LEY 7055

 

Transferencia a la Municipalidad del Partido de General Arenales, de reservas fiscales ubicadas en el pueblo de Ascensión.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a favor de la Municipalidad del Partido de General Arenales, desafectándolas del uso público, que las mismas reconocen, las reservas fiscales ubica­das en el pueblo de Ascensión, jurisdicción del mencionado partido, identificadas catastralmente como: Circunscripción IV, Sección B, Quintas diecinueve (19) y veinte (20), con superficie de nueve hec­táreas, noventa y cinco áreas, noventa y siete centiáreas (9 hecs. 95 as. 97 cs.), con la situación, dimensiones y linderos que resultan de la escritura de donación otorgada por el señor Jacinto Videla, a favor del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 11 de Marzo de 1890, por ante la Escribanía General de Gobierno, cuya inscripción tramita por expediente 2.306 - 112 - 301/964, con destino a la ampliación del radio urbano de la citada localidad; debiendo el Municipio dejar reservas necesarias para sí y para la Policía de la Provincia, a los efectos de cumplimentar el cargo establecido en la donación.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.