LEY 12.800
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 13041.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- (Texto según Ley 13041) Declárase de Interés cultural, histórico y arquitectónico y patrimonio cultural provincial en forma definitiva, de protección integral, en el primer grado de intervención, al polígono determinado de acuerdo a los siguientes límites y extensión: al Sud-Este, el límite del predio, en una extensión cuyo origen es la intersección del eje de la calle 153 hasta la calle 150. Al Sud-Oeste, sobre la calle 150 y en una extensión de ciento setenta (170) metros. Al Nor-Oeste, en una extensión cuyos límites son las calles 150 y proyección del eje de la calle 153. Al Nor-Este, sobre proyección eje calle 153 desde el lado anterior hasta el límite lado Sud-Este, perteneciente al inmueble identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección C, Fracción I, Parcela 1k, denominado Quinta Grande o Castillo Ayerza, ubicado en la localidad de Plátanos, partido de Berazategui, cuyo dominio pertenece al Estado Provincial.
La presente declaración excluye al resto del inmueble, el cual podrá ser afectado a otros fines y efectos.
* Lo subrayado se encuentra observado por el Decreto de Promulgacion n° 370/03, de la Ley 13041.
ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar, en el Ejercicio Fiscal vigente las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.