LEY 1591

 

Estudios y conservación de caminos generales.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DEL ESTADO DE BUENOS

AIRES, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de un millón de pesos moneda corriente en el estudio y conservación de los caminos generales de la Provincia.

 

ARTÍCULO 2.- Esta suma será abonada del pro­ducido de la tierra pública.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.