ORDENANZA GENERAL N° 46

La Plata, 2 de mayo de 1969. 

El Gobernador de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio de las facultades de los departamentos deliberativos municipales, sanciona con fuerza de -

ORDENANZA GENERAL

PARA TODOS LOS PARTIDOS DE LA PROVINCIA

ARTICULO 1°:Facúltase a los señores intendentes municipales a declarar por decreto, si lo consideran conveniente, la incobrabilidad de las deudas por impuestos correspondientes a ejercicios anteriores, hasta el año 1967 inclusive, cuyos montos anuales no superen, individualmente, la cantidad de pesos doscientos moneda nacional ($ 200 m/n).

ARTICULO 2°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el "Boletín Oficial" y comuníquese a todas las municipalidades.

IMAZ.

NAVAS.

Publicada en el "Boletín Oficial" el 8 de abril de 1969.