DECRETO 7/2023
LA PLATA, 10 de Enero de 2023
VISTO el expediente EX-2022-37145832-GDEBA-DMGESYAMJGM, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante el cual se propicia la modificación del Decreto N° 2133/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 2133/09 se determinó, a partir del 1° de enero de 2011, en la Jurisdicción Secretaría General de la Gobernación, Subsecretaría de Modernización del Estado, Dirección Provincial de Gestión Pública, en la Planta Permanente sin Estabilidad, la creación de veinticinco (25) cargos de Expertos en Gestión Pública, con rango y remuneración equivalentes al cargo de Director/a, conforme a lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96;
Que el referido decreto constituyó, asimismo, el Cuerpo de Expertas y Expertos en Gestión Pública, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento institucional, formando un equipo técnico especializado en Gestión Pública para implementar procesos de mejora e innovación de la gestión;
Que por el artículo 6° se determinó que las/os Expertas/os en Gestión Pública durarían en sus funciones un período máximo de cinco (5) años contados a partir de su designación, artículo que fuera posteriormente modificado por los Decretos N° 670/19, N° 436/2020 y N° 1241/2020, determinándose en este último que las/os mismas/os permanecerían en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2022;
Que por el Decreto N° 209/13 se efectivizó la designación de las/os Expertas/os en Gestión Pública en el ámbito de la entonces Subsecretaría para la Modernización del Estado de la Secretaría General de la Gobernación;
Que el Cuerpo de Expertas y Expertos en Gestión Pública es un equipo de trabajo interdisciplinario, integrado por profesionales provenientes de diferentes organismos de la Administración Pública Provincial, seleccionadas/os a través del Programa de Expertos en Gestión Pública, especializadas/os en la temática, con experiencia en gestión y un rol activo para la promoción del fortalecimiento institucional y la mejora del Estado;
Que su principal función radica en asistir en la toma de decisiones gubernamentales a las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Provincial, brindando apoyo técnico para la implementación de mejoras en la gestión en las siguientes actividades: asesoramiento, investigación, planificación, programación, organización, conducción, coordinación, seguimiento y capacitación;
Que el mentado cuerpo permite a los organismos provinciales implementar acciones que escapan a la gestión operativa diaria, generando un valor agregado en el desarrollo de productos y servicios de calidad, con el objetivo de darles a los/as ciudadanos/as servicios más modernos y eficientes;
Que la experiencia recogida en la implementación de asistencias técnicas, como asimismo la demanda constante y sostenida en el tiempo por parte de diversos organismos de la Administración Pública Provincial, evidencia la necesidad de continuar con la iniciativa y proceder a una readecuación de los términos de la vigencia de las designaciones de las/os Expertas y Expertos en Gestión Pública;
Que, en ese orden de ideas, se estima oportuno y conveniente modificar el artículo 6° del Decreto N° 2133/09, modificado por los Decretos N° 670/19, N° 436/2020 y N° 1241/2020, y establecer que las/os integrantes del Cuerpo de Expertas y Expertos en Gestión Pública permanecerán en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2024, debiendo reportar el resultado de su labor en forma directa al/a la titular de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, o la repartición que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto N° 1241/2020 incorporó al Decreto N° 2133/09 el artículo 6° BIS, dejando establecido que cuando la/el Experta/o en Gestión Pública acumulara calificaciones “negativas” durante dos (2) períodos de evaluación consecutivos, o calificación “regular” o “negativa” durante tres (3) períodos de evaluación consecutivos, sea de manera continua o alternada, se procederá a la baja del cargo de Experta/o en Gestión Pública, por razones debidamente fundadas;
Que, asimismo, el referido decreto sustituyó el artículo 9° del Decreto N° 2133/09, facultando a la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes, o a la repartición que en el futuro la reemplace, a disponer la baja del cargo de Experta/o en Gestión Pública en los casos establecidos en el artículo 6° BIS, como así también a llevar a cabo las medidas que fueren necesarias a los fines de su cumplimiento;
Que, por Resolución N° 59/2020 de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes, se aprobó el Reglamento para el ejercicio del cargo de Experta/o en Gestión Pública y su desempeño, en la que, entre otros aspectos, se estableció el procedimiento de Evaluación de la/del Experta/o en Gestión Pública;
Que el Decreto N° 208/2022 modificó la denominación de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes por Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y, asimismo, estableció dentro de sus acciones aquellas relativas a coordinar y supervisar al Cuerpo de Expertas y Expertos en Gestión Pública, definiendo los lineamientos estratégicos, planes y programas en los que serán partícipes;
Que se ha expedido favorablemente la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 6° del Decreto N° 2133/09, modificado por los Decretos N° 670/19, N° 436/2020 y N° 1241/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 6°. Las Expertas y los Expertos en Gestión Pública permanecerán en sus cargos hasta el 31 de diciembre de 2024, debiendo reportar el resultado de su labor al/a la titular de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros o la repartición que en el futuro la reemplace.
En caso de cese anticipado como Experta/o en Gestión Pública, el reingreso a tal función no será procedente, salvo excepción expresa concedida por la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, o la repartición que en el futuro la reemplace, cuando concurran fundadas razones que así lo justifiquen. Tal facultad no corresponderá cuando la baja fuera por evaluación de desempeño negativo”.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.