DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 3.685

La Plata, 3 de diciembre de 2007.

VISTO el expediente N° 21200-9419/06 alcance 3/07, por el cual tramita la prórroga del Convenio para la Extensión del Programa de Fortalecimiento de la Justicia Penal al conjunto de la Provincia de Buenos Aires y la prórroga de su Acuerdo Complementario, y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2100/06 se aprobó el Convenio citado en el exordio de la presente, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") y asimismo se aprobó el Acuerdo Complementario firmado por el Ministro de Justicia y por el Director Ejecutivo del Centro de Estudios mencionado;
Que la vigencia de dichos instrumentos se extendió hasta el 30 de junio de 2007 y teniendo en cuenta que el plan piloto llevado a cabo en Mar del Plata, San Martín y Zárate-Campana ha demostrado ser eficiente para el mejoramiento de la Justicia Penal, las partes consideraron necesario profundizar la citada experiencia con el fin de garantizar su desarrollo futuro, razón que motivó que acordarán la prórroga del Convenio y de su Acuerdo Complementario, con modificaciones, hasta el 31 de diciembre de 2008,
Que por la prórroga del Acuerdo Complementario el Ministerio de Justicia se obligó a cubrir los gastos de traslado y alojamiento de los equipos técnicos del Centro de Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") a partir del 1º de enero de 2008 y hasta su vencimiento, por la suma máxima y total de pesos treinta y cinco mil setecientos doce ($ 35.712);
Que la Dirección de Contabilidad dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia fijó el compromiso provisorio del gasto;
Que la Dirección Provincial de Presupuesto tomó intervención (foja 29) por encuadrar la presente gestión en los términos del artículo 16 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley N° 7764/71) y sus modificatorios;
Que se expidieron favorablemente con el presente trámite a fojas 14/14 vuelta la Asesoría General de Gobierno, a fojas 17/17 vuelta la Contaduría General de la Provincia y a fojas 20/21 el Fiscal de Estado;
Que la presente gestión encuadra dentro de los términos de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley N° 7764/71) y sus modificatorio y del Reglamento de Contrataciones vigente (T.O. del Decreto N° 3300/72, conforme la resolución N° 300/07 del Contador General de la Provincia);
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

 

ARTICULO 1° - Aprobar la prórroga del Convenio para la Extensión del programa de Fortalecimiento de la Justicia Penal al conjunto de la Provincia de Buenos Aires, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Centro del Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") y la prórroga de su Acuerdo Complementario firmado por Ministro de Justicia y el Director Ejecutivo de dicho Centro de Estudios, aprobados por Decreto N° 2100/06, los que pasan a formar parte integrante del presente Decreto como Anexo Unico, en ambos casos hasta el 31 de diciembre de 2008 y por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTICULO 2° - Autorizar a la Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia a efectuar la transferencia hasta la suma máxima y total de pesos treinta y cinco mil setecientos doce ($35.712), para cubrir los gastos de traslado y alojamiento que demande la intervención de los equipos técnicos del Centro de Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") en el desarrollo del Convenio cuya prórroga se aprueba en el artículo primero, conforme se describe y detalla en el Acuerdo Complementario, que forma parte integrante del presente acto, de acuerdo a los términos de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley N° 7764/71) y sus modificatorios y del Reglamento de Contrataciones vigente (T.O del Decreto N° 3300/72. conforme la Resolución N° 952/04 del Contador General de la Provincia).
ARTICULO 3° - El gasto que demande el cumplimento de lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con cargo al ejercicio 2008.
ARTICULO 4° - El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Justicia.
ARTICULO 5° - Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, y pasar al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.

 

Eduardo L. Di Rocco

Felipe Solá

Ministro de Justicia

Gobernador

 

PRORROGA CONVENIO PARA LA EXTENSION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA PENAL AL CONJUNTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

Las partes en el presente Acuerdo de Cooperación: La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Presidente, Dr. Daniel Fernando Soria, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Titular, la Señora Procuradora General, Dra. María del Carmen Falbo, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Señor Ministro de Justicia, Dr. Eduardo Luis Di Rocco, y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") representado por su Director Ejecutivo, Señor Juan Enrique Vargas Viancos, y

CONSIDERANDO
Que la cláusula sexta del "CONVENIO PARA LA EXTENSION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA PENAL AL CONJUNTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES" prevé la posibilidad de prórroga del mismo.
Que durante el segundo semestre del año 2005 se implementó el Plan Piloto para el Reforzamiento del Sistema Acusatorio en el Departamento Judicial de Mar del Plata.
Que durante el segundo semestre del año 2006 el mencionado plan se llevó a cabo en los Departamentos Judiciales de San Martín y Zárate-Campana, arrojando resultados positivos en términos de transparentar el funcionamiento de la Justicia Penal, reducir la duración de los procesos y favorecer el uso temprano de salidas alternativas al conflicto penal.
Que asimismo por Resolución de la Suprema Corte de Justicia N° 1595/07, el plan comenzó a implementarse el día 2 de julio del corriente año en los Departamentos Judiciales de Necochea y Pergamino, y el 6 de agosto del año en curso, en los Departamentos Judiciales de Mercedes y La Matanza.
TENIENDO EN CUENTA que el plan piloto llevado a cabo en Mar del Plata, San Martín y Zárate Campana ha demostrado ser eficiente para el mejoramiento de la Justicia Penal y que es necesario profundizar la citada experiencia con el fin de garantizar su desarrollo futuro.
AFIRMANDO la importancia de coordinar los esfuerzos de las Partes con el fin de mejorar constantemente los niveles de justicia que se le ofrece a la ciudadanía de la Provincia de Buenos Aires y de expandir el plan piloto a otros Departamentos Judiciales en forma gradual hasta completarse el total de los mismos en el año 2008.
HAN CONVENIDO el suscribir la presente Prórroga al Acuerdo de Cooperación:
PRIMERA: Las instituciones que suscriben el presente acuerdan la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2008 del "CONVENIO PARA LA EXTENSION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA PENAL AL CONJUNTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES", suscripto por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas ("CEJA") el día 28 de junio de 2006, con vencimiento el día 30 de junio de 2007.
SEGUNDA: Las partes acuerdan las siguientes modificaciones al Convenio mencionado en la cláusula anterior:
1°) Las partes acuerdan la modificación del inciso c. de la cláusula cuarta estableciendo que: "... c. AL CEJA le corresponderá prestar asistencia técnica en todas las etapas del programa, tanto en el diseño como en su ejecución, transfiriendo experiencias y tecnologías ya probadas en otros lugares de América Latina. Además le corresponderá desarrollar el seguimiento del programa y la elaboración de reportes periódicos del mismo. A tales fines podrá articular con organizaciones no gubernamentales de índole local, las cuales le servirán de apoyo en la ejecución de programa en los Departamentos Judiciales que el CEJA asigne, conforme el cronograma que se acuerde.
2°) Las partes convienen contemplar la posibilidad de extender los efectos de este convenio al Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil.
3°) Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio con una anticipación de 30 días.
En prueba de su conformidad las partes suscriben cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, Capital de la Provincia de Buenos Aires, a los 22 días del mes de noviembre de 2007.

 

PRORROGA DEL ACUERDO COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO PARA LA
EXTENSION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA PENAL AL CONJUNTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

Entre el Señor MINISTRO DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Dr. Eduardo Luis Di Rocco, y el DIRECTOR EJECUTIVO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE JUSTICIA DE LAS AMERICAS ("CEJA") Dr. Juan Enrique Vargas Viancos, en adelante el CEJA, manifiestan la voluntad de prorrogar el acuerdo complementario al Convenio para la extensión del programa de fortalecimiento de la Justicia Penal al Conjunto de la Provincia de Buenos Aires, suscripto por este Ministerio de Justicia, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia, y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas, y

CONSIDERANDO:
Que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Presidente, Dr. Daniel Fernando Soria, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia, representada por su Titular, la Señora Procuradora General, Dra. María del Carmen Falbo, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Señor Ministro de Justicia, Dr. Eduardo Luis Di Rocco, y el Centro de Estudios de Justicia de las América ("CEJA") representado por su Director Ejecutivo, Señor Juan Enrique Vargas Viancos, han resuelto prorrogar el Convenio para la Extensión del Programa de Fortalecimiento de la Justicia Penal al Conjunto de la Provincia de Buenos Aires.
Que por tal motivo, y habiéndose suscripto oportunamente un Acuerdo Complementario entre el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el CEJA, corresponde proveer la continuidad del Acuerdo bilateral suscripto.
Por todo lo expuesto las partes convienen en prorrogar el Acuerdo complementario aprobado por el Decreto N° 2.100/06 y suscripto el día 28 de junio de 2006, conforme a las siguientes cláusulas modificatorias:
PRIMERO: Las partes, de común acuerdo, convienen en prorrogar el Acuerdo Complementario al Convenio para la Extensión del Programa de Fortalecimiento de la Justicia Penal al Conjunto de la Provincia de Buenos Aires enunciado en el considerando, hasta el 31 de diciembre de 2008, con Ias reformulaciones que a continuación se consignan.
SEGUNDO: Los firmantes convienen en ampliar el plazo hasta el 28 de febrero de 2008 para la presentación de los informes y evaluaciones correspondientes al Módulo 5to. del Anexo I del Acuerdo Complementario suscripto con fecha 28 de junio de 2006, manteniéndose los valores allí acordados.
A partir del 1° de enero del año 2008 hasta el vencimiento de la presente prórroga, el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires cubrirá los gastos de traslado y alojamiento de los equipos técnicos del CEJA en el desarrollo del "CONVENIO PARA LA EXTENSION DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA PENAL AL CONJUNTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES", cuya asistencia con presencia en el País sea previamente decidida y solicitada por el Comité de Seguimiento conformado por representantes de la Suprema Corte de Justicia, la Procuración General y eI Ministerio de Justicia, hasta la suma máxima y total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DOCE ($35.712,00) por el referenciado período.
TERCERO: Los gastos en concepto de honorarios, horas cátedra o cualquier otro emolumento o remuneración correspondientes al desempeño de los equipos técnicos asignados por el CEJA estarán enteramente a cargo de dicha institución.
CUARTO: Para todos los efectos legales derivados del presente convenio las partes se someterán al fuero contencioso administrativo del departamento judicial de La Plata, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder en razón de las personas, lugares o materias.
QUINTO: Las partes podrán denunciar el presente acuerdo, en caso de estimarlo necesario, con una antelación de 30 días, mediante comunicación fehaciente.
En prueba de su conformidad las partes suscriben dos mismos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, capital de la Provincia de Buenos Aires, a los 23 días del mes de noviembre de 2007.

 

Juan Enrique Vargas Viancos

Eduardo Luis Di Rocco

Director Ejecutivo

Ministro de Justicia

Centro de Estudios de Justicia

 

de las Américas