DEROGADA POR LEY 8153

 

DECRETO-LEY 7260/66

 

Convenio sobre jurisdicción y dominio de las islas “Las Lechiguanas”.

 

LA PLATA, 30 de DICIEMBRE de 1966.

 

VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 4999/66, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícase el acuerdo suscripto por los señores Gobernadores de Entre Ríos y Buenos Aires el 11 de Noviembre de 1959, relacionado con la jurisdicción pública y el dominio de las islas “Las Lechiguanas”, dejando resuelto el límite entre ambas Provincias.

 

ARTÍCULO 2.- Atenta la ratificación del mismo acuerdo hecho por la Provincia de Entre Ríos en la Ley 4445 hágase saber al Poder Ejecutivo Nacional a los fines del artículo 67, inciso 14 de la Constitución Nacional.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.