DECRETO 1969/02
LA PLATA, 21 de agosto de 2002.
VISTO el expediente Nº 2100-5931/00 por el cual se dictó el Decreto Nº 1859/02 relacionado con la expropiación de diversos inmuebles ubicados en la localidad de Ezpeleta, partido de Quilmes, declarados de utilidad pública, mediante Ley Nº 12524, para ser donados a la Sociedad Cultural y de Fomento Barrio Arrieta, con cargo a la construcción de un Polideportivo y ampliación del Jardín de Infantes Nº 935; y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Catastro Territorial identifica el bien como: Circunscripción IV, Sección H, Manzana 47, Parcelas 1, 2 y 3 del Partido de Quilmes y que además están ocupados por la mencionada Sociedad; todas ellas se encuentran inscriptas a nombre de Carner – Parma Sociedad Anónima;
Que la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía informa que el Presupuesto 2002, para la Gobernación -Créditos Específicos- aprobados por la Ley 12874, no ha contemplado créditos en la partida específica para la atención de la presente erogación (Bienes Preexistentes);
Que analizados los analizados los antecedentes corresponde desistir de la presente expropiación, conforme lo autoriza el Artículo 43 de la Ley General de Expropiaciones Nº 5708;
Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno; informado la Contaduría General de la Provincia y producido vista Fiscalía de Estado;
Que remitidas las actuaciones al Fiscal de Estado este advierte la necesidad de rectificar el tercer considerando y el Artículo 1º del Decreto citado en el exordio así como la necesidad de incluir la orden de comunicar el acto a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a fin de dejar sin efecto la anotación marginal preventiva;
Que asimismo y conforme con lo expresado precedentemente resulta pertinente dejar sin efecto el citado acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 1859 de fecha 6 de agosto de 2002 por los motivos expresados en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º.- Desístese de la expropiación de diversos inmuebles, ubicados en el Partido de Quilmes declarados de utilidad pública por Ley 12524, para ser donados a la Sociedad Cultural y de Fomento Barrio Arrieta, con cargo a la construcción de un Polideportivo y ampliación del Jardín de Infantes nº 935, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese el presente a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a fin de dejar sin efecto la anotación preventiva de expropiación en el asiento concerniente a los bienes citados en exordio.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.