de
h. Asistir al Subsecretario en la elaboración de los
textos ordenados de leyes y en la reglamentación de éstas, en coordinación con
las reparticiones con competencia en la materia y con
i. Coordinar con los organismos competentes, la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios y demás actos que le encomiende la superioridad, con sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.
1.2.1. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE ESTRUCTURAS, REGLAMENTACIONES Y OTROS PROYECTOS
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos administrativos que, en materia de reglamentaciones, estructuras, y otros proyectos, se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico, verificando y controlando el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como los aspectos técnicos y de procedimiento de tales proyectos.
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente en los actos administrativos dictados por los funcionarios en ejercicio de las facultades delegadas por el
Señor Gobernador en materia de su competencia.
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Diseñar los anteproyectos de decretos reglamentarios, textos ordenados de leyes, aprobación de estructuras y de todo otro proyecto cuya redacción le encomiende el Director Provincial.
e. Elaborar proyectos de actos administrativos, así como todo otro proyecto cuya redacción le encomiende, en el ámbito de su competencia, el Director Provincial.
f. Intervenir, a requerimiento de la superioridad, con los organismos competentes, en la elaboración de anteproyectos de actos administrativos, decretos reglamentarios y otros proyectos.
g. Requerir a los organismos de
1.2.2. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
ACCIONES
a. Analizar los proyectos de actos administrativos en materia de gestión administrativa que se sometan a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico, verificando y controlando el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como los aspectos técnicos y de procedimiento de tales proyectos.
b. Analizar y verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente en los actos administrativos dictados por los funcionarios en ejercicio de las facultades delegadas por el Señor Gobernador en materia de su competencia.
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los actos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Diseñar y elaborar los anteproyectos de actos administrativos cuya redacción le encomiende el Director Provincial, efectuando un análisis tanto formal como sustancial.
e. Intervenir, a requerimiento de la superioridad, con los organismos competentes, en la elaboración de anteproyectos de actos administrativos en materia de su competencia.
f. Requerir a los organismos de
2. SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
ACCIONES
a. Asesorar al Secretario Legal y Técnico en lo relativo a
la planificación y coordinación de las relaciones interorgánicas,
interadministrativas e interjurisdiccionales de
b. Entender en el establecimiento, mantención y fortalecimiento de vínculos con entidades del sector privado y del tercer sector en materia legal y técnica.
c. Promover la participación de
d. Instruir la elaboración de convenios y todo otro acto cuya redacción le encomiende el Secretario Legal y Técnico.
e. Impulsar la implementación de acciones tendientes al
fortalecimiento institucional de
f. Entender en lo relativo a la comunicación institucional
de
g. Instruir el diseño de planes, programas y proyectos vinculados
a la actividad administrativa de
h. Intervenir, a requerimiento del Secretario Legal y Técnico, y junto con los organismos competentes, en lo atinente a la elaboración de anteproyectos de leyes.
i. Analizar y evaluar, en el marco de la competencia
asignada, los anteproyectos de ley que como iniciativa del Poder Ejecutivo sean
elevados para su remisión a
j. Analizar y dar intervención a los organismos que
resulten competentes en razón de la materia en las iniciativas, anteproyectos y
proyectos de ley sancionados por
k. Asistir al Secretario Legal y Técnico en los asuntos relativos a su competencia específica que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
2.1. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
ACCIONES
a. Analizar los aspectos constitucionales y legales de los
proyectos de ley sancionados por
b. Analizar y evaluar los anteproyectos de ley que se
eleven para la remisión por el Poder Ejecutivo a
c. Proponer, en su caso, textos alternativos de los proyectos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
d. Elaborar los decretos de veto o devolución con
observaciones fundadas de los proyectos de ley sancionados por
e. Recepcionar y organizar el registro de las
comunicaciones recibidas por
f. Estudiar, proponer y promover, en coordinación con el área competente, la adecuación y/o correlación, si correspondiera, de la legislación provincial respecto de la normativa de carácter federal.
g. Investigar y asistir técnicamente en temas relacionados a los distintos proyectos legislativos y cuestiones específicas de la materia.
h. Coordinar con los organismos pertinentes, los proyectos de ley que hayan obtenido media sanción legislativa.
i. Intervenir en la organización, coordinación y control
de la gestión de los proyectos de ley sancionados por
j. Analizar y elaborar los proyectos de ley propiciados
por el Poder Ejecutivo para su remisión a
k. Requerir a los organismos de
2.1.1. DIRECCIÓN DE ENLACE LEGISLATIVO
ACCIONES
a. Consultar y coordinar con los organismos pertinentes los proyectos de ley que hayan obtenido media sanción legislativa, a los efectos de su conocimiento y requerimiento de opinión a tenor de sus respectivas competencias.
b. Organizar y controlar la gestión de los proyectos de
ley sancionados por
c. Recepcionar y organizar el registro de las
comunicaciones recibidas por
d. Remitir a
e. Comunicar a
f. Informar a la superioridad respecto del estado parlamentario de los proyectos de ley propiciados por el Poder Ejecutivo.
g. Informar a la superioridad respecto de los asuntos tratados en las distintas sesiones de ambas Cámaras Legislativas.
h. Llevar el registro de Mensajes que el Poder Ejecutivo
remite a
i. Requerir a los Organismos de
2.1.2. DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y CONTROL LEGISLATIVO
ACCIONES
a. Estudiar y analizar los aspectos constitucionales y
legales de los proyectos de ley sancionados por
b. Dar intervención a los órganos y entes competentes en razón de la materia respecto de los proyectos de ley sancionados y los que se encuentren en trámite.
c. Analizar y evaluar los anteproyectos de ley que se
eleven para la remisión por el Poder Ejecutivo a
d. Proponer, en su caso, textos alternativos con sujeción al encuadre normativo vigente; requerir la intervención de los organismos competentes, observando y procediendo a la devolución, debidamente fundada, de aquellos proyectos que no encuadren en la normativa aplicable para su dictado.
e. Supervisar y/o elaborar, conforme la opinión y los
requerimientos de los organismos y/o ministerios con competencia en la materia
que trate el proyecto sancionado, en los casos que determine la superioridad,
los decretos de veto o devolución con observaciones fundadas o de promulgación
de los proyectos de ley sancionados por
f. Tramitar aceptaciones y/o rechazos de vetos.
g. Requerir a los Organismos de
2.2. DIRECCÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y GESTIÓN DE PROYECTOS
ACCIONES
a. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico
administrativo necesario a los órganos que integran
b. Ejecutar las acciones necesarias para la tramitación de los distintos asuntos administrativos, requerimientos judiciales, legislativos, municipales y/o personales que sean dirigidos al Poder Ejecutivo Provincial.
c. Diseñar e implementar planes, programas y proyectos en
materia legal y técnica para la actividad administrativa de
d. Coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el Subsecretario de Desarrollo Institucional, elaborando y proyectando las acciones y los actos necesarios para el logro de los objetivos determinados.
e. Coordinar e implementar los estudios, programas y proyectos especiales que le encomiende el Subsecretario de Desarrollo Institucional.
f. Confeccionar y gestionar la suscripción de convenios y acuerdos de colaboración cuando así se lo encomiende el Subsecretario.
g. Propiciar la elaboración y utilización de sistemas
informáticos en la optimización de procesos llevados a cabo por las diferentes
áreas de
h. Impulsar la implementación de acciones tendientes a
garantizar el fortalecimiento institucional a través de la optimización de los
circuitos y procesos que se efectúan en las dependencias de
i. Efectuar el control de gestión de las distintas áreas
integrantes de
2.2.1. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES
a. Coordinar el funcionamiento de las áreas a cargo del
Secretario Legal y Técnico y asistirlo en la administración de los recursos humanos,
informáticos, materiales y financieros de
b. Organizar y diligenciar las actividades propias de la mesa de entradas, salidas y archivo de la misma.
c. Derivar los trámites y controlar la ejecución, dentro
de los plazos establecidos, de las acciones necesarias para la tramitación de
los distintos asuntos administrativos, requerimientos judiciales, legislativos,
municipales y/o personales ingresados a
d. Asistir en el diseño y coordinar la implementación de planes, programas y proyectos con el objeto de optimizar los aspectos legales y técnicos de la actividad administrativa.
e. Coordinar las relaciones institucionales del Secretario Legal y Técnico, propendiendo al mantenimiento de vínculos formales a fin de articular acciones de interés común.
f. Promover, con los organismos competentes la sistematización de la legislación y la jurisprudencia vigente, y propender a la conformación de una base única de documentación técnico-jurídica.
g. Organizar y mantener actualizado el servicio
bibliográfico y documental de
h. Elaborar boletines informativos diarios e informes
periódicos acerca de los criterios predominantes en doctrina y jurisprudencia
judicial y administrativa y sus modificaciones, para su elevación a
i. Analizar la concordancia y adecuación de la legislación
provincial respecto de la normativa de carácter federal y poner a consideración
del Secretario Legal y Técnico la conveniencia de la adhesión de
j. Implementar proyectos transversales en los aspectos de
competencia de
2.2.2. DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA Y GESTIÓN DE PROYECTOS
ACCIONES
a. Planificar, coordinar e instrumentar el desarrollo y
diseño de nuevas aplicaciones informáticas en el ámbito de
b. Realizar el análisis de factibilidad técnica y operativa de los proyectos informáticos de acuerdo a las pautas emanadas por el Organismo Provincial rector en la materia.
c. Planificar, coordinar y controlar las políticas de
recursos y seguridad informática que se implementen en las distintas
dependencias, áreas y/o sectores de
d. Intervenir y colaborar en la implementación de los
sistemas informáticos desarrollados por el Poder Ejecutivo, en el ámbito de
e. Organizar y brindar el servicio de asistencia al
usuario necesaria para el correcto funcionamiento de los recursos informáticos,
equipos, redes y comunicaciones, software y aplicaciones en el ámbito de
f. Definir los lineamientos generales a seguir en materia
de comunicación interna y externa de
g. Diseñar la imagen institucional y elaborar el programa
de difusión y comunicación de las actividades desarrolladas por
h. Impulsar la implementación de acciones tendientes a
garantizar el fortalecimiento institucional para la optimización de los
circuitos y procesos que se efectúan en las dependencias de
i. Planificar y desarrollar actividades de capacitación
que permitan optimizar el funcionamiento de las diversas áreas que componen
j. Evaluar y realizar el seguimiento de los planes y
proyectos impulsados por
k. Asistir a las áreas y/o sectores de
l. Promover la participación en actividades de
investigación, reuniones, jornadas y/o conferencias que interesen a
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DIRECCIÓN DE ENLACE ADMNISTRATIVO
ACCIONES
a. Encausar los requerimientos administrativos necesarios
para la gestión de
b. Asistir técnicamente y coordinar el análisis,
planeamiento y diseño de procesos, flujos de trabajo y procedimientos
administrativo-contables, asesorando a tal efecto a
c. Planificar conforme los lineamientos fijados
d. Participar con
e. Intervenir, en la gestión previa y en el seguimiento de
la ejecución de toda compra, contratación y licitación de bienes y servicios, y
de otros gastos, de acuerdo a la normativa de aplicación vigente en la materia,
conforme las pautas fijadas por
f. Asistir y participar en la apertura de los actos
licitatorios, concursos, compulsas y otros actos, en orden a las verificaciones
y supervisión de las determinaciones especificadas en las normas de aplicación,
conforme los lineamientos fijados por
g. Efectuar las rendiciones correspondientes a los gastos
de caja chica del organismo, conforme el sistema establecido por
h. Recepcionar y conformar los bienes y servicios solicitados.
i. Conformar gastos que se correspondan con requerimientos
previos, autorizados y aprobados por el titular de su Jurisdicción, o por
j. Coordinar, organizar y administrar el registro
patrimonial de bienes muebles e inmuebles, según las normas y reglamentaciones
vigentes, coordinando acciones con las áreas pertinentes de
k. Programar, coordinar e implementar los actos
administrativos necesarios para la atención del despacho de
l. Organizar, implementar y controlar el debido registro y
protocolización de los actos administrativos que se dicten en el área como, así
también, organizar y fiscalizar las tareas de la mesa general de entradas,
salidas y archivos, el registro de las actuaciones que ingresan y egresan de
ll. Coordinar y supervisar el funcionamiento de un archivo
de normas y documentación necesario a
m. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la
prestación de los servicios auxiliares, de correspondencia, de mantenimiento,
automotores, entre otros, necesarios para el normal funcionamiento de las áreas
y dependencias de
n. Intervenir en la administración de recursos humanos de
ñ. Concentrar y remitir en tiempo y forma al área
competente, el flujo de información necesario para la liquidación actualizada.
de haberes, servicios extraordinarios, viáticos, movilidad, y todo otro
emolumento que oportunamente corresponda liquidar al personal del organismo,
cuando no se cuente con Delegaciones de Personal en los términos del Artículo
125 de
DIRECCIÓN DE REGISTRO OFICIAL
ACCIONES
a. Organizar el registro y despacho de los actos del Señor
Gobernador, del Secretario Legal y Técnico y demás funcionarios de
b. Protocolizar y registrar los actos dictados por el
Señor Gobernador, el Secretario Legal y Técnico y demás funcionarios de
c. Llevar el registro de las leyes y convenios provinciales.