LEY 12647

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1 - Declárese Monumento Histórico incorporado al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires en los términos de la Ley 10419 al inmueble que actualmente ocupa la Subprefectura Patagones, identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección C; Manzana 255; Parcela L, y a la zona de playa correspondiente, denominada como Parcela 7 de acuerdo al Plano 79-6-65, e inscripción de dominio 130.538 orden 147, ubicado en Carmen de Patagones, partido de Patagones.

Art. 2° - Declárese Monumento Histórico incorporado al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, a las dos (2) embarcaciones varadas en la zona de playa de la Subprefectura Patagones, las cuales pertenecieran al Servicio de Navegación del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación.

Art. 3° - Imponer en el frente del edificio designado en el artículo 1° una placa recordatoria de la significación histórica del inmueble.

Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.