Fundamentos de la

Ley 11811

 

            El delta bonaerense con una superficie aproximada a los 3.240 kilómetros cuadrados, (constituyendo sólo el 1,05 % del territorio de la Provincia) no se halla representada adecuadamente en el sistema provincial de reservas naturales.

            La reserva Isla Botija y Delta en formación representan sólo algunos de los ambientes deltaicos, abarcando en su conjunto una superficie de22,3 kilómetros cuadrados, siendo sólo el 0,6 % del área. Como puede observarse es imperiosa la necesidad de nuevas áreas. Por tal motivo es de suma importancia incorporar la reserva natural Río Luján.

            El área considerada está constituida por una isla delimitada entre el río Luján, el arroyo de Las Rosas, el Paraná de las Palmas y el canal Santa María, a los 38º 47’ longitud oeste y las 34º 18’ latitud sur en la zona del delta intermedio y jurisdicción del partido de Campana.

            Esta zona presenta la fisonomía de una isla deltaica con bordes en el albordón e interior deprimido, presenta también influencia de la zona de barranca y baja terraza sobre sedimentos de origen estuarial, especialmente el sector marginal sobre el río Luján.

            La vegetación está representada por las siguientes comunidades: vegetación flotante, pajonales, matorrales ribereños, bosques higrófilos, estos bosques formados por sauces criollos y curupíes.

            En el área considerada se encuentran algunas especies de elevada importancia para la provincia de Buenos Aires; como varios ejemplares de la palmera Pindó, considerada muchas veces extinguida en la Provincia. Aves que se encuentran en sus límites australes de distribución, como Pajero Coludo, constituyendo una nueva especie para la Provincia.

            Se han observado lobitos de río, ciervos de los pantanos y pava de monte, también carpinchos y pajonalera de pico recto.

            E área mencionada es muy interesante por las excelentes condiciones de accesibilidad a los centros poblados que aseguran fluidez en las tareas de investigación. Asimismo, interesantísima para desarrollar políticas alternativas de conservación y manejo de recursos con la participación de la población.

            Por todo lo expuesto, se solicita que bajo la denominación de reserva natural río Luján sea declarada reserva natural de uso múltiple, de acuerdo con lo que establece la Ley 10.907 de reservas de parques naturales, al área cuta denominación catastral se detalla: partido de Campana, sección primera, fracción 7 bis - 14, 15, 16, 20, 24, 25, 26, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 46, 47, 50, 56, 57, de aproximadamente 1014 hectáreas.