Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución N° 26

 

La Plata, 29 de septiembre de 2016.

 

VISTO la Resolución Nº 327/16 emanada del Ministerio de Producción de la nación y la facultad dispuesta en su artículo 2º, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución referenciada en el exordio de la presente, tiene como finalidad implementar una ayuda económica para los sectores productivos de las distintas economías regionales que han manifestado la necesidad de contar con instrumento que permita afrontar los nuevos costos del esquema tarifario del sistema eléctrico, como consecuencia de la modificación del mismo;

 

Que en su artículo 2º faculta a la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción a suscribir convenio con las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a realizar las acciones necesarias para el funcionamiento de las medidas contempladas en la misma, como también, las normas complementarias y aclaratorias indispensables para su ejecución;

 

Que para dicho fin, esta Cartera Ministerial ha procedido a identificar los sectores productivos críticos que se beneficiaran con la ayuda económica, para así, solventar el nuevo esquema tarifario del servicio público de electricidad, comprendiendo los vencimientos que operen entre el 1° de julio y 31 de diciembre de 2016;

 

Que a tal fin la Provincia instrumentará la estructura financiera respectiva a efectos de alcanzar los objetivos antes descriptos, generando el medio apropiado para que los sectores productivos auxiliados puedan acceder a condiciones de financiamiento competitivas y de sencilla instrumentación;

 

Que ha tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Disponer de la aceptación de la Provincia de Buenos Aires a la Convocatoria efectuada por el Ministerio de Producción de Nación, a través de la Resolución Nº 327 de fecha 15 de julio de 2016.

 

ARTÍCULO 2º. Aprobar la nómina de “Usuarios Productivos Críticos” beneficiarios de la ayuda económica establecida en la Resolución Nº 327/16, conforme al Componente B de la misma y que figura como Anexo Único de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 3º. Determinar que el monto total de beneficios a distribuir en los Usuarios comprendidos en la nómina del Anexo Único de la presente Resolución, estará compuesto por la suma de pesos treinta y uno millones ochocientos sesenta y siete mil sesenta y seis ($ 31.867.066,00) aportado por la Nación, y de quince millones novecientos treinta tres mil quinientos treinta y tres ($ 15.933.533,00) aportado por la Provincia, en carácter de contraparte.

 

ARTÍCULO 4º. El beneficio correspondiente a cada Usuario se consignará en la factura de energía eléctrica que distribuye las diversas compañías distribuidoras, y el importe respectivo será de acuerdo a la disponibilidad de los fondos establecidos en el artículo 2º de la mencionada resolución.

 

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, notificar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Joaquín de la Torre

Ministro de Producción