DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

DECRETO 950

La Plata, 10 de mayo de 2005.

VISTO el expediente n° 21200-8023/05, por el cual tramita la modificación del Decreto n° 2388/02 de la estructura organizativa del Ministerio de Justicia, propiciándose la creación de la Dirección General de Salud Penitenciaria, dentro del ámbito de la Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley n° 13.189, prorrogada por Decreto n° 2480/04, declaró el estado de emergencia del Servicio Penitenciario Bonaerense, situación que comprende los aspectos organizativos, funcionales, operativos y laborales de esa Institución;

Que los objetivos del citado precepto se orientan a transformar la estructura de aquella Institución, creando, modificando, extinguiendo o suprimiendo total o parcialmente funciones, asignando o reasignando las mismas en los términos que se determinen, a fin de dotarla de eficiencia para atender a sus misiones fundamentales, optimizar los recursos humanos y materiales, y los servicios que presta;

Que en materia de sanidad penitenciaria, se observa un deficiente funcionamiento del sistema, agravado por la existencia de población de riesgo, doblemente vulnerable por su condición de paciente privado de la libertad;

Que sumado a ello se considera que la subordinación de los profesionales médicos respecto del Servicio Penitenciario Bonaerense, no es la adecuada para el modo de actuar que se les requiere, sobre todo a fin de evitar que se conviertan en actores pasivos de la toma de decisiones de su competencia generando, en el conjunto del sistema, la sensación de falta de presencia médica real;

Que siendo indispensable que el personal médico que trabaja en las prisiones no forme parte de los cuadros de personal disciplinario o administrativo de las mismas, resulta necesario establecer -fuera del ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense- una estructura organizativa independiente, basada en la autonomía de criterio y la ética médica, que garantice una atención sanitaria cualificada y suficiente para satisfacer las necesidades de la población penitenciaria, como así también que verifique la salud del personal desde su ingreso y durante su desempeño laboral;

Que la implementación de esta medida tiene por objeto poner en funcionamiento políticas sanitarias acordes a los requerimientos de la población carcelaria, brindando respuestas efectivas, reales y posibles, conforme los lineamientos que prescriben los organismos internacionales;

Que el Comité contra la Tortura, recomienda a nuestro país adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la presencia de personal médico independiente y calificado para llevar a cabo exámenes periódicos a las personas detenidas;

Que a través de la creación de la Dirección General de Salud Penitenciaria se procura dar solución a las deficiencias señaladas. Para ello se ha dispuesto que la mencionada dependencia esté conformada a su vez por las Direcciones de Gestión y Control de Calidad de la Salud, de Medicina Laboral, de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, de Salud Mental y Adicciones, dependiendo de éstas los Departamentos de Control de Calidad Integral de la Salud, de Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística, de Farmacias e Insumos Médicos, de Calidad Nutricional, de Ingresos, Exámenes Periódicos Psicofísicos y Juntas Médicas, de Higiene y Medicina Laboral, de Medicina General y Prevención de la Salud, de Enfermedades Prevalentes e Infectocontagiosas, de Cirugía General, de Adicciones, de Psiquiatría-Psicología. Asimismo la Dirección General de Salud Penitenciaria contará con los Departamentos de Áreas Sanitarias (I a X), de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica y Administrativo;

Que con la finalidad de atender eficientemente la salud de la totalidad de la población carcelaria de la Provincia de Buenos Aires, se prevé la creación de DIEZ (10) Jefaturas Departamentales dependientes de la Dirección General de Salud Penitenciaria, estimándose que una mayor descentralización ayudará a la concreción de los propósitos que con la presente medida, se persiguen;

Que la Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social incorpora a sus objetivos, previstos en el Anexo 2 del Decreto n° 2388/02, el garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, a través del ejercicio de su administración y fiscalización;

Que han tomado la intervención que le compete la Asesoría General de Gobierno, la Dirección Provincial de Personal de la Provincia, la Dirección Provincial de Presupuesto, y la Dirección Provincial de Gestión Pública, expidiéndose los mismos en forma favorable;

Que la presente medida se dicta en función de lo normado por el artículo 2° de la Ley nº 13189, prorrogada por Decreto nº 2480/04 mediante el cual se determina que la emergencia declarada comprende los aspectos organizativos, funcionales, operativos y laborales del Servicio Penitenciario Bonaerense, pudiendo en consecuencia transformar la estructura del organismo, creando, suprimiendo, modificando, extinguiendo total o parcialmente funciones y por las atribuciones conferidas por el artículo 144° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIADE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Suprímase en el ámbito del Ministerio de Justicia, Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social, Servicio Penitenciario Bonaerense, la Dirección de Sanidad y sus dependencias, con sus respectivas misiones, funciones y tareas, que fueran aprobadas por el Decreto n° 1300/80 y sus modificatorias.

Artículo 2°.- Incorpórase a los objetivos de la Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social, aprobados por el Anexo 2 del Decreto n° 2388/02, el siguiente objetivo: “Garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, ejerciendo su administración y fiscalización”.

Artículo 3°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Justicia, Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social, la Dirección General de Salud Penitenciaria de acuerdo al organigrama, metas, acciones, tareas y el listado de Áreas Sanitarias que, como Anexos 1, 2 y 3, forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 4°.- Determínanse para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Director General de Salud Penitenciaria; UN (1) Director de Gestión y Control de Calidad de la Salud; UN (1) Director de Medicina Laboral; UN (1) Director de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud; UN (1) Director de Salud Mental y Adicciones; UN (1) Jefe de Departamento Control de Calidad Integral de la Salud; UN (1) Jefe de Departamento Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística; UN (1) Jefe de Departamento Farmacias e Insumos Médicos; UN (1) Jefe de Departamento de Calidad Nutricional; UN (1) Jefe de Departamento Ingresos, Exámenes Periódicos Psicofísicos y Juntas Médicas; UN (1) Jefe de Departamento de Higiene y Medicina Laboral; UN (1) Jefe de Departamento Medicina General y Prevención de la Salud; UN (1) Jefe de Departamento Enfermedades Prevalentes e Infectocontagiosas; UN (1) Jefe de Departamento Cirugía General; UN (1) Jefe de Departamento Adicciones; UN (1) Jefe de Departamento Psiquiatría-Psicología; DIEZ (10) cargos de Jefes de Departamento Área Sanitaria (I a X); UN (1) Jefe de Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica; UN (1) Jefe Departamento Administrativo, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública Provincial, Ley n° 10430 (T.O. Decreto n° 1869/96).

Artículo 5°.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto n° 18/91, en cuanto a la presentación de los Anexos correspondientes, los que se conformarán de la siguiente manera: ANEXO 1- ORGANIGRAMAS; ANEXO 2- METAS, ACCIONES Y TAREAS; ANEXO 3 – AREA SANITARIA – UNIDADES PENITENCIARIAS, de cada una de las dependencias según corresponda.

Artículo 6°.- Dentro del plazo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días, a partir de la vigencia del presente, el titular de la Jurisdicción deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal nominadas e innominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes y previa intervención de los organismos y dependencias competentes.

Artículo 7°.- Déjase establecido que los cargos determinados en el artículo 4°, serán asignados en forma proporcional a la existencia de créditos presupuestarios. Interinamente los cargos podrán ser cubiertos por personal del régimen del Decreto – Ley n° 9578/80 o la normativa que en el futuro lo modifique o reemplace.

Artículo 8°.- Limítanse las funciones del personal de la estructura organizativa de la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario Bonaerense, cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban en el presente Decreto. A esos fines, y con relación al personal con estabilidad, la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario.

Artículo 9°.- El personal del Servicio Penitenciario Bonaerense cualquiera sea el escalafón en el que reviste y que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto desempeñe directa o indirectamente tareas propias o relacionadas con la salud y la sanidad de los internos y el personal, pasa a prestar servicios en la Dirección General de Salud Penitenciaria que por el presente se crea, con sujeción en materia de remuneraciones, derechos y obligaciones, al régimen establecido por Decreto-Ley n° 9578/80 o la normativa que en el futuro lo modifique o reemplace.

Artículo 10.- Dentro del plazo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días, a partir de la vigencia del presente, el Ministerio de Justicia deberá elaborar el proyecto de Estatuto del Personal de Salud Penitenciaria.

Artículo 11.- El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio 2004, Ley nº 13154, prorrogado para el Ejercicio 2005 mediante el Decreto nº 1/05.-

Artículo 12.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las erogaciones de la Dirección Provincial de Salud Penitenciaria, incluidas las concernientes al personal e insumos médicos, serán con cargo a las partidas presupuestarias de la Jurisdicción Ministerio de Justicia – Servicio Penitenciario Bonaerense.

Artículo 13.- El Ministerio de Justicia por sí o por intermedio de la Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social procederá en el plazo de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días a partir de la vigencia del presente, a dictar todas las normas necesarias para el cumplimiento de este Decreto incluidos los actos de traspasos de personal conforme el artículo 8°.Artículo 14.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y de Economía.

Artículo 15.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 16.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Justicia. Cumplido, archívese.

SOLAE.L. Di RoccoG.A. Otero

ANEXO I

ANEXO 2

SUBSECRETARIA DE POLITICA PENITENCIARIA Y READAPTACION SOCIAL

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

METAS

1- Planificar lo atinente al Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

2- Fomentar la promoción, protección, recuperación y rehabilitación, de la salud de las personas privadas de libertad y del personal penitenciario.

3- Impartir directivas sobre educación sanitaria elevando el nivel científico del personal especializado.

4- Evaluar las distintas propuestas de las Direcciones y Departamentos en lo atinente a la aplicación del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

5- Planificar las actividades a desarrollar por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes a las distintas áreas y Departamentos que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.

6- Coordinar acciones con la Subsecretaría de Adicciones de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Política Penitenciaria y Readaptación Social.

7- Planificar lo concerniente a la transferencia de conocimiento interno en cada una de las Direcciones y Áreas.

8- Procurar y promover, a través del Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica, la obtención de becas y/o participación en cursos, jornadas, simposios, congresos, para los integrantes del cuerpo médico profesional del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

9- Propiciar la celebración de convenios con diferentes organismos de difusión científica públicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo así al flujo de comunicación de material vinculado a las ciencias biomédicas.

10- Promover la protección de la salud del interno mediante la aplicación de un adecuado régimen alimenticio vigilando el cumplimiento de normas de higiene y salubridad individual y colectiva, supervisando la ejecución de actividades deportivas y educación física, controlando los catastros médicos correspondientes, el desarrollo de los planes de vacunación y el cumplimiento de las normas de seguridad laboral.

11- Supervisar las actividades inherentes al reconocimiento médico del personal del Servicio Penitenciario Bonaerense.

12- Implementar a través del Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno, la historia clínica de los mismos.

13- Diseñar el plan regional de atención de catástrofes con recursos operativos propios ensamblándolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de apoyo externo.

14- Planificar la ejecución de las tareas de control a cargo de las distintas Áreas de Salud.

15- Controlar la aplicación por parte de la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud, de los mecanismos necesarios con el objetivo de acceder a los niveles de calidad planificados.

16- Intervenir en el otorgamiento de licencias por razones de salud en el personal, en los catastros sanitarios, en la constitución de Juntas Médicas para determinar su capacidad laboral y en el examen de los aspirantes para entrar a la Institución.

17- Realizar la superintendencia sobre la actividad de los profesionales de la Salud en la Institución, proponiendo, organizando y coordinando las acciones de capacitación y/o actualización correspondiente.18- Promover la implementación de medidas tendientes a optimizar las condiciones de trabajo mediante la implementación de normas de Higiene y Seguridad.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DIRECCION DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD DE LA SALUD

ACCIONES

1- Coordinar y supervisar el cumplimiento de los niveles de calidad de los diferentes programas de salud que atiendan a las necesidades de aprovisionamiento de los distintos servicios del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

2- Instrumentar los mecanismos necesarios para ejercer el control y la supervisión de las actividades vinculadascon el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el objeto de acceder a los niveles de calidad planificados.

3- Analizar toda información concerniente al funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, para su posterior evaluación y elevación de las propuestas a la Dirección General, con el objeto de arribar a los niveles de calidad requeridos y planificados.

4- Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria para su consideración y tratamiento informes con todo acto que no se ajuste a los preceptos estipulados en el Juramento de Atenas y que, por tal motivo, sea pasible de considerarse como falta a la ética médica.

5- Coordinar y supervisar la confección del Vademécum único de medicamentos, drogas y accesorios no inventariables como así también del Nomenclador Único Instrumental Técnico, Científico y de Electromedicina, con el objeto de arribar a los niveles de calidad planificados.

6- Generar, coordinar y supervisar un archivo centralizado informático de las Historias Clínicas Médicas de todos los internos y agentes del Servicio Penitenciario, que sean asistidos dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, a los efectos de centralizar, procesar, analizar y evaluar dicha información en pos de arribar a los niveles de calidad planificados.

7- Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos del Departamento de Procesamiento y Análisis de la Información y Bioestadística la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.

8- Determinar el cronograma y coordinar las reuniones periódicas con los departamentos a su cargo, con el fin de evaluar el funcionamiento del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

9- Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con las Direcciones de Salud Mental y Adicciones y de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, como así también con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

DIRECCION DE GESTIÓN Y CONTROL DE CALIDAD DE LA SALUDD

EPARTAMENTO CONTROL DE CALIDAD INTEGRAL DE LA SALUD

TAREAS

1- Velar por el cumplimiento de los niveles de calidad planificados para los diferentes programas preventivos y asistenciales a efectuarse dentro del marco del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

2- Establecer las pautas del control de calidad sobre las tareas asistenciales y de promoción dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, de acuerdo a los niveles preestablecidos por la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud.

3- Supervisar que los mecanismos de control de calidad sobre las actividades asistenciales y de promoción de la salud sean ejecutadas conforme a los niveles preestablecidos por la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud.

4- Recepcionar y elevar todo informe de los jefes de Áreas Sanitarias sobre temáticas que obstaculice el normal desarrollo del Sistema Integral de Salud Penitenciaria y su concerniente repercusión en la calidad de ésta.

DIRECCION DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD DE LA SALUD

DEPARTAMENTO DE PROCESAMIENTO Y ANALISIS DE LA INFORMACIÓN Y BIOESTADÍSTICA

TAREAS

1- Elaborar y mantener actualizada una base de datos respecto de los internos asistidos y de toda información y estadística solicitada.

2- Elevar a la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud los datos con la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.

3- Llevar un registro y un archivo actualizado de los informes periódicos de los Programas Asistenciales y de Promoción de la Salud específicos.

4- Elaborar instructivos específicos para la recolección de datos e información de cada Área que conformen el Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

5- Recabar y analizar toda información solicitada por la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud, como así también toda la que se considerare necesaria para el correcto funcionamiento del área correspondiente.

DIRECCION DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD DE LA SALUD

DEPARTAMENTO FARMACIA E INSUMOS MEDICOS

TAREAS

1- Proponer y elevar el plan anual de adquisiciones para satisfacer las necesidades de los distintos servicios de sanidad y atender al aprovisionamiento regular o ininterrumpido de los mismos.

2- Analizar la validez de los requerimientos anuales de los servicios de sanidad de medicamentos, drogas, accesorios no inventariables, instrumental científico, de electromedicina, vestimenta alimentaria, textos e impresos sanitarios y promover su adquisición, participando en la confección de los anteproyectos de presupuesto.

3- Evaluar los pedidos de las necesidades usuales de la Escuela de Cadetes y las Unidades Penitenciarias.

4- Mantener el “Vademécum Único” de medicamentos, drogas y accesorios no inventariables de: Bioquímica, Farmacia, Medicina, Odontología y Veterinaria de actualización anual promoviendo la minimización de sus renglones y la incorporación actualizada de los medios terapéuticos más modernos para el logro de la mayor eficacia curativa.

5- Conformar el “Nomenclador Único de Instrumental, Técnico, Científico y de Electromedicina” periódicamente actualizable, unificando terminologías y procurando involucrar elementos prolijamente caracterizados para la más eficaz tarea médica.

DIRECCION DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD DE LA SALUD

DEPARTAMENTO DE CALIDAD NUTRICIONAL

TAREAS

1- Determinar los regímenes alimenticios generales del interno sano en consonancia con la tarea que ejerza e impartir normas con respecto a los regímenes alimenticios especiales del interno enfermo.2- Determinar los regímenes alimenticios generales de Cadetes y del personal que se alimenta en las Unidades Penitenciarias en estado de salud, e impartir normas con respecto a los regímenes alimenticios de los mismos en estado de enfermedad.3- Proponer las directivas correspondientes al modo de preparación y cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los excedentes.4- Ejecutar el control de los regímenes alimenticios normales y terapéuticos, participando en la discriminación de los rubros propios. Administrar en colaboración con los organismos pertinentes la alimentación del interno y empleados.5- Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente, a través de la Dirección de Gestión y Control de Calidad de la Salud, con los Departamentos Áreas Sanitarias (I a X) y con toda otra área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua de los regímenes alimenticios conforme las necesidades de los mismos.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIADIRECCION DE MEDICINA LABORAL

ACCIONES

1- Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes al área de medicina laboral, de los Departamentos de Ingresos, Exámenes Periódicos Psicofísicos y Juntas Médicas que prestan servicios en los distintas Unidades Penitenciarias.

2- Centralizar toda información que mantenga relación con ausencias por enfermedad, pedidos de licencias por idénticas causas, con el objeto de procesarla, analizarla y arribar a las estadísticas que permitan determinar las causas de las mismas.

3- Determinar el cronograma de reuniones de Juntas Médicas y supervisar su correcto funcionamiento.

4- Coordinar y supervisar la aplicación de la normativa en lo atinente a la Higiene y Seguridad Laboral.

DIRECCION DE MEDICINA LABORAL

DEPARTAMENTO INGRESOS, EXAMENES PERIODICOS PSICOFISICOS Y JUNTAS MEDICAS

TAREAS

1- Supervisar la realización por parte de los profesionales médicos de la evaluación del estado de salud, al momento del ingreso en funciones del personal penitenciario, y la confección de la correspondiente historia clínica (HC) dejando constancia de ello y quién lo practica.

2- Mantener información actualizada de la atención médica que se presta al personal penitenciario en los distintos servicios con inspecciones periódicas y no periódicas.

3- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médicas.

4- Fiscalizar la documentación médica obrante del personal penitenciario.

5- Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al área.

6- Ejercer el control sobre los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud que desarrollen tareas dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, en el ámbito concerniente a las tareas de diagnóstico psicofísico del personal penitenciario desde la Junta Médica.

7- Recabar y archivar y mantener actualizada, por todos los medios de que se dispusiere, toda la información concerniente a las actividades desarrolladas por la Junta Médica en relación al personal penitenciario.

DIRECCION DE MEDICINA LABORAL

DEPARTAMENTO DE HIGIENE Y MEDICINA LABORAL

TAREAS

1- Proyectar, proponer y tramitar actos y actuaciones administrativas necesarias en materia de Higiene y Medicina Laboral, teniendo en cuenta las normas administrativas dictadas a tales efectos, tanto de orden nacional como provincial.

2- Planificar acciones de prevención en materia de higiene y seguridad laboral.

3- Efectuar relevamientos periódicos sobre la condición laboral de los agentes que se desempeñan dentro de su ámbito de actuación.

4- Proponer y gestionar todas las acciones necesarias que permitan el mejoramiento de las condiciones laborales de los agentes en su ámbito de actuación.

5- Asesorar a las distintas áreas sanitarias en lo que concierne a las normativas establecidas desde el punto de vista jurídico en toda la problemática de la Seguridad e Higiene Laboral.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DIRECCION DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCION DE LA SALUD

ACCIONES

1- Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares pertenecientes al área de medicina asistencial, promoción de la salud, enfermedades prevalentes e infectocontagiosas que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.

2- Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de asistencia y tratamiento de la salud para ser implementados en las Unidades Penitenciarias, en coordinación con los organismos competentes en la materia correspondiente.

3- Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.

4- Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de los Departamentos a su cargo, len cuanto a la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.

5- Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su competencia, en relación con el Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica.

6- Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de Salud Mental y Adicciones, la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

DIRECCION DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCION DE LA SALUD

DEPARTAMENTO DE MEDICINA GENERAL Y PREVENCION DE LA SALUD

TAREAS

6- Ejercer los mecanismos de control sobre las actividades asistenciales y de promoción de la salud ejecutadas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud, destinados a tales tareas.

7- Proponer, a consideración del área pertinente, el modo de preparación y cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los excedentes.

8- Supervisar la realización, por parte de los médicos de guardia y de otros trabajadores de la salud de las distintas Unidades Penitenciarias, de la evaluación del estado de salud, al momento del ingreso interno/a, mujeres embarazadas y niños con sus madres, y la confección de la correspondiente historia clínica dejando constancia de ello y quien lo practica.

9- Controlar los mecanismos para mantener la información actualizada a través de las historias clínicas, de la atención integral de la salud que se presta al interno.

10- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médicas.

11- Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud.

12- Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al área.

13- Supervisar todo pedido de traslado de internos por razones de salud, entre los Servicios de Sanidad de las distintas Penitenciarias.

DIRECCION DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

DEPARTAMENTO DE ENFERMEDADES PREVALENTES E INFECTOCONTAGIOSAS

TAREAS

1- Ejercer los mecanismos de control sobre las actividades asistenciales y de promoción de la salud ejecutadas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud en el ámbito de las enfermedades prevalentes e infectocontagiosas.

2- Proponer, a consideración del área pertinente, el modo de preparación y cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los excedentes, en cuanto a las competencias de esta área.

3- Mantener la información actualizada a través de las historias clínicas de la asistencia que se presta al interno en los distintos servicios con inspecciones periódicas y no periódicas.

4- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médicas.

5- Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud.

6- Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al área.

DIRECCION DE MEDICINA ASISTENCIAL Y PROMOCION DE LA SALUD

DEPARTAMENTO DE CIRUGIA GENERAL

TAREAS

1- Ejercer el control sobre los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud que desarrollen tareas quirúrgicas asistenciales dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

2- Mantener la información actualizada a través de la historia clínica de la atención médica quirúrgica que se presta al interno, con inspecciones periódicas y no periódicas.

3- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médicas.

4- Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud.

5- Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al área.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DIRECCION DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES

ACCIONES

1- Coordinar y supervisar las actividades desarrolladas por los profesionales del área de psiquiatría y psicología que prestan servicios en las distintas Unidades Penitenciarias.

2- Proponer y coordinar la ejecución de los distintos programas de su competencia para ser implementados en las Unidades Penitenciarias que correspondan, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

3- Establecer una relación permanente con las áreas sanitarias, a fin de procurar una correcta ejecución de las tareas a implementar.

4- Elevar a la Dirección General de Salud Penitenciaria los datos recibidos de los Departamentos a su cargo, len cuanto a la información recabada de los internos asistidos a fin de que la misma sea incorporada al Legajo Tutelar Único informatizado de cada interno.

5- Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas de tareas de investigación y docencia vinculadas al ámbito de su competencia, en relación con el Departamento de Capacitación Técnico Profesional y de Investigación Científica.

6- Planificar y supervisar las actividades vinculadas al tratamiento de las conductas adictivas.

7- Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria la realización de tareas en colaboración con la Subsecretaría de Adicciones de la Provincia de Buenos Aires.

8- Mantener una comunicación fluida, periódica y permanente con la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud, la Dirección de Gestión y Calidad de la Salud y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

DIRECCION DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES

DEPARTAMENTO DE ADICCIONES

TAREAS

1- Ejercer los mecanismos de control sobre las actividades de promoción de la salud ejecutadas por los profesionales médicos, técnicos y auxiliares, en el marco de las personas usuarias de drogas.

2- Proponer, a consideración del área pertinente, el modo de preparación y cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los excedentes, en cuanto a las competencias de esta área.

3- Mantener la información actualizada a través de la historia clínica de la atención médico-psiquiátrica que se presta al interno en los distintos servicios con inspecciones periódicas y no periódicas.

4- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médico-psiquiátricas.

5- Recabar la documentación médica obrante de cada interno, en el ámbito de su competencia, para su posterior elevación a la Dirección de Medicina Asistencial y Promoción de la Salud.

6- Constituirse en Auditoría Médico-Psiquiátrica para supervisar toda tarea inherente al área.

DIRECCION DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES

DEPARTAMENTO DE PSIQUIATRIA- PSICOLOGIA

TAREAS

1- Ejecutar el control sobre los profesionales médicos, técnicos y auxiliares de la salud que desarrollen tareas asistenciales dentro del Sistema Integral de Salud Penitenciaria, en el ámbito de las enfermedades psiquiátricas.

2- Ejercer los mecanismos de control sobre las actividades de promoción de la salud ejecutadas por los profesionales destinados a tales tareas en su área correspondiente.

3- Mantener estrecha relación con los profesionales destinados a ejercer funciones como Jefes de Área en todas y cada una de las Unidades regionales.

4- Recabar toda información solicitada por la superioridad, como así también toda la que se considerare necesaria para el correcto funcionamiento del departamento.

5- Ejercer el control de los regímenes alimenticios terapéuticos en aquellos internos que se enmarquen en el área de su competencia, participando en la discriminación de los rubros propios. Administrar en colaboración con los organismos pertinentes la alimentación de esos internos.

6- Proponer las directivas correspondientes del modo de preparación y cocción de los alimentos, de su presentación, distribución, y recuperación de los excedentes en los casos específicos que así lo ameriten.

7- Supervisar la realización por parte de los médicos de guardia de las distintas Unidades Penitenciarias de la evaluación del estado de salud, al momento del ingreso interno/a, mujeres embarazadas y niños con sus madres, y la confección de la correspondiente historia clínica dejando constancia de ello y quien lo practica, cuando existan patologías enmarcadas en su competencia.

8- Mantener información actualizada de la atención médica que se presta al interno en los distintos servicios con inspecciones periódicas y no periódicas.

9- Proponer normas complementarias al sistema de atención que redunden en un mejoramiento de las prestaciones médicas.

10- Fiscalizar la documentación médica obrante de cada interno.

11- Constituirse en Auditoría Médica para supervisar toda tarea inherente al área.

12- Evaluar todo tipo de informe específico que se reclame a través de la superioridad.

13- Elevar a la Dirección correspondiente toda sugerencia que se considere apropiada para el mejor funcionamiento del área.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DEPARTAMENTOS AREAS SANITARIAS (I a X)

TAREAS

1- Cumplir y hacer cumplir a los profesionales de la salud como así también técnicos y auxiliares que desarrollen tareas asistenciales, docentes o de investigación dentro del Sistema Integrado de Salud Penitenciario del área sanitaria a su cargo, todo lo concerniente a la planificación del Sistema Integral de Salud Penitenciaria realizada por la Dirección General de Salud Penitenciaria.

2- Ordenar y controlar los equipos quirúrgicos operativos en su área sanitaria, manteniéndolos funcionales en previsión de eventuales emergencias.

3- Ejecutar el plan regional de atención de catástrofes con recursos operativos propios ensamblándolos funcionalmente con eventuales equipos sanitarios de apoyo externo.

4- Facilitar el tránsito y atención de los equipos de salud mental infectología, epidemiología, promoción y prevención de salud en las distintas Unidades o sectores del área sanitaria a su cargo.

5- Implementar en su área sanitaria planes y programas destinados a los internos generados en las diversas Direcciones que componen la Dirección General de Salud Penitenciaria.

6- Asegurar la obtención de datos objetivos y fiables con respecto al trabajo médico y su posterior remisión a las correspondientes Direcciones de la Dirección General de Salud Penitenciaria.

7- Administrar, mediante un responsable de farmacia e insumos médicos, la provisión de estos elementos en tiempo y forma respetando las indicaciones médicas realizadas en cada caso.

8- Ordenar mediante un responsable de saneamiento ambiental las tareas que a tal efecto se realicen en cada Unidad Penitenciaria de su área sanitaria.

9- Ordenar mediante un responsable médico o paramédico las tareas necesarias para mantener un óptimo control nutricional de los internos del área sanitaria a su cargo.

10- Mantener, a través de la Dirección General de Salud Penitenciaria, una comunicación fluida, periódica y permanente con las Direcciones que dependan de ésta y con toda área vinculada a sus propósitos, con el objeto de propiciar las tareas tendientes a la mejora continua del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION TECNICO PROFESIONAL Y DE INVESTIGACION CIENTIFICA

TAREAS

1- Proponer a la Dirección General de Salud Penitenciaria todas las actividades tendientes a promover la capacitación continua de los profesionales, personal técnico y auxiliares de la salud, con el objeto de elevar los conocimientos médico científicos del personal responsable de la asistencia sanitaria.

2- Promocionar la investigación científica en relación directa con las actividades desarrolladas en el Sistema Integral de Salud Penitenciaria, con el fin de dar origen a los mecanismos que permitan arribar a la obtención de conocimientos genuinos aplicables al sistema.

3- Centralizar la información que provenga de las áreas vinculadas a sus propósitos, posibilitando la transferencia de conocimiento interno.

4- Propiciar y controlar la correcta y equitativa distribución de becas y/o participaciones en cursos, jornadas, simposios, congresos, para los profesionales de la salud integrantes del Sistema Integral de Salud Penitenciaria.

5- Conformar la estructura académica y administrativa que permita la interrelación y la transrelación con diferentes organismos de difusión científica públicos o privados, nacionales o internacionales, tendiendo así al flujo de comunicación de material vinculado a las ciencias biomédicas.

DIRECCION GENERAL DE SALUD PENITENCIARIA

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

TAREAS

1- Administrar los recursos físicos, financieros, humanos y las actividades que sirven de apoyo y demanda al funcionamiento de la Dirección General de Salud Penitenciaria acorde a la normativa vigente y a las directivas que establezcan las autoridades de las dependencias competentes e involucradas.

2- Estudiar y proponer el presupuesto anual de la Dirección General de Salud Penitenciaria y efectuar la evaluación económica financiera de los planes de acción y programas del mismo, acorde a las directivas impartidas.

3- Gestionar las compras, contrataciones y suministros de bienes y servicios, en un todo de acuerdo a la normativa legal y a las directivas que imparta la dependencia central.

4- Coordinar y controlar los procedimientos administrativos contables y actuar como dependencia responsable del estado de compromisos y fondos disponibles en virtud del presupuesto de gastos y recursos. Efectuar la pertinente rendición de cuentas ante las dependencias competentes.

5- Fiscalizar y mantener actualizado el registro de bienes patrimoniales de la Dirección General de Salud Penitenciaria, efectuando las verificaciones que normativamente correspondan y responsabilizándose del mantenimiento y conservación de los bienes muebles e inmuebles asignados.

6- Realizar las actividades relacionadas con la administración de recursos humanos de la Dirección General de Salud Penitenciaria, interviniendo en las tramitaciones y actos administrativos del personal, verificando el cumplimiento de la reglamentación vigente.

7- Atender el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en las Dirección General de Salud Penitenciaria, controlando y verificando el debido cumplimiento de la normativa vigente.

8- Sustanciar los actos administrativos que le sean requeridos por la superioridad cumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

9- Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector y atender las consultas de otros organismos y reparticiones.

10- Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestoría y correos para todas las dependencias de la Dirección General de Salud Penitenciaria, realizar las actividades necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino determinados.

ANEXO 3