LEY 6344
Declarando de utilidad pública terreno en “Villa España”, partido de Quilmes, para un establecimiento escolar.
NOTA: Ver Ley 6578, desafecta lo establecido en el art. 1º.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación, las parcelas 1 a 13 inclusive y 31 a 34 inclusive, de la Manzana 36, Sección M, Zona IV, ubicadas en la localidad de Villa España, partido de Quilmes, con destino a la construcción de un edificio para la habilitación de un establecimiento de carácter escolar.
ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.