LEY 6808
Reunión hípica a beneficio del Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Dirección General de Hipódromos para organizar una reunión de carreras en el Hipódromo de La Plata, en el presente año y fuera del programa, cuyo producido, una vez deducidos los gastos de explotación, será entregado al Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires, para el cumplimiento de las necesidades contempladas por su estatuto.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.