DECRETO 533/2026

LA PLATA, 30 de Abril de 2026

VISTO el expediente EX-2026-06855221-GDEBA-HZPDRCMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Estefanía Patricia ORTIZ en el Hospital Interzonal General de Agudos "Prof. Dr. Ramón Carrillo" de Ciudadela – Tres de Febrero, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 3491/21 y modificatoria del Ministerio de Salud y Disposición N° 248/21 y rectificatoria de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5° y 21 inciso b) de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto N° 1192/91 y su ampliatorio Decreto N° 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Licenciado/a en Enfermería, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "Prof. Dr. Ramón Carrillo" de Ciudadela – Tres de Febrero;

Que conforme al Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Estefanía Patricia ORTIZ para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias, detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 6 de diciembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarias para desempeñar el cargo para el que ha sido propuesta, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por, a partir del 6 de diciembre de 2021, la designación con carácter interino de la profesional mencionada, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, formalizada por Resolución N° 4191/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2026 – Ley N° 15.557;

Que, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644), ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por la agente de referencia con relación al cargo que posee en el Hospital Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield, a partir del 6 de diciembre de 2021, y por el periodo comprendido entre el 15 de abril de 2019 y la fecha consignada precedentemente;

Que Estefanía Patricia ORTIZ se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto N° 1192/91 y su ampliatorio Decreto N° 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 6 de diciembre de 2021, la designación de Estefanía Patricia ORTIZ (DNI 32.294.114 – Clase 1986) como Licenciada en Enfermería, en grado de Asistente, con carácter Interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "Prof. Dr. Ramón Carrillo" de Ciudadela – Tres de Febrero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, dispuesta por Resolución N° 4191/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 6 de diciembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471 y modificatorias, a Estefanía Patricia ORTIZ (DNI 32.294.114 – Clase 1986) como Licenciada en Enfermería, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "Prof. Dr. Ramón Carrillo" de Ciudadela – Tres de Febrero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto N° 1192/91 y su ampliatorio Decreto N° 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644), ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por la profesional que se menciona en el artículo precedente, con relación al cargo que posee en el Hospital Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield a partir del 6 de diciembre de 2021, y por el periodo comprendido entre el 15 de abril de 2019 y la fecha consignada precedentemente.

ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 15 – Subprograma: 1 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 840 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2026 – Ley N° 15.557.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro;  Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.