LEY 10800

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES SANCIONAN CON FUERA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de interés provincial el desarrollo económico, deportivo, turístico y ecológico de la laguna de San Vicente, ubicada en el partido de San Vicente, provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Gobierno será el encargado de coordinar con los restantes Ministerios en sus respectivas áreas de competencia el correcto desarrollo de las medidas conducentes al logro de los objetivos expresados en el artículo 1° del presente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.