FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8808
La ley adjunta dispone la incorporación del personal del Mercado General de Haciendas de Avellaneda dependiente del Ministerio de Asuntos Agrarios, al régimen de la ley 8.721 “Estatuto del Empleado Público”.
Mediante su sanción, se resuelve
en forma definitiva la situación jurídico-laboral de dicho personal, sobre la
base de que prestan servicios en un ente descentralizado de
En tal inteligencia, no se justifica la vigencia de una norma como la contenida en el artículo 8º del Reglamento aprobado por decreto 12.978/968 por lo que se procede a su derogación, conjuntamente con la del decreto 6979/975, concretándose a través del ejercicio de la facultad legisferente por razones de economía procesal.
En el texto que se propicia, se contempla todos los aspectos vinculados a la relación que se establece incluyendo la unificación del régimen provisional con expreso reconocimiento de la antigüedad por los servicios prestados en el Mercado.