DECRETO-LEY 7876/72

 

Desafectando del dominio de la Provincia lotes de terreno, y hágase entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich.

 

LA PLATA, 10 de MAYO de 1972.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por De­creto 717/71, Punto 2.4. y la Política Nacional número 5, inciso a), en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el. artículo 9º, del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PRO­VINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE­

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Desaféctense del dominio de la Provincia de Buenos Aires los lotes de terreno ubicados en la ciudad y partido de Berisso, designadas según Catastro como Circunscripción VII, Sección H, Manzana 304, Parcelas 26a. y 26b., con una superficie total de sete­cientos setenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados (774,41 m2), inscripción de dominio en las ma­trículas 5.971 y 5.972, del partido de Berisso (114).

 

ARTÍCULO 2.- Establécese que con intervención de la Escribanía Ge­neral de Gobierno se efectuarán las diligencias necesarias tendientes a dejar sin efecto la anotación de dominio a favor de la Provincia de Buenos Aires de los lotes referidos en el artículo 1º y se pro­cederá a hacer entrega de los mismos al señor Nicolás Romualdo Inocencio Kastelanovich.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.