DECRETO 670/2022

LA PLATA, 21 de Junio de 2022

VISTO el expediente EX-2022-17772759-GDEBA-IPLYCMJGM del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, por el cual se gestiona la aceptación de las renuncias y la designación de diversas personas, y

CONSIDERANDO:

Que Leandro Salvador JIMÉNEZ presentó la renuncia, a partir del 25 de abril de 2022, al cargo de Gerente General de Administración y Finanzas del Hipódromo de La Plata, quien había sido designado por Decreto Nº 841/2020;

Que Yanina Cecilia REISVIG presentó la renuncia, a partir del 25 de abril de 2022, al cargo de Gerenta de Contabilidad y Finanzas del Hipódromo de la Plata, quien había sido designada por Decreto Nº 197/2021;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la funcionaria y el funcionario salientes no poseen actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que por Decreto N° 1278/16 se aprobó el régimen modular para el Personal de Gabinete, en virtud del cual se le asigna a la persona, en calidad de remuneración, una cantidad de módulos mensuales en función del nivel jerárquico del/de la funcionario/a al/a la que asiste;

Que, en esta instancia, se propicia la designación, a partir del 26 de abril de 2022, de Leandro Salvador JIMÉNEZ y de Yanina Cecilia REISVIG en cargos de la Planta Temporaria – Personal de Gabinete del Presidente del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, con la cantidad de módulos en cada caso señalada;

Que las personas propuestas reúnen las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar debidamente la función;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la gestión encuadra en lo establecido por los artículos 14 inciso b), 111 inciso a) y 113 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;

 Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio-de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.4.07 - Entidad 020 - MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS -Administración General Hipódromo de La Plata, a partir del 25 de abril de 2022, la renuncia presentada por Leandro Salvador JIMÉNEZ (DNI N° 24.353.622 – Clase 1975) al cargo de Gerente General de Administración y Finanzas, quien había sido designado por Decreto Nº 841/2020, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.4.07 - Entidad 020 - MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS – Administración General Hipódromo de La Plata, a partir del 25 de abril de 2022, la renuncia presentada por Yanina Cecilia REISVIG (DNI Nº 23.851.296 – Clase 1974) al cargo de Gerenta de Contabilidad y Finanzas, quien había sido designada por Decreto Nº 197/2021, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.4.07, Instituto Provincial de Lotería y Casinos, a partir del 26 de abril de 2022, en cargos de la Planta Temporaria – Personal de Gabinete del Presidente del citado Instituto, a Leandro Salvador JIMÉNEZ (DNI N° 24.353.622 – Clase 1975), con una cantidad asignada de dos mil ciento ochenta y dos (2.182) módulos mensuales, y a Yanina Cecilia REISVIG (DNI N° 23.851.296 – Clase 1974), con una cantidad asignada de un mil seiscientos treinta y nueve (1.639) módulos mensuales, de conformidad con lo previsto en el Decreto N° 1278/16, y en los términos de lo dispuesto por los artículos 111 inciso a) y 113 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), modificada por Ley N° 14.815 y sus prórrogas, y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador