Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 220-2017-E
LA PLATA, 24 de julio de 2017
VISTO el expediente Nº 21.100-501.000/16 Cuerpos I, II y III con su agregado N° 21.200-81136/14, por el cual se gestiona la aprobación de las Adendas I y II al Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la Cámara de Grabadores de Autopartes de Vehículos Automotores y Motovehículos y el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, con su correspondiente Acta Acuerdo, y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio citado en el exordio de la presente se celebró con fecha 11 de diciembre de 2014, entre el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y la Cámara de Grabadores de Autopartes de Vehículos Automotores y Motovehículos, habiendo sido aprobado mediante Resolución N° 108/15;
Que el artículo 53 de la Ley N° 14.853 determina que el Ministerio de Seguridad será la autoridad de aplicación de la Ley N° 14.497, que establece la obligatoriedad de todo vehículo automotor de realizar el grabado indeleble del número de dominio, creando el Registro Provincial de Verificación de Autopartes;
Que en ese marco, el Ministerio de Seguridad suscribió las Adendas I y II al Convenio Marco citado, con el objeto de mejorar en el corto plazo los stándares de calidad, seguridad y transparencia en los servicios que se prestan en los puestos y plantas de verificación;
Que la Adenda I otorga a la Cámara un permiso de uso de un espacio físico en los puestos y plantas de verificación de automotores a cargo de la Policía de la Provincia, con el fin de prestar el servicio de grabado de cristales, debiendo aquélla confeccionar, imprimir, custodiar y proveer los formularios correspondientes y su validación, implementar un sistema informático para cargas en tiempo real on line, proveer la totalidad de los elementos técnicos así como su mantenimiento y reposición, responder por la calidad del servicio y personal a su cargo, contribuir al acondicionamiento y señalización de las plantas y oficinas, y abonar un canon equivalente al cuatro por ciento (4%) de lo recaudado;
Que por la segunda Adenda la Cámara asume el compromiso de prestar colaboración para la implementación y ejecución del “Proyecto de Reorganización y gestión de Plantas de Verificación Policiales” que lleva adelante el Registro Provincial de Verificación de Autopartes;
Que la Cámara tendrá a su cargo la implementación, administración y mantenimiento del sistema integral de gestión, la puesta en funcionamiento de medios electrónicos de pago, la provisión de Formularios 12, elementos técnicos y de trabajo, insumos, servidores, personal civil y un sistema integral de cámaras on line destinadas al monitoreo, así como el acondicionamiento y señalización de las plantas y oficinas de acuerdo a los requerimientos de este Ministerio de Seguridad;
Que en el marco de las Adendas celebradas, la Cámara suscribe un Acta Acuerdo a través de la cual ésta asume el compromiso de culminar, en el plazo de seis (6) meses, el reacondicionamiento y/o traslado, equipamiento y puesta en marcha de las plantas señaladas bajo el Grupo 1, que representan un porcentaje mayor al sesenta por ciento (60%) del total de verificaciones efectuadas en la Provincia, y asimismo desarrolla un plan de trabajo a seguir en relación a los restantes Grupos (2, 3 y 4), otorgando además un kit de verificación a cada uno de los peritos verificadores;
Que las mencionadas Adendas tendrán una duración de diez (10) años, atento el plazo establecido en el Convenio Marco de Cooperación aprobado por Resolución N° 108/15 del entonces Ministro de Justicia y las circunstancias excepcionales del estado de las plantas y puestos de verificación, pudiendo ser rescindidas mediante comunicación fehaciente con treinta (30) días de anticipación, sin derecho a reclamar indemnización alguna;
Que han tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, sin observaciones que formular;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar las Adendas I y II al Convenio Marco de Cooperación, celebradas entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Cámara de Grabadores de Autopartes de Vehículos Automotores y Motovehículos, así como su correspondiente Acta Acuerdo, cuyos textos (IF-2017-01392877-GDEBA-MSGP) forman parte integrante de la presente, por lo motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a la Cámara de Grabadores de Autopartes de Vehículos Automotores y Motovehículos, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Nota: Los Anexos podrán ser consultados en el Ministerio de Seguridad.
Cristian Ritondo
Ministro de Seguridad
C.C. 9598